El Senado prorroga hasta 1986 el mandato de los delegados sindicales
El Grupo Socialista del Senado ha recuperado para el Estatuto de los Trabajadores el art¨ªculo que retir¨® de la ley de Libertad Sindical y que permitir¨¢ a los representantes sindicales elegidos prolongar su mandato hasta 1986. La disposici¨®n transitoria a?adida ahora posibilita al Gobierno mantener su intenci¨®n, y al tiempo evita que un recurso previo de inconstitucionalidad, anunciado por el Grupo Popular contra la ley sindical, obligue -al suspender la aplicaci¨®n del texto hasta que se pronuncie el tribunal-, que las elecciones sindicales se tengan que producir antes de fin de a?o, al estar agotado el mandato iniciado en 1982.El estatuto, por no ser ley org¨¢nica, no admite el recurso previo, y mediante esta maniobra de trasvase de un art¨ªculo todo ha quedado como estaba previsto.
No obstante, ello no impide que se celebren elecciones en los centros de trabajo donde sean expresamente convocadas; pero los resultados no ser¨¢n tenidos en cuenta para la representaci¨®n de los sindicatos en las distintas instuciones oficiales, ni en las asignaciones que cada a?o reciben los sindicatos de los Presupuestos Generales por el n¨²mero de delegados elegidos. El a?o pasado, cada delegado represent¨® una media de 7.000 pesetas, y fueron repartidos cerca de 900 millones. La decisi¨®n de prorrogar el mandato beneficia a UGT, que cuenta actualmente con mayor¨ªa de representantes sindicales y que tem¨ªa perderla en el caso de que se celebrasen nuevos comicios.
El Senado centr¨® sus debates, como ya ocurri¨® en el Congreso, en el tipo de contratos temporales que introduce el Estatuto. Seg¨²n defendi¨® el ponente socialista Jos¨¦ Cabrera Baz¨¢n, en una ¨¦poca de crisis la temporalidad flexibiliza la contrataci¨®n y encuentra una v¨ªa posible. El senador sevillano coment¨® de pasada que resulta dif¨ªcil moverse en estos temas entre la derecha y la izquierda, y se encontr¨® con la respuesta del comunista Francisco Fern¨¢ndez Pi?ar, seg¨²n el cual "¨¦sos son los problemas del centro".
Eduardo Baselga, del Grupo Popular, solicit¨® un tipo m¨¢s de contrato temporal, para los trabajos de temporada, como es el caso, fundamentalmente, del campo. El Grupo Popular solicit¨® tambi¨¦n que en los contratos de formaci¨®n y pr¨¢cticas la edad que fija el Estatuto, los 20 a?os, fuera ampliada a los 23, pero no fueron admitidas su propuestas.
Socialistas y populares llegaron a un acuerdo en el art¨ªculo 33 para fijar la indemnizaci¨®n en los casos de despido o extinci¨®n del contrato. Para la base del c¨¢lculo, el salario m¨ªnimo diario no podr¨¢ exceder del duplo del salario m¨ªnimo interprofesional y, por tanto, "el importe de la indemnizaci¨®n a los solos efectos de abono por el fondo de garant¨ªa salarial para los casos de despido o extinci¨®n de los contratos conforme al art¨ªculo 50 de esta ley se calcular¨¢ sobre la base de 25 d¨ªas por a?o de servicio. Hasta el momento presente el n¨²mero de d¨ªas computables era de 45 y la ley en principio pretend¨ªa establecer 20.
El Senado aprob¨® tambi¨¦n el proyecto de ley por el que se crea la Gerencia de la Infraestructura de la Defensa, organismo dependiente del Ministerio de Defensa.
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