Penas de suspensi¨®n temporal de empleo a nueve funcionarios de la c¨¢rcel de Herrera por malos tratos a los reclusos
La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a penas de suspensi¨®n de cargo p¨²blico, por per¨ªodos que oscilan de dos a?os y dos meses a tres a?os, al director y a otros ocho funcionarios de la prisi¨®n de Herrera de la Mancha como autores de un delito de malos tratos a los reclusos. Los jueces han aplicado el art¨ªculo 187, p¨¢rrafo quinto, del C¨®digo Penal, en relaci¨®n con el art¨ªculo 15 de la Constituci¨®n y con una norma del Reglamento de Prisiones de 1956. El tribunal ha recogido minuciosamente en la sentencia las torturas que los funcionarios condenados infligieron a los presos, pero se?ala que, aunque los hechos se encuadran en lo que sociol¨®gicamente se entiende por torturas, por la redacci¨®n del art¨ªculo 204 bis del C¨®digo Penal no se puede aplicar ese concepto jur¨ªdico a los hechos ocurridos en la prisi¨®n.
El art¨ªculo 204 bis estipula que "la autoridad o funcionario p¨²blico que, en el curso de la investigaci¨®n policial o judicial, y con el fin de obtener una confesi¨®n o testimonio, cometiere alguno de los delitos (...) (de homicidio o lesiones) ser¨¢ castigado con la pena se?alada al delito en su grado m¨¢ximo y, adem¨¢s, la de inhabilitaci¨®n especial. (...) En las mismas penas incurrir¨¢n, respectivamente, la autoridad o funcionario de instituciones penitenciarias que cometiere, respecto de los detenidos o presos, los actos a que se refieren los p¨¢rrafos anteriores". El tribunal parece haber entendido que no es aplicable ese supuesto porque los malos tratos no se produjeron durante una investigaci¨®n, si bien esta explicaci¨®n concreta no ha sido recogida en la sentencia, sino que puede deducirse de los conceptos "sociol¨®gico" y "jur¨ªdico" utilizados por los magistrados.La sentencia ha condenado al ex director de la c¨¢rcel de Herrera Santiago Mart¨ªnez Motos, a los jefes de servicios Jos¨¦ Antonio Barroso Melado y Manuel Arcila Santos y al funcionario Jos¨¦ Luis Malag¨®n Mart¨ªnez a tres a?os de suspensi¨®n de cargo p¨²blico por rigor innecesario con los presos.
La sentencia razona que la pena impuesta a los tres primeros es superior a la del resto de los funcionarios debido a su superior responsabilidad; y la de Malag¨®n, por haberse significado especialmente en la comisi¨®n de los hechos.
Los funcionarios Francisco Javier Campos C¨®rdoba, ?ngel Luis Moreno Garc¨ªa y Jes¨²s P¨¦rez Redondo han sido condenados, por el mismo delito, a dos a?os y seis meses de suspensi¨®n; y Jos¨¦ Mar¨ªa Pozas Quintas y Francisco Javier Seco Mart¨ªnez, a dos a?os y dos meses de suspensi¨®n.
La Aud¨ªencia de Ciudad Real ha absuelto a Salustiano Cart¨®n Santiago, Vicente Fern¨¢ndez Pertejo y Eutiquio Gil Rodr¨ªguez.
Indemnizaciones
Los condenados deber¨¢n indemnizar con 25.000 pesetas al preso Dionisio Chinchurreta, y con 20.000 a otros seis reclusos, entre ellos Vicente Gigante Real, que huy¨® el pasado 10 de marzo cuando era trasladado de la prisi¨®n de Ciudad Real a la c¨¢rcel de Alcal¨¢-Meco. Vicente Gigante consigui¨® escapar del furg¨®n celular cuando el veh¨ªculo se encontraba ya en Madrid. Dos d¨ªas antes hab¨ªa expresado en la vista del juicio sus temores a represalias por haber declarado contra algunos funcionarios de la prisi¨®n de Herrera de la Mancha.La sentencia, contra lo que es habitual, fue le¨ªda p¨²blicamente, a primera hora de la tarde de ayer, en la Audiencia, por el ponente de la causa, Carlos Cez¨®n. Sin embargo, no ser¨¢ notificada a las partes hasta hoy.
En los resultandos de hechos probados, la sentencia recoge pormenorizada y minuciosamente los incidentes en que los funcionarios golpearon y vejaron a los reclusos. Se narra c¨®mo en las conducciones de presos, que eran esperadas por un n¨²mero muy superior de funcionarios de los que estaban de guardia, se utiliz¨® violencia innecesaria. Agrega que en la primera conducci¨®n un recluso sangr¨® por la boca, y que, aunque en ese traslado los presos estaban agresivos, en las restantes conducciones no fue as¨ª y se les sigui¨® golpeando repetidamente a los internos.
Recursos
Los abogados de la acusaci¨®n particular manifestaron ayer a este peri¨®dico que est¨¢n conformes con el relato de c¨®mo ocurrieron los hechos seg¨²n la sentencia, aunque discrepan de la interpretaci¨®n que el tribunal hace del art¨ªculo 204 bis.A?aden que interpondr¨¢n recurso de casaci¨®n por infracci¨®n de ley, ya que la existencia en el citado art¨ªculo de un p¨¢rrafo espec¨ªfico sobre torturas para los funcionarios de prisiones, en el que se hace referencia expresa a los actos (lesiones y homicidio), excluye que las torturas tengan que realizarse en el curso de una investigaci¨®n y para obtener una confesi¨®n.
El defensor Lorenzo Toldr¨¢ dijo ayer que no conoc¨ªa la sentencia, pero a?adi¨® que si sus defendidos son condenados recurrir¨¢ en casaci¨®n informa Manuel Mill¨¢s desde Valencia.
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