Y ahora, los electores catalanes tienen la palabra
Electores de Catalu?a, ?ustedes tienen la palabra! Gracias tambi¨¦n a los sondeos publicados en la Prensa pueden decidir su conducta pol¨ªtica con la informaci¨®n suficiente para saber lo que puede ocurrir si votan o se abstienen, o si votan a este o aquel partido. Y todo ello, repito, gracias a unas t¨¦cnicas de investigaci¨®n social que cada vez trabajan con mayor precisi¨®n y fiabilidad en todo el mundo democr¨¢tico.En el cuadro pueden compararse los resultados de tres sondeos efectuados sobre las elecciones al Parlament de Catalu?a, realizados por tres empresas de reconocida seriedad y publicados por tres ¨®rganos de Prensa que han tenido la generosidad bastante para financiarlos y la perspicacia de saber que, por encima o por debajo de discursos y m¨ªtines, el elector necesita, adem¨¢s, los datos fiables de unos sondeos ejecutados con independencia y presentados con objetividad. Se han publicado otros sondeos, que no deseamos citar por incumplir las normas deontol¨®gicas de la Asociaci¨®n Nacional de Empresas de Estudios de Mercado y Opini¨®n (ANEIMO), lo que permite abrigar sospechas sobre su correcta ejecuci¨®n.
Es l¨¢stima, sin embargo, que una desafortunada ley espa?ola, dictada el 25 de abril de 1980 (de cuya promulgaci¨®n se cumple ahora el cuarto aniversario), proh¨ªba la publicaci¨®n de sondeos durante los cinco d¨ªas anteriores al de la votaci¨®n. A partir de ma?ana, y hasta el d¨ªa de reflexi¨®n, usted puede ser literalmente bombardeado por la propaganda electoral de los partidos y de los candidatos al Parlament catal¨¢n; la televisi¨®n le mostrar¨¢ la incansable peregrinaci¨®n de los pol¨ªticos por calles y mercados; la radio no le dejar¨¢ oir entera una canci¨®n, porque ser¨¢ interrumpida tres veces para dar paso a las promesas de felicidad y progreso que le har¨¢ cualquier partido; la Prensa vendr¨¢ repleta de anuncios sobre lo que han hecho durante su mandato los que todav¨ªa gobiernan, y, al lado, otro anuncio con discursos de los que estuvieron en la oposici¨®n, diciendo que aqu¨¦llos no hicieron nada. En fin, va a ser blanco de todos estos mensajes, y dif¨ªcilmente va a poder esquivarlos, a menos que se marche a otro pa¨ªs durante esa semana. Pero hay una cosa que esos mismos pol¨ªticos que reclaman su voto le niegan de manera radical y por medio de una ley: los datos que arrojan los sondeos electorales. Sondeos que, por otra parte, ellos tambi¨¦n han encargado, probablemente est¨¦n realizando tambi¨¦n (aunque le dir¨¢n que no haga caso de ellos) y que usted -electoralmente menor de edad, al parecer- no puede consultar, porque podr¨ªa confundir o modificar la orientaci¨®n de su voto.
Le recuerdo que esta prohibici¨®n s¨®lo existe en Portugal (durante toda la campa?a) y en Francia (durante la semana entre las dos vueltas que prev¨¦ su sistema electoral). En el resto de los pa¨ªses occidentales no hay limitaciones, lleg¨¢ndose incluso a poder publicar sondeos el mismo d¨ªa de la votaci¨®n (caso del Reino Unido y Estados Unidos). La ley a la que venimos refiri¨¦ndonos fue objeto de intensos debates en el Congreso de los Diputados. La proposici¨®n de ley presentada por la Coalici¨®n Democr¨¢tica era especialmente severa, pretendiendo el dep¨®sito previo de los sondeos en las juntas electorales; trataba de imponer sanciones de car¨¢cter penal (llegando hasta el arresto mayor), y, finalmente, propon¨ªa que la prohibici¨®n de publicar sondeos alcanzara a los 10 d¨ªas anteriores al de la votaci¨®n; el grupo de UCD propugnaba que la prohibici¨®n afectase s¨®lo a los tres d¨ªas anteriores, y los socialistas se?alaron que a cinco d¨ªas (opci¨®n que prevaleci¨®).
Esta ley, que vamos a llamar ley del silencio, atribuye a la Junta Electoral Central o a las de ¨¢mbito territorial inferior la obligaci¨®n de hacerla cumplir y sancionar con multa su incumplimiento, y dice en su art¨ªculo 32 que velar¨¢n porque los datos e informaciones de los sondeos que sean objeto de publicaci¨®n no contengan falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas, as¨ª como por el correcto cumplimiento de las especificaciones sobre denominaci¨®n expresa de los organismos p¨²blicos o privados que los hayan realizado o encargado (tambi¨¦n sus domicilios), y, por ¨²ltimo, las caracter¨ªsticas t¨¦cnicas del sondeo.
Esta ley creo que no se ha cumplido m¨¢s que en su art¨ªculo m¨¢s absurdo: el del plazo de cinco d¨ªas de prohibici¨®n. Sin embargo, no conozco ni un solo caso en que una junta electoral (ya sea central o perif¨¦rica) haya aplicado la m¨¢s m¨ªnima sanci¨®n a las entidades que han publicado sondeos preelectorales con absoluto desprecio de los requisitos t¨¦cnicos y de la misma ley, ni tampoco a los institutos fantasmas que los realizaron (y cuya aparici¨®n en esta actividad suele empezar y terminar con la publicaci¨®n de unos sondeos impresentables de m¨¢s que dudoso, rigor cient¨ªfico), por no decir que, en ocasiones, son inexistentes, porque proceden de filtraciones de encuestas gubernativas o de los propios partidos.
Es absolutamente penoso que una ley, supongo que promulgada para proteger al elector (y no a los legisladores, antes y despu¨¦s candidatos), haya sido tan est¨¦ril en ejercer esa protecci¨®n, pues lo que ha producido realmente es dejarle sin la informaci¨®n que m¨¢s necesita y en el momento cabal (justo antes de votar). Concluyo pidiendo a nuestros diputados que reflexionen y modifiquen esa ley de la siguiente manera: limiten la prohibici¨®n de publicar sondeos al d¨ªa de reflexi¨®n y mantengan las sanciones para los que difundan sondeos aberrantes que confunden al ciudadano. Podr¨ªa aportar pruebas documentales de decenas y decenas de estos sondeos publicados desde el 25 de abril de 1980. Me gustar¨ªa recordarles que durante las ¨²ltimas elecciones portuguesas alguna" Prensa espa?ola encarg¨® sondeos sobre las mismas y las public¨® durante el tiempo que la ley portuguesa lo imped¨ªa en su territorio. Imagine ahora lo contrario. ?No parece esto rid¨ªculo y pueril? Como no existe base cient¨ªfica alguna para apoyar que el silencio sobre los sondeos hace m¨¢s libres las elecciones, es razonable que reconquisten la misma libertad legal que los dem¨¢s elementos de las campa?as electorales.
Los datos de estos tres sondeos no difieren mucho unos de otros. Es de esperar que, puesto que todos ellos han sido realizados 15 o 20 d¨ªas antes de la celebraci¨®n de las elecciones, las estimaciones que aportan en cuanto al reparto de votos y de esca?os se diferencien algo del veredicto inexorable de las urnas. No importa. Estos sondeos ofrecen informaci¨®n referida a las fechas indicadas, y tengo la certeza de que representan una segura v¨ªa para decidir qu¨¦ hacer el d¨ªa de la votaci¨®n. ?ste es su gran servicio, y no es peque?o. Pero no les pida m¨¢s. Porque los sondeos se bastan con recoger las relaciones de fuerza que compiten por el poder, contribuyendo a educar pofiticamente a los ciudadanos a trav¨¦s de sus cifras y porcentajes; el resto es trivial. En los ambientes pol¨ªticos o administrativos, en los partidos o en los Gobiernos, se cae a menudo en la tentaci¨®n de creer que los programas que defienden o proponen en las campa?as son los que el electorado desea. Los sondeos raramente les dan la raz¨®n, e indican mejor aquello que los votantes buscan. Por tanto, debe aprovecharlos cuando s e le ofrecen fiables e imparciales.
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