El juez del espionaje pol¨ªtico estudia archivar la causa, una vez examinado de responsabilidad el Gobierno
El juez instructor del sumario sobre el espionaje pol¨ªtico, Jos¨¦ Mar¨ªa V¨¢zquez Honrubia, estudia la posibilidad de archivar la causa tras la decisi¨®n del Tribunal Supremo de eximir de responsabilidades al vicepresidente del Gobierno, Alfonso Guerra; al ministro del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo, y al diputado socialista Eduardo Mart¨ªn Toval. El magistrado, al que todav¨ªa ayer no se le hab¨ªa comunicado oficialmente el auto del alto tribunal, no ha decidido derinitivamente si archivar¨¢ el caso o enviar¨¢ el sumario a la Audiencia Territorial, instancia a la que corresponde procesar a los mandos policiales.
V¨¢zquez Honrubia, quien calific¨® de "gesto feo" el haberse enterado del auto a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n, coment¨® ayer que "no parece l¨®gico" intentar procesar a unos subordinados -se refer¨ªa a los mandos policiales o a los propios funcionarios-, cuando el Tribunal Supremo ya se?ala que no hay indicios para procesar "a los de arriba".El juez destac¨® que el Tribunal Supremo indica en su auto que el instructor puede continuar su b¨²squeda de nuevos datos sobre el caso -ya que estima que los hechos que se juzgan pueden encajar en el C¨®digo Penal-, pero, por otro lado, tambi¨¦n se?ala en su conclusi¨®n final que no hay indicios de responsabilidad criminal contra Guerra, Barrionuevo y Mart¨ªn Toval, "sin que, finalmente, aparezca de la misma manera posibilidad de futura implicaci¨®n delictiva con las dichas personas aforadas, en base a lo hasta aqu¨ª investigado".
Basado en esa referencia del Supremo de eximir a los tres citados no s¨®lo ahora, sino tambi¨¦n en un posible futuro, V¨¢zquez Honrubia estima que no ser¨¢ conveniente ampliar las investigaciones. "En cualquier caso, antes debo escuchar a los representantes de AP, como querellantes".
El juez espera que en las pr¨®ximas horas le sea comunicada oficialmente la decisi¨®n del Tribunal Supremo. Cabe se?alar que AP, como querellante, puede presentar una apelaci¨®n ante la Audiencia Territorial de Madrid.
Sin referencia a Barrionuevo
V¨¢zquez Honrubia, que en todo momento se mostr¨® respetuoso con el auto, expres¨® su extra?eza con el hecho de que la decisi¨®n se hubiera adoptado en tan corto espacio de tiempo -¨¦l envi¨® el sumario al alto tribunal el pasado 28 de junio- y tambi¨¦n precis¨® que no entend¨ªa por qu¨¦ en el auto no se citaba al ministro del Interior.
En efecto, el escrito del Supremo se refiere a Guerra y Mart¨ªn Toval, pero no hace referencia a Barrionuevo, a pesar de que el sumario -una copia del cual fue enviada al Supremo- inclu¨ªa un informe del director general de la Polic¨ªa, Rafael del R¨ªo, en el que ¨¦ste aseguraba que la polic¨ªa "aborda la informaci¨®n de pol¨ªtica nacional: partidos pol¨ªticos autorizados o legalizados; partidos pol¨ªticos no legalizados y centrales sindicales", y precisaba que "es normal y aconsejable que el Gobierrio leg¨ªtimo pueda obtener los datos e informaciones necesarios para, conociendo los elementos pol¨ªticos, poder gobernar".
Si el Supremo hubiera entendido que estas pr¨¢cticas policiales no son legales en un r¨¦gimen democr¨¢tico, es muy probable que hubiera apuntado alguna posible responsabilidad del ministro del Interior, como miembro del Gobierno a cuyas ¨®rdenes y bajo cuyas directrices trabajan los Cuerpos de Seguridad del Estado.
Al no haberlo hecho as¨ª, V¨¢zquez Honrubia estima que no parece l¨®gico intentar el posible procesamiento de mandos policiales o funcionarios porque, aun cuando pudieran resultar condenados, parece que el caso nunca podr¨ªa quedar cerrado. "Resultar¨ªa que los polic¨ªas investigaban o espiaban para nada, para nadie...", comenta el juez instructor.
Atenerse a las consecuencias
Para el juez, el problema real se centra ahora en dilucidar si es legal o no que en un sistema democr¨¢tico la polic¨ªa realice investigaciones en partidos pol¨ªticos. Por eso, se?al¨® que, si decide archivar la causa, aclarar¨¢ en el auto correspondiente que, para las actuales autoridades espa?olas, es l¨ªcito que la polic¨ªa investigue a los partidos "y, por tanto, la opini¨®n p¨²blica debe saberlo para atenerse a las consecuencias".
En un informe reservado enviado por el juez al Supremo se indicaba que exist¨ªan indicios de que los implicados en el espionaje pol¨ªtico pod¨ªan haber transgredido el art¨ªculo 172 del C¨®digo Penal, cuyo texto dice: "Quienes impidieren u obstaculizaren el leg¨ªtimo ejercicio de la libertad de asociaci¨®n o de alguna forman perturbaren gravemente las actividades estatutarias de cualquier asociaci¨®n l¨ªcita incurrir¨¢n en las penas de arresto mayor y multa de 25.000 a 200.000 pesetas. (...) Las penas se impondr¨¢n en su grado m¨¢ximo cuando el impedimento, obst¨¢culo o perturbaci¨®n afectare al pluralismo pol¨ªtico o sindical".
La decisi¨®n por parte de V¨¢zquez Honrubia de enviar el sumario al Tribunal Supremo cont¨® con la aprobaci¨®n del fiscal de la causa, Carlos Ladr¨®n de Cegama.
Al igual que el art¨ªculo citado del C¨®digo Penal, V¨¢zquez Honrubia comunic¨® al Supremo otros art¨ªculos que pod¨ªan afectar a los implicados. Ahora, en su auto, el Supremo dice que alguien tambi¨¦n puede verse afectado por otro art¨ªculo no citado por el juez, concretamente por el 364, que dice: "El funcionario p¨²blico que sustrajera, destruyere u ocultare documentos o papeles que le estuvieren confiados por raz¨®n de su cargo ser¨¢ castigado con (...)". No se especifica si se refiere a polic¨ªas que pudieron filtrar informaciones a la Prensa o a otras personas.
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