La ley del Poder Judicial
Cuando pactamos el Estatuto en la Moncloa ¨¦ramos conscientes de que muchos de sus art¨ªculos eran susceptibles de interpretaci¨®n por raz¨®n de que cada una de las partes entend¨ªa el alcance de su contenido de modo diverso. Lo que no presupon¨ªamos es que las f¨®rmulas claras indubitadas pudieran ser susceptibles de interpretaci¨®n, y menos de interpretaci¨®n unilateral.Entend¨ªamos y entendemos que la justicia es una parte del poder pol¨ªtico, a distribuir entre sus competencias las referentes al poder judicial. Al igual que en otros temas, como en el universitario, se nos respondi¨® que la justicia deb¨ªa ser aut¨®noma y dependiende tan s¨®lo de s¨ª misma. Aunque cre¨ªamos que la independencia y autonom¨ªa de los ¨®rganos judiciales era tambi¨¦n susceptible de acomodaci¨®n a la estructura auton¨®mica del Estado, no hubo forma de que se aceptara nuestro criterio. ( ... )
Cuando al cabo de a?os llega el momento de aprobar la ley org¨¢nica del Poder Judicial, el ministro de Justicia, se?or Ledesma, es de la opini¨®n de que el Estatuto vasco ha llegado demasiado lejos y se niega en banda a incluir la f¨®rmula estatutaria en forma de disposici¨®n adicional; no importa lo que diga el Estatuto de Guernica, importa lo que dice el se?or Ledesma y ma?ana el ministro de turno a quien tampoco guste lo que diga el Estatuto. El hecho de que, adem¨¢s, el presidente Gonz¨¢lez haya acordado con el lendakari Ardanza, y el ministro De la Quadra con el consejero Guevara, una f¨®rmula concreta que recoge las disposiciones estatutarias no es, por lo visto, suficiente: el acuerdo entre presidentes no estaba firmado; lo que no est¨¢ firmado, no vale. ( ... )
( ... ) Ser¨ªamos ingenuos si pens¨¢ramos que lo que ha llevado al ministro Ledesma. y al Gobierno de Madrid a violar el Estatuto en materiajudicial fuera un escr¨²pulo constitucional. Est¨¢ claro, al menos para m¨ª, que lo que al Gobierno socialista se le escapa de las manos con las atribuciones de nuestro Estatuto en materia judicial es ni m¨¢s ni menos el poder pol¨ªtico que puede ejercerse sobre los jueces a trav¨¦s del poder econ¨®mico administrativo que compete al Gobierno sobre tribunales y juzgados.( ... )
El Gobierno socialista comete un grave error si cree que puede continuar indefinidamente por el camino del cercenamiento y de la agresi¨®n estatutaria.
, 16 de junio
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