Las frutas y hortalizas
Las Intervenciones p¨²blicas en un sector de productos perecederos, como las frutas y hortalizas, podr¨ªan ser espectacularmente ruinosas. Por este hecho, la normativa comunitaria las prev¨¦ tan s¨®lo en situaciones excepcionales. En casos normales, la regulaci¨®n del mercado se efect¨²a a trav¨¦s de las denominadas organizaciones. de productores. Son ¨¦stas, subvencionadas en su constituci¨®n por el FEOGA, las que pueden regular la oferta, retirando parte de la producci¨®n cuando el precio de mercado alcanza el nivel del llamado "precio de retirada". Todos estos niveles de precios hacen referencia a unas calidades, calibres, etc¨¦tera, de productos tipificados, puesto que en este sector, como en muchos otros, existe una normalizaci¨®n del producto.La posici¨®n negociadora comunitaria parte del supuesto de que la inexistencia en Espa?a de una normativa reguladora del mercado interior similar a la comunitaria hace imposible la aplicaci¨®n de la Organizaci¨®n Com¨²n del Mercado (OCM) en este sector desde el primer d¨ªa de la adhesi¨®n, haci¨¦ndose inevitable una transici¨®n espec¨ªfica, dividida en dos fases, de cuatro y seis a?os, respectivamente. En la primera fase, Espa?a pondr¨ªa en marcha las agrupaciones de productores y el resto de mecanismos precisos, con financiaci¨®n en alguna medida comunitaria. Tambi¨¦n podr¨ªa financiarse la retirada de productos en aquellos casos en que se efectuara dentro de la normativa comunitaria.
Regulaci¨®n interior
Sin embargo, seg¨²n la CEE, en esta primera fase la protecci¨®n exterior frente a los productos espa?oles se mantendr¨ªa, durante cuatro a?os, en los niveles actuales que, como es bien sabido, fueron elevados desde el 1 de junio de 1984.
Desde mi punto de vista, la posici¨®n comunitaria combina con gran habilidad dos aspectos que es preciso diferenciar. Por un lado, la existencia en este sector de algunos productos que, para alg¨²n pa¨ªs miembro de la actual CEE, van a verse sometidos a una dura concurrencia de la producci¨®n espa?ola. Por eso estos productos deben ser considerados como productos sensibles durante el per¨ªodo de transici¨®n.
El segundo aspecto, de naturaleza totalmente distinta al anterior, consiste en la capacidad de Espa?a para organizar la regulaci¨®n de su mercado interior de frutas y hortalizas, de modo que pueda aplicar la normativa contenida en la Organizaci¨®n Com¨²n de Mercado. En este sentido, nuestro pa¨ªs tendr¨¢ que hacer un esfuerzo de adaptaci¨®n, no s¨®lo en el sector de frutas y hortalizas, sino en la mayor¨ªa de los sectores agr¨ªcolas y ganaderos, puesto que las regulaciones de campa?a en Espa?a se basan en mecanismos, tipos de productos, etc¨¦tera, distintos a los de las respectivas reglamentaciones comunitarias.
La argumentaci¨®n comunitaria para diferenciar este sector del resto se basa en que la intervenci¨®n en frutas y hortalizas, al apoyarse en las agrupaciones de productores, es decir, en el sector privado, no responde autom¨¢ticamente a la voluntad de la Administraci¨®n, sino que requiere a?os de adaptaci¨®n. El argumento comunitario se apoya en su propia experiencia, seg¨²n la cual despu¨¦s de muchos a?os de intentar regular el mercado de frutas y hortalizas, el ¨¦xito es a¨²n muy irregular seg¨²n productos y seg¨²n mercados, d¨¢ndose diferencias a¨²n muy notables entre los distintos pa¨ªses miembros comunitarios: del nivel de organizaci¨®n del mercado del ¨²ltimo pa¨ªs adherido, Grecia, al nivel alcanzado en Francia, pasando por un pa¨ªs tan similar a Espa?a, en tanta cosas como es Italia, lo cierto es que el sector hortofrut¨ªcola comunitario es a¨²n hoy un mosaico donde cada producto y cada regi¨®n registran un nivel de organizaci¨®n del mercado muy heterog¨¦neo.
De esta constataci¨®n surge el concept ode "verificaci¨®n de la convergencia", que aparece por primera ez en el proceso negociador en la declaraci¨®n espa?ola del 21 de marzo de este a?o. Si lo que separa el mercado espa?ol de frutas y hortalizas del mercado europeo e su capacidad de regulaci¨®n interior, es preciso establecer unos baremos objetivos de la cantidad d producto normalizado y comercializado por las agrupaciones de productores en los pa¨ªses productores miembros, de modo que pue a verificarse antes del d¨ªa de la a hesi¨®n o a lo largo de los primeros a?os del per¨ªodo de transici¨®n que, efectivamente, el mercado espa?ol a¨²n no puede regularse seg¨²n es aplicada la normativa en lo pa¨ªses hoy d¨ªa miembros, o, al contrario, la regulaci¨®n del mercado interior ha alcanzado ya niveles medios iguales o superiores a la media comunitaria.
Los productos sensibles
Es decir, entre la primera fase, seg¨²n es concebida en las declaraciones comunitarias, y el per¨ªodo de verificaci¨®n de la convergencia, seg¨²n a declaraci¨®n espa?ola de 21 de marzo, existen notables diferencias. Es preciso insistir en este aspecto porque se ha creado cierta confusi¨®n como consecuencia del denominado preacuerdo de Luxemburgo. En dicho documento se reconoc¨ªan por parte espa?ola y por la representaci¨®n de la CEE presente en aquella ocasi¨®n "medidas de transici¨®n espec¨ªfica para los productos reconocidos conjuntamente como sensibles de una parte y otra, o para los cuales la aplicaci¨®n de mecanismos de la organizaci¨®n com¨²n de mercado comportar¨ªa graves dificultades".
Desde la ¨®ptica de la declaraci¨®n espa?ola de 21 de marzo, en el sector de frutas y hortalizas, estas medidas espec¨ªficas son la "verificaci¨®n de la convergencia" y el mecanismo complementario aplicable a los intercambios, adaptado a las caracter¨ªsticas propias del sector. El preacuerdo de Luxemburgo para nada habla de la palabra fase, aunque la representaci¨®n de la CEE hizo constar que para la Comunidad la verificaci¨®n de convergencia concluir¨ªa de manera autom¨¢tica al final del cuarto a?o. Es decir, la CEE hace pr¨¢cticamente sin¨®nimos los t¨¦rminos de fase y de verificaci¨®n de convergencia.
Este es el origen lle la confusi¨®n provocada con la declaraci¨®n espa?ola de 24 de julio, en la que se reitera la posici¨®n espa?ola de que "la verificaci¨®n de convergencia tendr¨ªa una duraci¨®n m¨¢xima de cuatro a?os, pudiendo comprobarse su realizaci¨®n dentro de dicho per¨ªodo. Dado el grado de organizaci¨®n y el control del mercado en el sector de los c¨ªtricos, el mismo deber¨¢ quedar excluido de la verificaci¨®n de convergencia".
En ning¨²n caso los t¨¦rminos anteriores suponen un retroceso de ning¨²n tipo respecto al preacuerdo de Luxemburgo, puesto que la identificaci¨®n entre fase y verificaci¨®n de convergencia s¨®lo fue efectuada por la posici¨®n comunitaria.
Si el concepto de fase y el de verificaci¨®n de convergencia tienen notables diferencias, yo dir¨ªa que conceptuales, tampoco hay que ocultar que la gran virtualidad del concepto de verificaci¨®n de convergencia, unido a las aperturas efectuadas por la declaraci¨®n comunitaria de 19 de junio, con aplicaci¨®n en alguna medida del reglamento 1.035 en la primera fase, no hacen imposible que pueda llegarse a un punto de s¨ªntesis a lo largo de la negociaci¨®n.
Per¨ªodo de transici¨®n
Desde la perspectiva del preacuerdo de Luxemburgo, y dejando ya aparte la interminable casu¨ªst¨ªca ligada a la aplicaci¨®n de la Organizaci¨®n Com¨²n de Mercado en el sectbr de frutas y hortalizas, destaca como elemento central el concepto de "productos sensibles" a los cuales se aplicar¨ªan medidas de transici¨®n espec¨ªfica.
Tomando una cierta lejan¨ªa de los textos oficiales de negociaci¨®n, aproxim¨¢ndonos a los problemas econ¨®micos reales que subyacen ante el proceso de la adhesi¨®n de Espa?a, puede advertirse un leg¨ªtimo temor mutuo en diversos sectores.
Tanto Espa?a como la CEE se protegen en la actualidad a trav¨¦s de una bater¨ªa de diversos instrumentos arancelarios o no arancelarios, y si esta protecci¨®n en los intercambios se practica hoy d¨ªa no puede pensarse que sea por capricho, sino porque existen unos sectores econ¨®micos reales con intereses leg¨ªtimos que es preciso defender.
Desde esta perspectiva, la ampliaci¨®n de la CEE, y la adhesi¨®n para Espa?a crea problemas a ambas partes. Es evidente que el concepto de per¨ªodo de transici¨®n va ligado a la idea de amortiguar los efectos positivos y negativos impl¨ªcitos en la apertura gradual de los mercados. Es, pues, l¨ªcito que por parte de Espa?a y de la CEE intente modularse el desmantelamiento de todos los mecanismos proteccionistas de un modo gradual y no traum¨¢tico, especialmente en los productos m¨¢s sensibles de una parte y otra.
Para algunas frutas y hortalizas, el elemento b¨¢sico de protecci¨®n comunitaria frente a los pa¨ªses terceros es el precio de referencia. La CEE ha elevado los precios de referencia desde el 1 de junio de este a?o, y propone mantener su aplicaci¨®n durante los cuatro primeros a?os de per¨ªodo de transici¨®n. La gradualidad en el desmantelamiento proteccionista ser¨ªa muy lenta en los cuatro primeros a?os, y seg¨²n la posici¨®n comunitaria, no se garantizar¨ªa, con car¨¢cter general, la preferencia comunitar¨ªa frente a producciones similares de otros pa¨ªses terceros que hoy est¨¢n consolidadas en los tratados preferenciales que dichos pa¨ªses han suscrito con la CEE.
En este sentido, la adhesi¨®n de Espa?a implica un salto cualitativo. Desde el d¨ªa de la adhesi¨®n Espa?a pasa a ser pa¨ªs miembro de pleno derecho de la CEE. Evidentemente, todos los derechos implican tainhi¨¦n todas las obligaciones.
La adhesi¨®n de Espa?a obligar¨¢, en cierta medida, a modificar la actual pol¨ªtica mediterr¨¢nea de la CEE, y Espa?a, como un miembro m¨¢s, es decir, en su parte al¨ªcuota correspondiente, deber¨¢ hacer frente al coste que ello represente.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.