Cerca de 70 polic¨ªas ser¨¢n sancionados en los proximos d¨ªas por el Ministerio del Interior
La Direcci¨®n General de la Polic¨ªa ha decidido, seg¨²n inform¨® ayer la Uni¨®n Sindical de Polic¨ªas (USP), ejecutar los expedientes disciplinarios resueltos en los ¨²ltimos meses, aunque, con arreglo al art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n, dicha ejecuci¨®n no puede realizarse si las sanciones no son confirmadas por v¨ªa judicial. La mayor¨ªa de los expedientes fueron abiertos contra dirigentes sindicales de la polic¨ªa, y la cifra de sancionados puede ser de 70, seg¨²n estimaciones de la USP. Pr¨¢cticamente la totalidad de los miembros de la ejecutiva de la USP puede verse afectada por la medida.
La decisi¨®n de la Direcci¨®n de la Polic¨ªa, conocida por la USP a trav¨¦s de un comentario hecho esta misma semana por el director de la Polic¨ªa, Rafael del R¨ªo se ha tomado s¨®lo unos d¨ªas despu¨¦s de que, el pasado 1 de agosto, la Direcci¨®n de la Polic¨ªa sancionara con tres a?os y 21 d¨ªas de suspensi¨®n de funciones y otros 12 de suspensi¨®n de empleo al inspector Modesto Garc¨ªa, ex secretario general de la USP, debido a tres faltas.
Para algunas fuentes sindicales, esta cadena de sanciones constituye la preparaci¨®n del terreno para la aprobaci¨®n de la ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Al parecer, el Consejo de Ministros estudiar¨¢, en su reuni¨®n del pr¨®ximo d¨ªa 28, un anteproyecto. El Ministerio del Interior no ha podido sacar adelante este texto legal en casi los tres a?os de gesti¨®n y el que propondr¨¢ ahora a la aprobaci¨®n del Gobierno no parece que recoja m¨ªnimamente las pretensiones de los sindicatos policiales.
La USP difundi¨® ayer un comunicado en el que se dice que, "una vez m¨¢s, la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa utiliza la relajaci¨®n propia de los meses veraniegos" para sancionar a un dirigente sindical y "decide ordenar se hagan inmediatamente ejecutivas todas las sanciones adoptadas en su d¨ªa y que no han sido confirmadas por sentencia judicial".
Para la USP, el cumplimiento de esta decisi¨®n de la Direcci¨®n de la Polic¨ªa supondr¨ªa "una burla del principio de tutela jurisdiccional se?alado en el art¨ªculo 24 de nuestra Carta Magna".
El citado art¨ªculo 24 dice textualmente: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses leg¨ªtimos, sin que en ning¨²n caso pueda producir indefensi¨®n. Asimismo, todos tienen derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusaci¨®n formulada contra ellos, a un proceso p¨²blico sin dilaciones indebidas y con todas las garant¨ªas, a utilizar los medios de prueba para su defensa, a no declarar contra s¨ª mismos, a no confesarse culpables y a la presunci¨®n de inocencia. La ley regular¨¢ los casos en que, por raz¨®n de parentesco o de secreto profesional, no se estar¨¢ obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos".
R¨¦plica de la USP
Con la aplicaci¨®n de las sanciones, seg¨²n la USP, "la Direcci¨®n de la Polic¨ªa y el equipo directivo policial del Ministerio del Interior pretenden encubrir su incapacidad para la direcci¨®n de profesionales de la polic¨ªa".
El citado art¨ªculo de la Constituci¨®n es puesto de relieve por Modesto Garc¨ªa en los tres recursos que, contra sus sanciones, ha presentado en la Sala Cuarta de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
La sanci¨®n m¨¢s importante que le ha sido impuesta, de tres a?os y un d¨ªa de suspensi¨®n de funciones, le fue aplicada por una falta de "manifiesta insubordinaci¨®n individual", consistente en que, hace ocho meses, no se present¨® a una citaci¨®n del gabinete t¨¦cnico de la Direcci¨®n de la Polic¨ªa. En su recurso, Modesto Garc¨ªa se?ala que su correctivo supone una discriminaci¨®n con respecto a otros funcionarios cuyos correctivos no les son aplicados hasta que las sanciones no son firmes por v¨ªa judicial, lo que, en, su caso, vulnera el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n.
El ex secretario general de la USP entiende que la insubordinaci¨®n individual ya no es considerada falta muy grave en la nueva legislaci¨®n policial y agrega que el expediente se le abri¨® en relaci¨®n con una actividad "derivada de la actividad sindical", ya que entonces era todav¨ªa secretario general de la USP. En los otros dos recursos presentados, Modesto Garc¨ªa plantea similares argumentos. Las dos sanciones m¨¢s con las que ha sido castigado est¨¢n basadas en unas supuestas manifestaciones p¨²blicas de Garc¨ªa para criticar el traslado a Granada de la esposa del jefe superior de polic¨ªa de Granada, Jos¨¦ Lesmes, hecho por el que ha sido suspendido de funciones durante 20 d¨ªas, y en las declaraciones que hizo Modesto Garc¨ªa para criticar la forma en que hab¨ªa sido detenido el entonces presidente del Sindicato Profesional de Polic¨ªas (SPP), Manuel Nov¨¢s, raz¨®n por la que ha sido sancionado con 12 d¨ªas de suspensi¨®n de sueldo.
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