El PSOE suprime en el Senado la potestad reglamentaria del Gobierno sobre los jueces, discutida por el poder judicial
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) formaliz¨® ayer ante el Tribunal Constitucional el conflicto constitucional frente al Congreso de los Diputados. En un escrito de 114 folios, el ¨®rgano de gobierno de la justicia argumenta que la C¨¢mara baja ha invadido sus atribuciones constitucionales en lo que se refiere a la elecci¨®n parlamentaria de 12 de los 20 vocales del CGPJ y a la atribuci¨®n al Gobierno de la potestad reglamentaria sobre el estatuto jur¨ªdico de jueces y magistrados. En relaci¨®n con este ¨²ltimo punto, el PSOE modific¨® ayer en la Comisi¨®n de Justicia del Senado, que dictamin¨® el proyecto de ley org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) el precepto aprobado por el Congreso.
El Congreso de los Diputados aprob¨® una disposici¨®n adicional primera en la que, entre otras cuestiones, se establec¨ªa que, en el plazo de un a?o, "el Gobierno promulgar¨¢ los reglamentos de la carrera judicial, del cuerpo de secretarios judiciales y dem¨¢s cuerpos al servicio de la administraci¨®n de justicia, as¨ª como del Centro de Estudios Judiciales". Este fue uno de los dos extremos sobre los que el pasado 10 de abril el consejo general requiri¨® al Congreso para que reconociera que se hab¨ªa producido una "indebida asunci¨®n de atribuciones". A este respecto, el consejo pidi¨® al Congreso que revocara la parte de la disposici¨®n adicional citada, "en el sentido de abstenerse de delegar en el Gobierno la potestad reglamentaria sobre el estatuto jur¨ªdico de la carrera judicial y, por el contrario, atribu¨ªrsela a este Consejo General del Poder Judicial".La respuesta facilitada el 30 de abril por la Mesa del Congreso de los Diputados solicitaba del consejo general -en relaci¨®n tanto con la elecci¨®n parlamentaria de 12 vocales del poder judicial como con la atribuci¨®n al Gobierno de la potestad reglamentaria sobre el estatuto judicial- "el desistimiento en la continuaci¨®n del presente procedimiento". Sin embargo, entre los fundamentos en que se apoyaba la Mesa del Congreso para llegar a esta invitaci¨®n al consejo figuraba la imposibilidad de revocar los acuerdos adoptados, porque el proyecto de ley org¨¢nica del Poder Judicial se encontraba, en ese momento, en tramitaci¨®n en el Senado.
Conflicto sin causa
Ha sido precisamente en esta C¨¢mara donde, a propuesta del Grupo Parlamentario Socialista, tras consultar con el Ministerio de Justicia -autor del texto de ley remitido por el Gobierno-, se ha modificado la disposici¨®n adicional primera. Seg¨²n aprob¨® ayer la Comisi¨®n de Justicia del Senado, el texto que el consejo general consider¨¢ invasi¨®n de sus atribuciones se limita ahora a establecer que en el plazo de un a?o "el Gobierno aprobar¨¢ los reglamentos que xija el desarrollo de la presente ley org¨¢nica".
La decisi¨®n socialista demodificar uno.de los puntos en conflicto con el poder judicial se produjo tras un proceso de reflexi¨®n en el que se consider¨® el hecho de que el art¨ªculo 122.2 de la Constituci¨®n prev¨¦ que el estatuto del poder judicial se establecer¨¢ por ley org¨¢nica. As¨ª pues, seg¨²n altas fuentes socialistas, la disputa entre el Gobierno y el consejo. general por la potestad reglamentaria sobre el estatuto de jueces y magistrados se ha resuelto en favor de las Cortes, mediante ley org¨¢nica.
El punto segundo del conflicto de competencias planteado ayer ante el Tribunal Constitucional ha podido, seg¨²n las mismas fuentes, quedar sin contenido. El propio consejo, en su escrito al alto tribunal, recoge la posibilidad de que la potestad reglamentaria sea objeto de ley org¨¢nica y que "nadie dicte reglamentos en la materia". En todo caso, a?ade que si tal potestad sobre el estatuto judicial "se atribuyera a un ¨®rgano de gobierno distinto del Consejo, que lo es del poder judicial, resultar¨ªa atentatoria a la independencia y gobierno aut¨®nomo de este poder del Estado, que al Consejo corresponde defender".
Por lo dem¨¢s, el extenso, escrito mediante el que el consejo general formaliza el conflicto constitucional se dedica a la elecci¨®n parlamentaria de los 12 vocales de procedencia judicial, punto mantenido por los socialistas en el Senado y sobre el que se centrar¨¢ la controversia que habr¨¢ de resolver el Tribunal Constitucional. El Consejo no discute la capacidad legislativa de las C¨¢maras, pero estima que debe ajustarse a la Constituci¨®n y que, trat¨¢ndose de unas Cortes no constituyentes, est¨¢n incapacitadas para modificar el dise?o de los ¨®rganos que encarnan los poderes del Estado.
El consejo estima que si la elecci¨®n de 12 de los 20 vocales del ¨®rgano de gobierno del poder judicial pudiese ser cambiada a su medida por cada mayor¨ªa parlamentaria, "estar¨ªamos ante un ¨®rgano constitucional cuya significaci¨®n institucional en la correlaci¨®n de poderes", afirma, "podr¨ªa ser distinta de cuatro a?os en cuatro a?os". La interpretaci¨®n que el consejo general realiza del art¨ªculo 122 de la Constituci¨®n, con fundamento en el derecho comparado, es que la competencia para la elecci¨®n de esos 12 vocales corresponde al cuerpo electoral de los jueces y magistrados.
El escrito comienza discutiendo la legitimidad de la Mesa del Congreso para contestar al requerimiento hecho por el consejo general sobre la supuesta invasi¨®n de atribuciones. Estima que es al Pleno de la C¨¢mara al que corresponder¨ªa responder, y manifiesta que las Cortes han de legislar dentro de las coordenadas constitucionales.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- LOPJ
- Derecho consuetudinario
- II Legislatura Espa?a
- Tramitaci¨®n parlamentaria
- CGPJ
- Congreso Diputados
- Grupos parlamentarios
- Fiscales
- Leyes Org¨¢nicas
- Legislaci¨®n espa?ola
- Ordenamiento jur¨ªdico
- PSOE
- Actividad legislativa
- Legislaturas pol¨ªticas
- Poder judicial
- Partidos pol¨ªticos
- Parlamento
- Normativa jur¨ªdica
- Gobierno
- Gente
- Legislaci¨®n
- Administraci¨®n Estado
- Pol¨ªtica
- Justicia
- Administraci¨®n p¨²blica