Interior y Defensa discrepan sobre la situaci¨®n legal de la Guardia Civil
Los Ministerios de Defensa e Interior han mantenido importantes discrepancias en los dos ¨²ltimos meses sobre la situaci¨®n legal, en cuanto a sus dependencias y competencias,. en que quedar¨¢ la Guardia Civil una vez que sea aprobada y desarrollada la ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuyo proyecto ser¨¢ estudiado en un pr¨®ximo Consejo de Ministros.Fuentes de ambos departamentos han restado importancia a las discrepancias e incluso han preferido no concretar en qu¨¦ han consistido las mismas. Personas que han conocido el anteproyecto de ley aseguran que la situaci¨®n legal de la Guardia Civil en dicho texto contin¨²a estando tan confusa como lo ha estado en la legislaci¨®n elaborada en los ¨²ltimos a?os, que parte de los art¨ªculos 38 y 39 de la ley Org¨¢nica de la Defensa Nacional, que dicen textualmente: "En tiempo de paz la Guardia Civil depender¨¢ del ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de car¨¢cter militar que por su naturaleza se le encomienden, y del ministro del Interior en el desempe?o de las funciones relativas al orden y la seguridad p¨²blica ( ... ). En tiempo de guerra y durante el estado de sitio la Guardia Civil depender¨¢ exclusivarpente del ministro de Defensa".
Las competencias concretas de la Guardia Civil, en lo referente al orden p¨²blico, deben quedar fijadas en la nueva ley, pero del contenido de la misma tambi¨¦n depender¨¢n aspectos tan fundamentales como la aplicaci¨®n o no del C¨®digo de Justicia Militar a los guardias civiles. Actualmente, los sistemas disciplinarios internos en la Guardia Civil son pr¨¢cticamente id¨¦nticos a los militares, a pesar de que sus misiones son de hecho policiales.
Un director civil
Otro problema no resuelto todav¨ªa legalmente es la figura y competencias del director general de la Guardia Civil. Hasta ahora siempre ha sido un teniente general del Ej¨¦rcito de Tierra y, como tal, asist¨ªa y asiste a las reuniones del Consejo Superior del Ej¨¦rcito. Este ¨®rgano era tambi¨¦n, hasta hace unas semanas, el que hac¨ªa las calificacicines y clasificaciones para ascensos de jefes de la Guardia Civil, pero ahora lo debe hacer el propio director general.
Con la nueva legislaci¨®n el Gobierno puede nombrar director general de la Guardia Civil a una persona no militar, y de hecho ya se ha citado al actual delegado del Gobierno en Canarias, Eligio Hern¨¢ndez, como posible sustituto del general Jos¨¦ Antonio S¨¢enz de Santa Mar¨ªa. De ser as¨ª, las relaciones de la Guardia Civil con el Ej¨¦rcito ser¨¢n menores, aunque este cuerpo contin¨²e manteniendo competencias de car¨¢cter tan mil?tar como la defensa operativa del territorio.
El art¨ªculo octavo de la Constituci¨®n se?ala que las Fuerzas Armadas est¨¢n integradas por los ej¨¦rcitos de Tierra, Mar y Aire, pero no cita a la Guardia Civil. La pol¨¦mica sobre el supuesto car¨¢cter militar de este cuerpo ha originado fuertes pol¨¦micas en los ¨²ltimos a?os e incluso provoc¨® en 1980 el relevo del entonces general director del cuerpo.
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