Un juez de Valencia encarcela a una mujer durante cuatro d¨ªas por re¨ªrse y tulearle
Mar¨ªa Isabel Gasc¨®n Benito, que acudi¨® el jueves a testificar a prop¨®sito de unas diligencias judiciales, fue encarcelada por orden del titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 14 de Valencia, Guillermo Forteza. El juez, que se encontraba de guardia, dict¨® orden de prisi¨®n incondicional contra ella por desacato debido a que se ri¨® y le tute¨® durante la declaraci¨®n.La mujer, sin asistencia letrada en un primer momento, fue conducida esposada a la prisi¨®n y no sali¨® en libertad hasta el pasado lunes, despu¨¦s de que una tercera persona localizase al abogado Virgilio Latorre, que se encarga de su defensa. ?ste present¨® el domingo un escrito ante el titular accidental del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1, Jos¨¦ Arolas, a cuya jurisdicci¨®n hab¨ªa pasado el caso, quien decidi¨® ponerla en libertad.
Guillermo Forteza manifest¨® ayer a EL PAIS que Mar¨ªa Isabel Gasc¨¢n se ri¨® "y continu¨® ri¨¦ndose, a pesar de las advertencias". Adem¨¢s le lleg¨® a decir: "T¨² qui¨¦n te has cre¨ªdo que eres" y expresiones similares. Seg¨²n la versi¨®n del juez, ¨¦ste le pidi¨® que se disculpase y, como no quiso hacerlo, "se fue esposada a prisi¨®n".
En el recurso presentado contra el auto de prisi¨®n, el abogado de Mar¨ªa Isabel Gasc¨®n indica que "mi representada se ri¨®, es cierto, pero tambi¨¦n lo es que dio todo tipo de explicaciones, cuales eran que se deb¨ªa a una risa nerviosa no contenida, producto de la situaci¨®n en que se encontraba". Al dictar el juez orden de retenci¨®n contra ella por ese motivo, ?junto con la advertencia de que si abandonaba el juzgado ser¨ªa enviada la Polic¨ªa Nacional a su domicilio para detenerla, se estableci¨® un enfrentamiento dial¨¦ctico en el que se trat¨® de t¨² al juez de guardia".
Precisa el abogado que "en ning¨²n momento, ni con anterioridad ni durante el incidente, el magistrado de guardia se identific¨® como tal", por lo que la mujer desconoc¨ªa que lo era. A ello se une que "la declaraci¨®n se prestaba en las dependencias administrativas" del juzgado, y no en el despacho del titular del mismo, "lo que, sin duda, le hubiera dado mayor solemnidad y se hubiera apreciado el car¨¢cter de autoridad, al menos de manera indiciaria".
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