Defensa iniciar¨¢ en julio la reducci¨®n de la oficialidad del Ej¨¦rcito de Tierra
El Ministerio de Defensa iniciar¨¢ este pr¨®ximo mes de julio la prevista reducci¨®n del Ej¨¦rcito de Tierra, una vez publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el real decreto de creaci¨®n de la denominada reserva transitoria, situaci¨®n a la que pasar¨¢n los militares que opten por abandonar voluntariamente su actividad en el Ej¨¦rcito. El decreto entr¨® en vigor el pasado mi¨¦rcoles.
La ley de Plantillas del Ej¨¦rcito de Tierra, aprobada a finales del pasado a?o, prev¨¦ reducir de 41.000 a 35.000 el n¨²mero de profesionales del ej¨¦rcito en los pr¨®ximos cinco a?os.Con anterioridad al 26 de julio, y probablemente a comienzos de mes, el departamento de Defensa publicar¨¢ en el Bolet¨ªn Oficial del Ministerio de Defensa los cupos militares de cada graduaci¨®n que pueden solicitar el pase a la Reserva Transitoria. Las peticiones deber¨¢n presentarse en los 30 d¨ªas posteriores a la publicaci¨®n de los cupos y, en caso de no completarse los mismos, a lo largo de los doce meses siguientes.
Aunque todav¨ªa se desconoce la cifra total que corresponder¨¢ a los cupos previstos para este a?o, en fuentes militares se estima que ascender¨¢ a cerca de 1.500. Las graduaciones de coronel y teniente coronel ser¨¢n las m¨¢s afectadas, es decir, ya que en esos escalafones es donde existen ahora los mayores excedentes porcentuales.
Los militares que soliciten pasar a la Reserva Transitoria deber¨¢n enviar los correspondientes expedientes al Cuartel General del Ej¨¦rcito de Tierra. Previo informe del jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito, ser¨¢ en definitiva el ministro de Defensa quien decida o no el pase a la citada situaci¨®n de cada militar, "teniendo en cuenta criterios de clasificaci¨®n, calificaci¨®n, situaci¨®n, especializaci¨®n, antig¨¹edad o edad, aplicados homog¨¦neamente a cada zona de escalaf¨®n y, en todo caso, atendiendo a las necesidades del servicio".
Retribuciones ¨ªntegras
Quienes pasen a la citada situaci¨®n continuar¨¢n percibiendo ¨ªntegras las retribuciones, e incluso ascender¨¢n un grado en el momento en que, de haber continuado en activo, les hubiera correspondido. Igualmente, se les aplicar¨¢n los incrementos salariales en concepto de trienios. Estas retribuciones ser¨¢n incompatibles con otras que puedan percibir estos militares por trabajos efectuados en las distintas administraciones p¨²blicas o en la Seguridad Social.Transcurridos tres a?os desde el pase a la Reserva Transitoria, los militares en esta situaci¨®n recuperar¨¢n los derechos inherentes al retiro, es decir que, por ejemplo, podr¨¢n participar directamente en actividades pol¨ªticas. El pase a la situaci¨®n real de retirado, a todos los efectos, se producir¨¢ en el mismo momento en que les habr¨ªa correspondido de haber continuado en activo y, en todo caso, a los quince a?os de haber pasado a la Reserva Transitoria.
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