La Audiencia de Bilbao considera no ajustada a derecho una sanci¨®n a un polic¨ªa en base al Codigo de Justicia Militar
La Audiencia Territorial de Bilbao ha sentenciado como "no ajustada a derecho" una sanci¨®n de dos meses de arresto impuesta al polic¨ªa nacional y responsable del Sindicato Unificado de Polic¨ªa (SUP) en Vitoria, Francisco Javier Relea Lerones, por el comandante Luis M¨¢s P¨¦rez en aplicaci¨®n del C¨®digo de Justicia Militar. El SUP, organizaci¨®n mayoritaria en el Cuerpo de Polic¨ªa Nacional, considera la sentencia como "un hito hist¨®rico, ya que es la primera vez que la jurisdicci¨®n civil resuelve un recurso interpuesto por un polic¨ªa nacional contra una sanci¨®n impuesta en base al C¨®digo de Justicia Militar".Relea Lerones fue sancionado el pasado 24 de abril a dos meses de arresto domiciliario por una "ligera irrespetuosidad" con un superior, el comandante Luis M¨¢s P¨¦rez, jefe de la guarnici¨®n de Polic¨ªa Nacional de Vitoria. Tal falta fue considerada como "leve" y tramitada en virtud del art¨ªculo 1.007 del C¨®digo de Jus ticia Militar.
El polic¨ªa nacional y secretario de administraci¨®n del SUP de Vitoria, Francisco Javier Relea, interpuso contra la sanci¨®n impuesta un recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Territorial de Bilbao el pasado 3 de mayo. El recurso 383/85 fue admitido a tr¨¢mite el pasado 7 de mayo por el procedimiento especial rese?ado en la ley 62/78, de 26 de diciembre, de protecci¨®n jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona.
La sentencia de la Audiencia de Bilbao, con fecha de 16 de julio pasado, se?ala que la sanci¨®n impuesta de dos meses de arresto por una falta leve de "ligera irrespetuosidad" supone una "infracci¨®n de los derechos humanos de la persona, constitucionalmente reconocidos".
A su vez, en el segundo fundamento jur¨ªdico de la sentencia -que analiza el procedimiento de la sanci¨®n- se admite que la falta impuesta es "privativa de libertad", por lo que la Administraci¨®n, aun en el caso de razones de orden p¨²blico, no puede incidir en la "esfera jur¨ªdica de los ciudadanos, imponi¨¦ndoles una sanci¨®n sin observar procedimiento jur¨ªdico alguno y por tanto sin posibilidad de defensa previa". "Aparece conculcado el derecho fundamental a que toda privaci¨®n de libertad sea impuesta con la observancia de las garant¨ªas debidas, que el art¨ªculo 17 de la Constituci¨®n -referido a la igualdad de todos los espa?oles ante la ley- establece", a?ade el fundamento tercero de la sentencia.
"Hito hist¨®rico"
Jos¨¦ Mar¨ªa D¨ªez del Cubillo, miembro de la asesor¨ªa jur¨ªdica del SUP, se?al¨® a este peri¨®dico que la sentencia de la Audiencia Territorial de Bilbao "supone un hito hist¨®rico, ya que es la primera vez que la jurisdicci¨®n civil resuelve un recurso interpuesto por un polic¨ªa nacional contra una sanci¨®n impuesta en base al C¨®digo de Justicia Militar".Juristas consultados por este peri¨®dico confirmaron que por primera vez una audiencia territorial resuelve un recurso de estas caracter¨ªsticas, aunque se?alaron un precedente. En marzo de 1983, la Audiencia Territorial de Valencia estableci¨® mediante sentencia que por el art¨ªculo 24.1 de la Constituci¨®n -que se?ala que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces- las sanciones disc¨ªplinarias a miembros de las Fuerzas Armadas pueden ser recurridas por la v¨ªa civil.
Esta sentencia estimaba un recurso interpuesto por el capit¨¢n de ingenieros del Ej¨¦rcito Carlos Caba?as Vicente contra la imposici¨®n de un correctivo por una falta leve de desobediencia. Esta sentencia produjo un fuerte desconcierto en el ¨¢mbito castrense y un anuncio por parte del ministro de Defensa, Narc¨ªs Serra, de recurrir la decisi¨®n de la Audiencia Territorial de Valencia.
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