'El dinero negro' tambi¨¦n podr¨¢ refugiarse en t¨ªtulos privados si paga como retenci¨®n liberatoria el 45% de los intereses
El dinero negro a efectos fiscales (el que no fue declarado cuando supuso aumento de renta o de patrimonio del contribuyente) podr¨¢ mantener tambi¨¦n parte de sus actuales refugios en t¨ªtulos emitidos por la banca y el sector privado. El proyecto de ley sobre r¨¦gimen fiscal de determinados activos financieros, aprobado por el ¨²ltimo Consejo de Ministros, no s¨®lo confirma la exenci¨®n de retenciones para los pagar¨¦s del Tesoro y otros instrumentos de control de la masa monetaria. Para los activos privados que le gobierno decida por decreto y paguen de una sola vez el 45% de los intereses ( m¨¢ximo en renta), persistira la posibilidad de escape al fisco. Excluidos los pagar¨¦s, hay actualmente m¨¢s de un bill¨®n de pesetas en estas circunstancias.
El proyecto de ley ha registrado cambios en la ¨²ltima reuni¨®n del Gobierno. Su redacci¨®n final, promovida por el propio ministro de Econom¨ªa y Hacienda, Miguel Boyer, se ha inclinado por la posici¨®n alternativa que apoyaban especialmente el Banco de Espa?a y la Direcci¨®n General de Pol¨ªtica Financiera, pr¨®xima a la sugerida por la banca privada. No obstante, Boyer hab¨ªa consultado tambi¨¦n a los s¨ªndicos de las bolsas, a Francisco Fern¨¢ndez Ord¨®?ez y a otras personalidades.Mientras que el proyecto esbozado hace un a?o por Jos¨¦ Sevilla (anterior secretario de Estado de Hacienda) pretend¨ªa que todos los nuevos t¨ªtulos financieros opacos al fisco fueran sometidos a retenci¨®n, entre ellos los pagar¨¦s del Tesoro, el equipo que le ha sucedido retom¨® la intenci¨®n de Boyer en el sentido de excluir a ¨¦stos. Como la caracter¨ªstica de los nuevos t¨ªtulos es que se emiten al descuento (el tomador paga el nominal menos los intereses) y que son al portador, la ausencia de retenci¨®n supone una v¨ªa de escape a la informaci¨®n y a la posterior tributaci¨®n.
Una vez reafirmada la actual carencia de retenci¨®n para los pagar¨¦s y otros t¨ªtulos destinados al control monetario, el proyecto elaborado por Hacienda fijaba retenciones del 18% para los intereses del resto de los nuevos activos y desarrollaba las obligaciones de informaci¨®n por parte de quienes deben liquidar a Hacienda tales retenciones. Pero el conocimiento de las posiciones de la banca llev¨® a los redactores del texto a reservar una posici¨®n alternativa, consistente en aplicar una retenci¨®n m¨¢s alta de la normal, a cambio de renunciar a la informaci¨®n sobre quienes detentan los t¨ªtulos acogidos a la misma en los mercados secundarios o de posterior venta por parte de los que suscriben los t¨ªtulos.
Opini¨®n de la banca
La banca privada hab¨ªa transmitido a Hacienda su opini¨®n favorable a este modelo, denominado el franc¨¦s, por entender que har¨ªa innecesaria la discutida amnist¨ªa fiscal, no reservaba al Estado el monopolio en la captaci¨®n del dinero negro y, sobre todo, evitar¨ªa la vuelta al calcet¨ªn o la evasi¨®n de los capitales captados en los ¨²ltimos a?os por el sistema financiero gracias a la opacidad. Sin contar los pagar¨¦s del Tesoro, cuyo saldo supera los tres billones de pesetas, hay m¨¢s de un bill¨®n de pesetas protegido por la ausencia de retenciones y de informaci¨®n, sobre todo en bonos de caja de los bancos, c¨¦dulas hipotecarias de las cajas de ahorro, letras avaladas, pagar¨¦s de empresa, etc¨¦tera.Los responsables de tributos ve¨ªan en el modelo franc¨¦s, sugerido por la banca, numerosas desventajas: discrimina a los activos beneficiarios del resto de las inversiones y puede producir movimientos imprevisibles entre los distintos tipos de activos; sin retenci¨®n totalmente liberatoria es dif¨ªcil saber a qui¨¦n hay que imputar los rendimientos; el pago liberatorio se convierte en un impuesto indirecto y exonera del de la renta (directo); obliga a un tratamiento diferencial entre personas f¨ªsicas y sociedades (el impuesto pagado por las primeras es progresivo y el de las segundas proporcional); se pueden crear sociedades ficticias o interpuestas para hacer emisiones a tipo inferior al de mercado; la carencia de transparencia fiscal y el efecto de ocultaci¨®n en los impuestos, incluso con retenciones muy elevadas (renta, patrimonio, sucesiones), mantiene la alta rentabilidad de los activos beneficiados y los reserva a inversores de dinero negro, en perjuicio de otros y de los propios pagar¨¦s del Tesoro.
Sin embargo, los peligros apuntados por la banca y el hecho de que los nuevos activos acaban de ser penalizados indirectamente por otras dos v¨ªas (ya cuentan desde principios de a?o para calcular la base del coeficiente de caja de los intermediarios financieros y en el futuro contar¨¢n para determinar el coeficiente de inversi¨®n, empleos que la banca considera menos rentables), inclinaron a Miguel Boyer a proponer al Gobierno la aceptaci¨®n de una f¨®rmula intermedia entre la del texto y la de su alternativa, si bien m¨¢s inclinada a esta ¨²ltima.
Bonos de cup¨®n cero
En s¨ªntesis, consiste en que, al margen de la retenci¨®n general del 18%, el Gobierno tendr¨¢ legalmente v¨ªa libre para aplicar una retenci¨®n liberatoria del 45% de los intereses a los activos que en cada momento considere necesarios.Aunque la primera relaci¨®n se conocer¨¢ cuando entre en vigor la ley, probablemente a principios del pr¨®ximo a?o, esta decisi¨®n se ha tomado pensando, seg¨²n fuentes oficiosas, en los activos que siempre se emiten al descuento y al portador. El caso m¨¢s claro son los bonos de cup¨®n cero emitidos por el sector privado y cerca de la mitad de las c¨¦dulas hipotecarias.
Por otra parte, junto a los pagar¨¦s del Tesoro y a los t¨ªtulos que emita el Tesoro o el Banco de Espa?a como instrumento regulador de intervenci¨®n en el mercado monetario, tampoco estar¨¢n sometidos, entre otros, los intereses de pr¨¦stamos sometidos al impuesto de sociedades y los cr¨¦ditos de los grupos p¨²blicos o empresas privadas a sus filiales.
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