El Congreso aprueba la nueva ley de Extradici¨®n Pasiva
La Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados aprob¨® ayer, por unanimidad y con competencia legislativa plena, el proyecto de ley de Extradici¨®n Pasiva, informa Efe. Este proyecto, que regula de nuevo la materia, afecta a las condiciones en que Espa?a entregar¨¢ a otros pa¨ªses, cuando lo soliciten, a personas o delincuentes que se encuentren en su territorio.
La aprobaci¨®n por la comisi¨®n con competencia legislativa plena implica que el proyecto ya no debe pasar por el pleno de la C¨¢mara para su aprobaci¨®n.
Con esta nueva ley se actualiza la regulaci¨®n de la extradici¨®n pasiva, que se acomoda a los convenios internacionales suscritos por Espa?a. Tambi¨¦n se distribuyen las competencias para la entrega de personas a otros Estados entre los tribunales y el Gobierno. Hasta la fecha, el r¨¦gimen de extradiciones pasivas, especialmente en cuanto al procedimiento que ha de seguirse para su concesi¨®n, estaba regulado por una ley de 1958.
En materia de prisi¨®n preventiva se sigue el criterio constitucional de dar intervenci¨®n al juez desde un principio, suprimiendo el r¨¦gimen antiguo, que permit¨ªa la detenci¨®n sin intervenci¨®n judicial hasta la resoluci¨®n del expediente en v¨ªa gubernativa. El plazo de prisi¨®n preventiva para casos de urgencia se fija en 40 d¨ªas, tiempo. considerado suficiente para que el Estado reclamante curse la demanda de extradici¨®n.
Establece tambi¨¦n la ley la facultad del Gobierno de no proceder a la extradici¨®n, aun habi¨¦ndola considerado procedente el tribunal, en base al principio de "reciprocidad, soberan¨ªa, seguridad, orden p¨²blico y dem¨¢s intereses de Espa?a".
"En todo caso", dispone el art¨ªculo primero de la ley, "la extradici¨®n s¨®lo se conceder¨¢ atendiendo al principio de reciprocidad."
Por otra parte, el Congreso acept¨® a tr¨¢mite la proposici¨®n de ley, suscrita por todos los grupos, por la que "en ning¨²n caso podr¨¢ establecerse un proceso civil, en aplicaci¨®n de la ley de protecci¨®n al derecho de honor, a la intimidad personal y a la propia imagen contra un diputado o senador sin previa autorizaci¨®n del Congreso o Senado".
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