Las refiner¨ªas espa?olas tendr¨¢n un plazo de cinco a?os para abonar su participaci¨®n accionarial en la 'nueva Campsa'
Las refiner¨ªas espa?olas tendr¨¢n un plazo de cinco a?os para hacer frente a los compromisos financieros -unos 77.000 millones de pesetas- derivados de su entrada en el capital social de la denominada nueva Campsa, seg¨²n el acuerdo alcanzado por el principal accionista, el Instituto Nacional de Hidrocarburos (INH), y las empresas afectadas. El Consejo de Ministros celebrado el pasado mi¨¦rcoles en el palacio de la Moncloa consider¨® el proyecto de creaci¨®n de la nueva sociedad, que ser¨¢ aprobado, previsiblemente, en la reuni¨®n de la semana pr¨®xima.
La constituci¨®n de la nueva Campsa es resultado del protocolo para la reordenaci¨®n del sector petrolero que firmaron el ministro de Industria y Energ¨ªa y los presidentes de las empresas de refino en el verano de 1983. El objetivo del mismo era adaptar el monopolio de petr¨®leo a la normativa de libre competencia de la Comunidad Econ¨®mica Europea (CEE).Asimismo, buscaba integrar a las empresas de refino en una sociedad distribuidora de productos, de forma que el sector estuviera mejor preparado para hacer frente a la competencia de las refiner¨ªas europeas una vez quedara materializada la integraci¨®n en la CEE.
Seg¨²n el proyecto llevado al Consejo de Ministros, las empresas refinadoras, tanto p¨²blicas como privadas, pagar¨¢n al socio pr¨¢cticamente ¨²nico de la actual Campsa -el Instituto Nacional de Hidrocarburos- el neto patrimonial de la sociedad de acuerdo a unos porcentajes previamente establecidos en el protocolo, de acuerdo a la importancia (aproximadamente, su cuota de mercado, establecida en funci¨®n de la capacidad de refino) de cada empresa. Estos porcentajes son los siguientes: EMP-Petroliber (p¨²blicas), 42,1%, y las privadas CEPSA, Petronor, Petromed y Uni¨®n Explosivos R¨ªo Tinto (ERT), 15%, 13,3%, 7,7% y 5,9%, respectivamente. Por su lado, el Instituto Nacional de Hidrocarburos se garantiza el 16% restante para asegurarse la mayor¨ªa p¨²blica.
Patrimonio neto
La magnitud que las empresas tendr¨¢n que afrontar es el neto patrimonial de la sociedad, estimado por la Intervenci¨®n del Estado, del Ministerio de Hacienda, en 77.800 millones de pesetas, al menos en el ¨²ltimo proyecto elaborado. Un informe definitivo -el c¨¢lculo es provisional, pendiente de un informe de la Direcci¨®n General del Patrimonio del Estado- ser¨¢ realizado una vez se ajuste este valor a los resultados finales de la sociedad en el ejercicio ¨²ltimo.La f¨®rmula de pago establecida en el acuerdo al que han llegado el INH y las empresas refinadoras persigue que los nuevos socios puedan, hasta cierto punto, hacer frente a sus obligaciones con el dinero generado en el desempe?o de la actividad o, en cualquier caso, no pese sobre su cuenta de resultados y sobre el necesario proceso de ajuste financiero que tendr¨¢n que afrontar para reforzar su competitividad.
En este sentido, las refiner¨ªas pagar¨¢n un 20% de la cantidad que le corresponda en efectivo, casi inmediatamente a la constituci¨®n de la sociedad. Otro 20% lo har¨¢n en el segundo a?o (el acuerdo es que se pague el 40% en los dos primeros a?os, seg¨²n fuentes del INH), mientras que el resto lo har¨¢n en los tres a?os restantes, previsiblemente a un 15% por a?o.
El neto patrimonial de Campsa incluye toda la red de distribuci¨®n primaria, flota, dep¨®sitos y dem¨¢s activos de distribuci¨®n de la sociedad. Antes de su determinaci¨®n, la compa?¨ªa arrendataria traspas¨® al INH todos aquellos activos -dominio minero, etc¨¦tera- no susceptibles de ser necesarios en el cumplimiento de su funci¨®n distribuidora.
En otra fase anterior, el INH hab¨ªa adquirido al Patrimonio del Estado, por una cifra del orden de los 108.000 millones de pesetas, todos los activos de la sociedad, que estaban cedidos por el Estado a la compa?¨ªa para el cumplimiento de su funci¨®n de distribuci¨®n de productos en r¨¦gimen de monopolio fiscal.
Respecto a esta funci¨®n, la compa?¨ªa continuar¨¢ desempe?¨¢ndola durante el r¨¦gimen transitorio negociado con la CEE. Una vez expirado ¨¦ste, el Gobierno tendr¨¢ que instrumentar una f¨®rmula que no viole las normas comunitarias. Caso distinto es el posible monopolio efectivo que la compa?¨ªa puede desempe?ar en la distribuci¨®n de productos en Espa?a.
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