Fondos de promoci¨®n de Empleo: ?instrumentos id¨®neos para la reconversion industrial?
La pol¨ªtica de reconversi¨®n de los sectores en crisis se propone asegurar la viabilidad de los mismos, garantizando su competitividad a medio plazo, y liberar recursos humanos y financieros que puedan ser asignados m¨¢s eficientemente en nuevas actividades productivas. La reconversi¨®n se inscribe, as¨ª, en una m¨¢s amplia pol¨ªtica de reindustrializaci¨®n.Los procesos de reconversi¨®n sectorial comprenden, b¨¢sicamente, medidas de reestructuraci¨®n de la oferta que pueden suponer procesos de. fusi¨®n o concentraci¨®n empresarial, mayor grado de especializaci¨®n, cierre de instalaciones, etc¨¦tera, programas de inversi¨®n orientados a modernizar los activos productivos y mejora e innovaci¨®n en productos y procesos de producci¨®n, as¨ª como medidas de saneamiento financiero. Tambi¨¦n la eliminaci¨®n de excedentes laborales ocasionados por diversas causas, como por ejemplo, la sobredimensi¨®n del sector.
Para dar un tratamiento adecuado al ajuste del empleo, la pol¨ªtica del Gobierno socialista prevista en la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre Reconversi¨®n y Reindustrializaci¨®n, establece un conjunto de medidas de car¨¢cter laboral que permiten compatibilizar el logro de los objetivos econ¨®micos, tecnol¨®gicos y empresariales de la reconversi¨®n con un elevado y satisfactorio nivel de cobertura a los trabajadores excedentarios.
Participaci¨®n sindical
Por otra parte, se hace efectiva la. participaci¨®n de los interlocutores sociales (organizaciones-sindicales y empresariales) en el proceso de elaboraci¨®n, ejecuci¨®n y control de los diferentes planes de reconversi¨®n, a los efectos de garantizar el leg¨ªtimo protagonismo de todos los intereses en juego.
Tres son los tipos de medidas de cobertura laboral que constituyen el n¨²cleo b¨¢sico e innovador de la ley de Reconversi¨®n:
- La reapertura de un per¨ªodo ¨ªntegro de desempleo (medida conocida popularmente como puesta del contador a cero) supone la percepci¨®n por los trabajadores excedentarios de, las empresas en reconversi¨®n, de prestaciones por desempleo por el per¨ªodo m¨¢ximo legal y por una sola vez, con independencia de las cotizaciones previas que tengan acreditadas y cualquiera que haya sido el per¨ªodo de prestaciones gozadas anteriormente.
- El nuevo sistema de jubilaci¨®n anticipada previsto en la ley garantiza a los trabajadores con edades comprendidas entre los 60 y los 65 a?os el 75% de su remuneraci¨®n media que ten¨ªa en los seis meses anteriores a su acogimiento al sistema, accediendo a partir de los 65 a?os a la pensi¨®n de jubilaci¨®n con plenos derechos. Es decir, en las mismas condiciones que si se hubiese mantenido en actividad hasta esa fecha.
- Los Fondos de Promoci¨®n de Empleo (FPE), cuya creaci¨®n y normas b¨¢sicas de organizaci¨®n y funcionamiento se contemplan en el art¨ªculo 21 de la ley de Reconversi¨®n y en el Real Decreto 335/ 84, de 8 de febrero, se configuran como asociaciones sin ¨¢nimo de lucro y con el car¨¢cter de colaboradoras del Instituto Nacional de Empleo (Inem).
En primer lugar, el FPE tiene como funci¨®n mejorar la intensidad de la protecci¨®n por desempleo de los trabajadores acogidos, complementando las prestaciones b¨¢sicas y complementarias y ampliando su duraci¨®n. De tal modo, tienen garantizada una percepci¨®n, durante tres a?os, del 80%. de su remuneraci¨®n bruta media obtenida en los seis meses anteriores a su ingreso en el FPIE.
Los trabajadores ingresados con 55 a?os cumplidos que opten por acogerse al sistema de jubilaci¨®n anticipada mencionado anteriormente ver¨¢n prolongada su estancia en el FPE hasta cumplir los 60 a?os. En ese caso la cobertura del 80% ser¨¢ actualizada en el cuarto y quinto a?os en el mismo porcentaje en que se incrementen los salarios correspondientes a su categor¨ªa profesional en el respectivo convenio colectivo.
La segunda funci¨®n del 17E es la recolocaci¨®n de los trabajadores afectados por la reconversi¨®n mediante la incentivaci¨®n econ¨®mica a la creaci¨®n de. nuevos empleos de car¨¢cter estable, el reciclaje profesional de los trabajadores y la coordinaci¨®n con las Zonas, de Urgente Reindustrializaci¨®n.
El mecanismo fundamental de incentivaci¨®n consiste en la concesi¨®n de una prima de recolocaci¨®n a aquellas empresas que contraten por tiempo indefinido a los trabajadores acogidos al Fondo. Es decir, en nuevos empleos de car¨¢cter estable. Los recursos -para dicha prima provendr¨¢n de las aportaciones equivalentes a las indemnizaciones por despido que les hubiesen correspondido Por baja en sus empresas de origen, aportadas por los trabajadores al incorporarse al FPE.
Empleos alternativos
De esta manera se logra la utilizaci¨®n de la indemnizaci¨®n por despido (o aportaci¨®n equivalente), que normalmente se canalizar¨ªa hacia el consumo privado, como incentivo a la promoci¨®n de nuevas actividades productivas generadoras de empleos alternativos.
Por ¨²ltimo, la labor incentivadora de recolocaci¨®n se completar¨¢ facilitando la readaptaci¨®n profesional de los trabajad¨®res mediante la organizaci¨®n, en colaboraci¨®n con el Inem, de los cursos de formaci¨®n -precisos para adaptar la cualificaci¨®n de los trabajadores que perdieron su empleo en los sectores en crisis a las condiciones exigidas por el nuevo puesto de trabajo.
?sta es una funci¨®n de especial importancia si se considera que el esfuerzo reindustrializador privilegiar¨¢ actividades nuevas, que diversifiquen la econom¨ªa de la regi¨®n afectada al tiempo que introduzcan innovaciones tecnol¨®gicas, gerenciales, comerciales, etc¨¦tera.
La incorporaci¨®n de los trabajadores excedentarios de un sector en reconversi¨®n al FPE tendr¨¢ car¨¢cter voluntario, pudiendo l¨®gicamente el trabajador, optar par su no incorporaci¨®n al mismo y percibir la indemnizaci¨®n por despido que le corresponda. Igualmente, durante su permanencia. en el Fondo el trabajador podr¨¢ desvincularse voluntariamente, teniendo derecho a recibir en ese momento, la indemnizaci¨®n correspondiente por extinci¨®n del contrato de trabajo.
Finalmente, debe se?alarse que los Fondos prever¨¢n un ¨®rgano de gobierno de car¨¢cter tripartito en el que estar¨¢n representados con igual n¨²mero de representantes por cada parte las Administraciones p¨²blicas (central y auton¨®micas) y las organizaciones sindicales y empresariales que hayan negociado y expresado su conformidad con el plan de reconversi¨®n respectivo. Los FPE tendr¨¢n car¨¢cter sectorial y podr¨¢n crear unidades territoriales en las ¨¢reas con mayor concentraci¨®n de trabajadores excedentarios con el fin de facilitar la gesti¨®n de su recolocaci¨®n.
Los recursos necesarios para financiar este sistema de cobertura laboral para los sectores en reconversi¨®n son aportados b¨¢sicamente -por la Administraci¨®n p¨²blica y las empresas que efect¨²an el ajuste laboral. La Administraci¨®n p¨²blica aporta las prestaciones reglamentarias por desempleo, y con cargo a los presupuestos de la reconversi¨®n industrial, los complementos necesarios para garantizar la reapertura del per¨ªodo. ¨ªntegro de desempleo, las ayudas equivalentes a la jubilaci¨®n anticipada del sistema de la Seguridad Social y, con car¨¢cter excepcional, subvenciones presupuestarias para cubrir el posible d¨¦ficit de los Fondos de Promoci¨®n de Empleo. Las empresas que efect¨²an el ajuste aportan las indemnizaciones por despido o aportaciones equivalentes a los FPE por los trabajadores que ingresan a los mismos. Y se hacen cargo de la financiaci¨®n complementaria para la jubilaci¨®n anticipada de los trabajadores que se desvinculen de sus empresas con 60 a?os cumplidos.
Es evidente que a trav¨¦s de los FPE se establece un sistema de protecci¨®n a los trabajadores claramente superior al r¨¦gimen general.
La dimensi¨®n del problema
Hemos dicho que los FPE est¨¢n destinados a dar soluci¨®n al problema de los excedentes laborales en aquellos sectores industriales sujetos a reconversi¨®n donde el ajuste representa altos porcentajes sobre el empleo anterior y fuerte concentraci¨®n en determinadas ¨¢reas geogr¨¢ficas.
Su funci¨®n puede sintetizarse en la liberaci¨®n de recursos, actualmente esterilizados en esos sectores, permitiendo de esa forma la recolocaci¨®n de los trabajadores excedentarios menores de 55 a?os mediante la incentivaci¨®n a la creaci¨®n de nuevo empleo, la jubilaci¨®n para los mayores de 55 a?os y una cobertura plenamente satisfactoria a todos esos trabajadores durante el per¨ªodo de concreci¨®n de sus fines.
Veamos, pues, algunos datos para hacernos una idea de la dimensi¨®n del problema y la constataci¨®n de la factibilidad de los principios enunciados.
En principio, los sectores en reconversi¨®n que requieren la constituci¨®n de FPE son los que figuran en el cuadro 1.
Los datos del cuadro son estimaciones en funci¨®n del grado de concreci¨®n actual de los diferentes planes de reconversi¨®n. Sin embargo, es posible advertir la importancia del ajuste de empleo, tanto en su cantidad, 35.700 empleos perdidos, como porcentual mente respecto de las plantillas actualmente existentes, un 33% en t¨¦rminos generales.
Si todos los trabajadores mayores de 55 a?os optaran por la jubilaci¨®n anticipada, los FPE tendr¨ªan a su cargo conseguir nuevos empleos para unos 20.000 trabajadores en los pr¨®ximos tres a?os.
Los excedentes, y por tanto el esfuerzo recolocador, se localizan preferentemente en zonas muy concretas de Andaluc¨ªa, Asturias, Cantabria, Catalu?a, Galicia, Navarra, Pa¨ªs Vasco y Valencia.
En cuanto a los efectos econ¨®micos de la operaci¨®n, pueden ser ilustrativos los datos estimativos contenidos en el cuadro II, que relacionan los recursos totales necesarios para la recolocaci¨®n de los trabajadores menores de 55 a?os y las coberturas a ¨¦stos hasta el momento de su nuevo empleo y a los mayores de 55 a?os hasta el acceso a la jubilaci¨®n definitiva al llegar a los 65 a?os de edad, con el coste que para las empresas supondr¨ªa el mantenimiento en plantilla de esos trabajadores durante el mismo per¨ªodo de tiempo.
A la luz de estas cifras puede deducirse sin mayor esfuerzo que los instrumentos previstos en la pol¨ªtica de reconversi¨®n industrial del Gobierno socialista permiten una recomposici¨®n de los excedentes empresariales en sectores empujados por la crisis a una situaci¨®n literal de quiebra, libran un volumen importante de recursos para la recuperaci¨®n de la econom¨ªa nacional y se atiende la situaci¨®n de los trabajadores consecuentemente con los principios de la justicia social.
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