Magistratura declara improcedente el despido de tres m¨¦dicos acusados de abusar de una paciente
La Magistratura de Trabajo n¨²mero 2 de Oviedo ha declarado improcedente el despido de los tres m¨¦dicos que hab¨ªan sido expulsados, el pasado 14 de marzo, del Hospital General de Asturias acusados de estar ebrios durante el servicio de guardia y de haber realizado una "exploraci¨®n sedicente" a la enferma Dolores del R¨ªo Gonz¨¢lez, en la madrugada del 24 de febrero.
El magistrado no considera probadas ninguna de estas acusaciones (ver EL PAIS del 8 de junio de 1984). La Consejer¨ªa de Presidencia del Principado de Asturias, de la que depende el Hospital, ha anunciado que recurrir¨¢ al Tribunal Supremo.En la sentencia, que tiene fecha de hoy, 15 de junio, el magistrado condena al Hospital General de Asturias, establecimiento sanitario dependiente de la comunidad aut¨®noma, a elegir, en el plazo de cinco d¨ªas, "entre la readmisi¨®n de los trabajadores en las mismas condiciones que reg¨ªan antes de producirse el despido o el abono de una indemnizaci¨®n" que no supera en ninguno de los casos las 191.000 pesetas.
Los m¨¦dicos que hab¨ªan sido despedidos del Hospital General son: Manuel Fernando ?lvarez, residente del servicio de Urolog¨ªa; Herminio S¨¢nchez, contratado del servicio de Ciruj¨ªa y Jos¨¦ Ignacio Gonz¨¢lez, residente de Bioqu¨ªmica.
El magistrado, Tom¨¢s Ma¨ªllo, se?ala en uno de los considerandos de la sentencia que "no resulta probada la ebriedad de los doctores mencionados, al no ser una prueba concluyente que el doctor S¨¢nchez Garc¨ªa ol¨ªa a alcohol, pues esa sensaci¨®n se puede obtener ante una m¨ªnima ingesta que, aunque suponga una infracci¨®n reglamentaria, no tiene entidad suficiente para justificar tan grave sanci¨®n".
En cuanto a la exploraci¨®n m¨¦dica que realiz¨® el doctor Herminio S¨¢nchez, a las cinco de la madrugada del 24 de febrero, a la paciente Dolores del R¨ªo, que hab¨ªa sido calificada de "extra?a" por la enfermera que estaba de guardia en la planta, la sentencia de Magistratura indica que "en ning¨²n momento se aport¨® prueba pencial que acredite cu¨¢l sea la zona exacta que debe ser explorada ante la presencia de un quiste pilodinal, ni puede ser considerada como determinante la opini¨®n de la enfermera en cuanto a la forma en que debe ser realizada la exploraci¨®n, m¨¢xime cuando es el propio director m¨¦dico del hospital quien testifica que la enferma le manifest¨® que la exploraci¨®n hab¨ªa sido normal".
A juicio del magistrado, "no resulta acreditado en las actuaciones judiciales practicadas la existencia de tacto anormal ni exploraci¨®n sedicente que justifica la grave sanci¨®n impuesta a los actores, lo que obliga a estimar sus respectivas demandas, previa declaraci¨®n de la improcedencia de los despidos acordados".
Irregular, pero explicable
Sobre la inesperada aparici¨®n en la madrugada del 24 de febrero de los tres m¨¦dicos en la planta en que estaba alojada la enferma Dolores del R¨ªo, visitada en la habitaci¨®n por dos de ellos, el magistrado admite que se trata "sin duda de una conducta irregular ( ... ) Sin embargo, aunque ello no justifique la visita, s¨ª la explica el hecho de que es norma de obligado cumplimiento que antes de terminar la guardia los enfermos ingresados durante la misma sean vistos por el m¨¦dico de servicio".La cuant¨ªa concreta de las indemnizaciones que deber¨¢ pagar el hospital en caso de no readmitir a los tres m¨¦dicos asciende a 133.762 pesetas para el doctor Fernando ?lvarez; a 190.755 pesetas para Herminio S¨¢nchez y a 146.306 pesetas para Jos¨¦ Ignacio Gonz¨¢lez.
Los tres facultativos fueron defendidos, respectivamente, por los letrados Manuel Fern¨¢ndez ?lvarez, Gerardo Turiel de Castro y Enrique Llaneza Garc¨ªa.
El gerente del Hospital General de Asturias no ten¨ªa conocimiento en la tarde de ayer del fallo de la sentencia, circunstancia por la que el responsable del centro sanitario evit¨® pronunciarse al respecto.
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