Un ejemplo franc¨¦s y una sentencia espa?ola
EN ESPERA de la resoluci¨®n del Tribunal Constitucional sobre el recurso previo presentado contra la ley org¨¢nica del Derecho a la Educaci¨®n (LODE) por Coalici¨®n Popular, una sentencia de la Audiencia Nacional, en Espa?a, y la definitiva retirada de la ley Savary, en Francia, siguen manteniendo viva la pol¨¦rnica en tomo a la normativa de la ense?anza privada con subvenciones p¨²blicas en nuestro pa¨ªs. Aunque el conflicto que enfrenta a la mayor¨ªa gubernamental espa?ola con la oposici¨®n rebasa con mucho los ¨¢mbitos cubiertos por la citad¨¢resoluci¨®n judicial y la medida adoptada por el poder ejecutivo franc¨¦s, resulta casi inevitable que los puntos de vista encontrados en el litigio hagan diferentes lecturas en provecho propio de ambas noticias.La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que la Confederaci¨®n Cat¨®lica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (Concapa), al amparo de la ley de Protecci¨®n Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales- de la Persona, hab¨ªa presentado contra una resoluci¨®n del Ministerio de Educaci¨®n seg¨²n la cual la concesi¨®n de becas de estudio quedaba condicionada a la inexistencia de plaza en el centro escolar sostenido con fondos p¨²blicos m¨¢s pr¨®ximo al domicilio del solicitante. La confederaci¨®n dirigida por Carmen Alvear consider¨® que esa medida quebrantaba el derecho a la educaci¨®n, en cuanto que imped¨ªa la libre elecci¨®n del centro docente, y el principio de igualdad ante la ley. La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso partiendo de la premisa general que cabe deducir de la sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de f¨¦brero de 1981. Seg¨²n los magistrados, "el derecho constitucional a la libertad de ense?anza y a la libre elecci¨®n de centro docente no comporta una correlativa obligaci¨®n estatal de financiar los centros privados". La sentencia estima que esta conclusi¨®n es obvia, puesto que los ciudadanos, si bien tienen derecho a exigir amparo judicial frente a las intromisiones ileg¨ªtimas del poder en el ejercicio de las libertades reconocidas por la Constituci¨®n, no pueden, en cambio, reclamar "subvenciones o prestaciones del Estado para que ¨¦ste garantice y haga efectivos derechos reconocidos".
Si "en el marco constitucional el Estado no est¨¢ obligado a financiar la ense?anza no estatal", se desprende que condicionar la concesi¨®n de becas para estudiar en centros privados a la existencia de plazas libres en centros p¨²blicos no es violar el derecho a la educaci¨®n ni a la libertad de ense?anza.
Al mismo tiempo, la definitiva retirada por el Gobierno Fabius de la ley Savary, fallido intento de modificar el r¨¦gimen de la ense?anza privada en Francia, ha sido presentada por los medios conservadores espa?oles como el ejemplo que el Gobierno Gonz¨¢lez deber¨ªa seguir respecto a la ley Maravall. La tentativa de forzar similitudes entre ambas normas, que responden a prop¨®sitos distintos y que tienen como destino sistemas escolares diferentes, no resulta convicente. El programa de los socialistas franceses propugnaba "la creaci¨®n de un gran servicio p¨²blico unificado y laico de educaci¨®n", que afectar¨ªa al 16%, aproximado de la poblaci¨®n escolar que estudia en centros privados (en su abrumadora mayor¨ªa cat¨®licos). En Espa?a, en cambio, la LODE consagra la permanencia del sector privado, que escolariza al 35% del alumnado de Ense?anza General B¨¢sica. Mientras que las subvenciones estatales en Francia apenas rebasan el 12%. del presupuesto de educaci¨®n, los fondos p¨²blicos asignados a ese prop¨®sito en Espa?a han crecido vertiginosamente en menos de tres lustros, desde los 1.385 millones de pesetas de 1972 a los 108.000 millones presupuestados para 1984. Frente al fuerte intervencionismo estatal del proyecto franc¨¦s, la LODE concede una participaci¨®n en el control y gesti¨®n de los colegios -p¨²blicos o privados- subvencionados con fondos presupuestarios a la comunidad escolar, a trav¨¦s de los consejos integrados por empresarios, padres, profesores y alumnos. Finalmente, la vigorosa oposici¨®n a la ley Savary -los sondeos mostraron que casi dos terceras partes de la sociedad francesa se expresaban de forma cr¨ªtica contra el proyecto- no ha tenido en Espa?a, pese a lbs intentos de la oposici¨®n, una prolongaci¨®n equivalente en la respuesta a la LODE.
En cualquier caso, las dificultades para desarrollar el art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n, sobre el derecho a la ense?anza, siguen e?n pie. El texto de ese art¨ªculo estuvo a punto de hacer saltar el consenso en las Cortes Constituyentes, dados los equilibrios a que obliga la armonizaci¨®n de mandatos potencialmente conflictivos entre s¨ª. Las competencias de la Administraci¨®n, los derechos de titulares de los centros privados, la libertad de c¨¢tedra, la libertad de conci¨¦ncia y las prerrogativas de los padres ocupan zonas fronterizas que pueden f¨¢cilmente propiciar invasiones rec¨ªprocas. El cuadro dibujado en nuestro sistema, apenas guarda relaci¨®n con el ordenamiento constitucional y la realidad escolar de Francia, por lo que resulta un tanto artificioso establecer paralelismos entre dos escenarios bien diferentes, aunque existan algunos puntos comunes como el establecimiento de un mapa escolar, que sirve para marcar las necesidades reales de escolarizaci¨®n.
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