El Parlament no abordo ni los problemas econ¨®micos ni la organizaci¨®n comarcal
ENRIC COMPANY La lista de las 78 leyes que el Parlament ha aprobado desde 1980 a 1984 ofrece, en forma de ausencias, las limitaciones de la autonom¨ªa catalana y las servidumbres de un Gobierno de minor¨ªa. En cuanto a las primeras, este Parlamento no ha podido arbitrar ninguna intervenci¨®n legislativa decisiva en relaci¨®n a los principales problemas econ¨®micos que tiene planteados el pa¨ªs: su renovaci¨®n industrial, la cristalizaci¨®n durante este per¨ªodo legislativo de las crisis de importantes entidades financieras, y la incidencia social de la crisis econ¨®mica en conjunto, con el paro y todas sus secuelas.
En cuanto a las segundas, este Parlamento ni siquiera ha intentado abordar seriamente el mayor problema estructural que tiene planteado Catalu?a: la organizaci¨®n territorial y, en este caso, la subsiguiente divisi¨®n administrativa y pol¨ªtica de la Administraci¨®n aut¨®noma en comarcas y vegueries.
Estas ausencias han tenido dos causas, las constitucionales y las pol¨ªticas, aunque en la mayor¨ªa de ocasiones ambos factores se han mezclado. Entre las primeras est¨¢n la limitaci¨®n del Estatuto de autonom¨ªa y la ambig¨¹edad de la Constituci¨®n cuando distribuye competencias legislativas entre el Estado, y la comunidades aut¨®nomas, y los problemas derivados de la inexistencia de numerosas leyes de bases previstas en la Constituci¨®n de 1978, que ha aparecido con claridad meridiana, especialmente en las competencias de tipo econ¨®mico, pero no s¨®lo en ellas.
13 recursos
La legislaci¨®n del Parlament ha sido objeto de 13 recursos ante el Tribunal Constitucional, y aunque s¨®lo cuatro de ellos han obtenido sentencias favorables al recurrente, la presi¨®n pol¨ªtica que supon¨ªan ha contribuido a disuadir al Consell Executiu y al Parlament para que dejara de plantearse no pocas cuestiones.
En vista de la facilidad con que el Gobierno central pod¨ªa congelar la legislaci¨®n catalana mediante la presentaci¨®n de recursos, el Consell Executiu de la Generalitat acab¨® considerando que efectivamente era mejor esperar a que existieran leyes de bases dictadas por las Cortes espa?olas antes de emprender la actuaci¨®n en aspectos que resultan b¨¢sicos: la legislaci¨®n, en materia de r¨¦gimen local, por ejemplo, que es uno de los mejores recuerdos dejados por el Parlamento de la Generalitat republicana. O la funci¨®n p¨²blica.
Pero la fuerza que, en el sentido de freno, ejerci¨® el Gobierno central, especialmente mientras fue ejercido por la extinta UCD, se combin¨® durante esta legislatura con la segunda causa de las grandes ausencias en la legislaci¨®n aprobada durante este cuatrieno: la debilidad parlamentaria del propio Gobierno catal¨¢n, la inexistencia de una mayor¨ªa coherente en la C¨¢mara y la ausencia de voluntad pol¨ªtica por parte de Converg¨¦ncia i Uni¨® (CiU) para ejercer la facultad legislativa en materias sobre las que el Estatut otorga competencias exclusivas a la Generalitat: ordenaci¨®n del territorio, ense?anza, deporte, cultura, r¨¦gimen local.
En el debate pol¨ªtico catal¨¢n hay un cruce de acusaciones en la atribuci¨®n de responsabilidades acerca de la ausencia de voluntad pol¨ªtica para abordar la organizaci¨®n territorial de Catalu?a. La responsabilidad de CiU es clara, especialmente antes del acceso de los socialistas al Gobierno central, puesto que su posici¨®n de primer partido en la C¨¢mara le proporcionaba, durante la pasada legislatura, instrumentos para superar cualquier reticencia por parte de los restantes grupos parlamentarios.
Diferencias de fondo
El problema se ha presentado, sin embargo, despu¨¦s, cuando las diferencias de fondo eran superiores a lo que los principales partidos estaban dispuestos a superar. Esto ha valido tanto para la nonata ley de ordenaci¨®n territorial, pieza absolutamente b¨¢sica para: emprender con seriedad la superaci¨®n de los graves desequilibrios que sufre Catalu?a y para la construcci¨®n de la administraci¨®n aut¨®noma, como para otras leyes de mayor contenido ideol¨®gico, como las relativas a la educaci¨®n,
Tanto CiU como el PSC -y ¨¦ste ¨²ltimo de forma especial despu¨¦s de las elecciones de octubre de 1982- prefirieron esperar a la pr¨®xima legislatura, en la que ambas fuerzas han pensado que tendr¨ªan mejor posici¨®n relativa. Sobre esta situaci¨®n ha pesado como una losa, adem¨¢s, la sentencia del Tribunal Constitucional declarando inconstitucional la ley de Traspaso Urgente y Pleno de las Diputaciones a la Generalitat.
Esta ley era precisamente el fruto del mayor consenso alcanzado por los partidos catalanes en relaci¨®n a una cuesti¨®n que el catalanismo ha rechazado desde siempre: la divisi¨®n provincial. Era, adem¨¢s, un fruto bastante temprano, pues fue aprobada el 17 de diciembre de 1980, ocho meses despu¨¦s del inicio de las sesiones
Tras el intento de golpe de Estado de febrero de 1982, los -entonces- principales partidos en las Cortes espa?olas, la UCD y el PSOE, decidieron pactar una interpretaci¨®n regresiva de algunas de las m¨¢s espinosas cuestiones en la construcci¨®n del Estado de las autonom¨ªas. El fruto de este pacto fue la Ley Org¨¢nica de Armonizaci¨®n del Proceso Auton¨®mico (LOAPA), contra la cual el parlamento catal¨¢n acord¨® presentar recurso de inconstitucionalidad.
Ucedistas y socialistas quedaron en minor¨ªa, en el Parlament, durante la votaci¨®n en que se decidi¨® presentar este recurso. De ah¨ª en adelante era pr¨¢cticamente imposible reeditar la experiencia del consenso que hab¨ªa dado a luz al proyecto de ley de Traspaso de las Diputaciones a la Generalitat, y las grandes cuestiones quedaron fuera del alcance de la legislatura.
El Parlament crey¨® que pod¨ªa reducir las diputaciones a casi cero, dejarlas como mero r¨®tulo como administraci¨®n perif¨¦rica del Estado y ciar la mayor¨ªa de sus competencias a la Generalitat, para que las ejerciera luego a trav¨¦s de su propia organizaci¨®n comarcal o intercomarcal.
La sentencia del Tribunal Constitucional supuso un severo palmetazo para los partidos catalanes, que creyeron que podr¨ªan eludir la constitucionalizaci¨®n de las diputaciones, que Mart¨ªn Villa consigui¨® en 1978. Se equivocaron.
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