Los alumnos de centros estatales pueden reclamar contra sus calificaciones
Los alumnos de Educaci¨®n General B¨¢sica (EGB) y de ense?anzas medias, como Formaci¨®n Profesional y Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), que cursen sus estudios en centros p¨²blicos podr¨¢n reclamar a partir del pr¨®ximo curso ante las autoridades del centro escolar si no est¨¢n de acuerdo con las calificaciones que les otorguen los profesores, seg¨²n una circular del Ministerio de Educaci¨®n. Hasta ahora la decisi¨®n del profesor era inapelable y no ten¨ªa que justificarse.Los alumnos, o sus padres, podr¨¢n reclamar tanto contra las calificaciones negativas que obtengan en la evaluaci¨®n continuada durante el curso como contra las notas definitivas de junio y septiembre. En el primer caso, las reclamaciones se tramitar¨¢n a trav¨¦s del profesor tutor, quien resolver¨¢ tras consultar con el profesor que otorg¨® la calificaci¨®n.
En el caso de las notas definitivas de junio y septiembre ser¨¢ el director del centro quien someter¨¢ la reclamaci¨®n, previos los informes pertinentes, al rofesor o profesores respectivos. Estos pueden ratificarse en la calificaci¨®n otorgada o reconocer que la reclamaci¨®n es procedente. Si se ratifican, el director solicitar¨¢ asesoramiento a la inspecci¨®n, que depende del Ministerio de Educaci¨®n, y someter¨¢, en su caso, el expediente a la Direcci¨®n Provincial de Educaci¨®n para su resoluci¨®n definitiva.
Instancia neutral
Cuando haya reclamaci¨®n, el tutor pedir¨¢ Inf¨®rmes sobre la marcha del alumno en otras materias, consultar¨¢ con los companeros de clase y revisar¨¢ los trabajos realizados por el escolar con el fin de comprobar si la calificaci¨®n es acertada o no. Cuando se recurre ante el inspector lo que se pretende es que sea una instancia supe-rior y neutral quien decida. ?ste, adem¨¢s de lo anteriormente dicho para el tutor, podr¨¢ evaluar los conocimientos del alumno a trav¨¦s de una charla con ¨¦l.Seg¨²n establece la ciruelar, cada grupo de alumnos tiene un profesor tutor que coordina el pro ceso de evaluaci¨®n continua y el desarrollo del proceso educativo, e informa a los padres de los alum nos sobre la marcha del curso escolar. La evaluaci¨®n de los alumnos se har¨¢ de forma continuada a lo largo de todo el curso y no existir¨¢ un ¨²nico per¨ªodo de ex¨¢menes. Los ex¨¢menes tradicionales, aunque seguir¨¢n utiliz¨¢ndose para comprobar el nivel de conocimientos del alumno, no constituiran el ¨²nico dato para valorar el rendimiento escolar.
La circular se?ala que los centros de EGB, incluidas las escuelas anejas, desarrollar¨¢n actividades de ni?os y ni?as juntos, aunque no sean mixtos, con el fin de implantar el r¨¦gimen mixto en el cielo 1985-1986.
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