Declarado nulo el despido de un m¨¦dico que hab¨ªa criticado el hospital donde trabajaba
El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia por la que obliga al hospital psiqui¨¢trico de Coixo, de Santiago de Compostela, a readmitir al m¨¦dico Ram¨®n Muncharaz, que hab¨ªa sido despedido por criticar, en un programa de televisi¨®n, la asistencia psiqui¨¢trica en Galicia y en particular en este centro. El alto tribunal anula as¨ª dos sentencias anteriores de la Magistratura de Trabajo n¨²mero 1 de La Coru?a y de la Sala Sexta del Tribunal Supremo que, aun reconociendo la improcedencia del despido, no hab¨ªan declarado su nulidad radical, que implica la readmisi¨®n autom¨¢tica del trabajador en las mismas condiciones que ten¨ªa antes de ser despedido.
Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional viene a reconocer la libertad de expresi¨®n para todos los trabajadores sin m¨¢s l¨ªmites que los establecidos en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n, siempre que se ejercite "conforme a las exigencias de la buena fe".El psiquiatra Ram¨®n Muncharaz fue despedido del hospital Coixo el 29 de noviembre de 1983 como consecuencia de haber tomado parte en un programa regional de Televisi¨®n Espa?ola, el d¨ªa 3 de ese mismo mes, sobre la psiquiatr¨ªa asistencial en Galicia. Tambi¨¦n particip¨®, entre otros, el director del centro, Jos¨¦ Lado Romero, con quien discrep¨® radicalmente sobre el tema.
Muncharaz hab¨ªa dicho que la situaci¨®n y sistemas asistenciales eran totalmente arcaicos y regresivos en Coixo, valoraci¨®n que extendi¨® a todos los centros psiqui¨¢tricos de Galicia. Por su parte, el director, Lado Romero, dio una visi¨®n totalmente opuesta.
El despido del m¨¦dico fue condenado por todos los sindicatos y partidos pol¨ªticos de Galicia, desde el PSOE hacia la izquierda, provocando as¨ª varias pruebas de adhesi¨®n al doctor Muncharaz y manifestaciones de reprobaci¨®n de su despido.
El mencionado hospital fundament¨® la rescisi¨®n del contrato del psiquiatra en que "sus manifestaciones supon¨ªan graves acusaciones a la labor asistencial y menosprecio del centro donde presta sus servicios, con infracci¨®n del deber de lealtad hacia la empresa y transgresi¨®n de la buena fe contractual y abuso de confianza". Para ¨¦ste, sus declaraciones en televisi¨®n fue ron simplemente un ejercicio de la libertad de expresi¨®n.
Muncharaz emprendi¨® la v¨ªa judicial y tanto la Magistratura de Trabajo n¨²mero 1 de La Coru?a como el Tribunal Supremo entendieron que el despido era improcedente.
Libertad de expresi¨®n
Pero, seg¨²n la sentencia del Tribunal Constitucional, estos dos tribunales no ampararon al demandante en su libertad de expresi¨®n. La nueva sentencia a?ade que "la mera declaraci¨®n de la improcedencia del despido ni cumple el deber de tutela que la Constituci¨®n impone al ¨®rgano oficial ni repara la lesi¨®n sufrida". En consecuencia, declara nulas las sentencias anteriores y el despido lo califica de nulo "con nulidad radical", dej¨¢ndolo sin efecto alguno al entender que vulnera un derecho fundamental de la persona, como es el de expresi¨®n.La sentencia fue dictada por la sala primera del Tribunal Constitucional, compuesta por Manuel Garc¨ªa-Pelayo, ?ngel Latorre, Manuel D¨ªez de Velasco, Gloria Begu¨¦, Rafael G¨®mez-Ferrer y ?ngel Escudero, que actu¨® de ponente.
Muncharaz, que se encuentra en el paro al acogerse la empresa a la opci¨®n de indemnizarle, mostr¨® su satisfacci¨®n por esta sentencia. La direcci¨®n del hospital, dependiente de la Diputaci¨®n de La Coru?a, guarda silencio. Muncharaz es militante del Bloque Nacionalista Galego y de su sindicato af¨ªn, la Intersindical. Llevaba dos a?os y medio como jefe cl¨ªnico cuando le despidieron.
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