Ya lo hab¨ªan advertido
Las comisiones de expertos en autonom¨ªas que presidi¨® el catedr¨¢tico Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa suscribieron recomendaciones que la realidad se ha encargado de echar por tierra, la ley org¨¢nica de Armonizaci¨®n del Proceso Auton¨®mico (LOAPA) entre ellas. No obstante, los denostados expertos tambi¨¦n elaboraron propuestas que habr¨ªan evitado ahora buenos quebraderos de cabeza si los patrocinadores de los informes (el Gobierno de UCD y el PSOE) hubiesen cumplido lo que firmaron con toda solemnidad entre los flashes de los fot¨®grafos.Uno de los puntos de los acuerdos auton¨®micos de 1981 se centraba en los recargos que pueden establecer las comunidades aut¨®nomas sobre impuestos estatales.
Efectivamente, los expertos en financiaci¨®n auton¨®mica -Jaime Trebolle, Francisco Fern¨¢ndez Marug¨¢n, Miguel ?ngel Fern¨¢ndez Ord¨®?ez y Jos¨¦ V¨ªctor Sevilla- recog¨ªan en su estudio, entregado en junio de 1981, lo siguiente: "En cuanto a los recargos, se plantea el problema de regular si son deducibles de los impuestos del Estado. Partiendo del hecho de que pretenden conseguir mayor dotaci¨®n de bienes p¨²blicos y de que la ley org¨¢nica de Financiaci¨®n de las Comunidades Aut¨®nomas (LOFCA) establece que su exacci¨®n no debe suponer una minoraci¨®n de los ingresos del Estado, parece recomendable que se dicten las normas oportunas para que no se autoricen las deducciones de las cuotas satisfechas a trav¨¦s de los recargos en los impuestos del Estado". En consecuencia con esta afirmaci¨®n contenida en aquel informe de 145 p¨¢ginas, UCD y PSOE acordaron presentar, antes de que terminase enero de 1982, las "reformas legislativas" necesarias para evitar ese problema. Tales reformas nunca se han producido. Y por tanto no se evit¨® el problema.
Un art¨ªculo del proyecto madrile?o establec¨ªa que el recargo no podr¨ªa minorar la recaudaci¨®n estatal. Esto fue criticado en sendos informes por la Oficina de Coordinaci¨®n Legislativa del PSOE y la Direcci¨®n General de Coordinaci¨®n con las Haciendas Territoriales, del Ministerio de Hacienda. Ambos organismos dudaban de su constitucionalidad al entender que entraba en competencias estatales. El Gobierno de Madrid ha aceptado suprimirlo, pero a¨²n queda la ley que regula el impuesto sobre la renta, seg¨²n la cual (art¨ªculo 19.1) los recargos no estatales son deducibles (y por tanto en alg¨²n caso se violar¨ªa el principio general de la LOFCA, a no ser que ¨¦sta a su vez invalide en ese aspecto la ley del impuesto). Todo un l¨ªo que los expertos ya vaticinaron.
La Administraci¨®n de UCD dio un primer paso, y elabor¨® un anteproyecto de ley reguladora de los recargos auton¨®micos. Ese texto -de haber sido alguna vez promulgado- habr¨ªa establecido que los recargos no son deducibles, modificando con rango de ley estatal lo que otra ley hom¨®loga -la del impuesto sobre la renta- hab¨ªa regulado en sentido contrario. Eso mismo es lo que quiso hacer el proyecto madrile?o, pero la ley regional no puede modificar la legislaci¨®n estatal.
El proyecto centrista sobre los recargos se qued¨® en los desvanes porque aquel borrador de Hacienda fue enviado al Consejo de Estado. Este organismo consultivo dictamin¨® que la ley deber¨ªa ser, para tener validez, "armonizadora"; con ese rango, podr¨ªa imponerse a la normativa de las comunidades aut¨®nomas, como se?ala la Constituci¨®n. Pues bien, la palabra "armonizadora" asust¨® a las autoridades centristas, porque fue escrita cuando permanec¨ªa vivo el debate sobre la LOAPA, un proyecto armonizador declarado posteriormente inconstitucional. En aquel momento -y hasta ahora parece ocurrir lo mismo- no se crey¨® oportuno abrir un nuevo debate con los grupos nacionalistas y desempolvar viejas discusiones sobre el reparto de competencias.
Todo ha propiciado la confusi¨®n, las idas y venidas, los arranques y frenazos sucesivos. Como en aquellas pel¨ªculas de doblaje equivocado, rancio y lejano -algo de eso ten¨ªan los informes auton¨®micos-, los expertos pueden decir ahora: "Ya se los advert¨ª".
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