El Sindicato de la Guardia Civil rechaza el car¨¢cter militar que le asigna la ley de polic¨ªa
El Sindicato de la Guardia Civil (SGC), organizaci¨®n clandestina que dice agrupar a 10.000 guardias civiles de un colectivo superior a los 60.000, rechaza el t¨¦rmino de "instituto armado de naturaleza militar" que el proyecto de ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado -elaborado por el Gobierno y que el pr¨®ximo martes ser¨¢ discutido en el Pleno del Congreso de los Diputados- asigna al cuerpo de la Guardia Civil. El SGC solicita a su vez su adscripci¨®n exclusiva al Ministerio del Interior y su inclusi¨®n en el Cuerpo Nacional de Polic¨ªa.
El proyecto de ley org¨¢nica de ley policial define a la Guardia Civil, en su art¨ªculo 82, como "instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministro del Interior en el desempe?o de las funciones que esta ley le atribuye, y del Ministerio de Defensa en el cumplimiento de las misiones de car¨¢cter militar que se le encomienden". "En tiempo de guerra y durante el estado de sitio depender¨¢ exclusivamente del ministro de Defensa", a?ade el mencionado art¨ªculo.El SGC considera en sus propuestas de modificaciones del proyecto de ley que "la Guardia Civil debe formar un todo con el resto de los cuerpos policiales del Estado, no debiendo ser considerado como instituto armado de naturaleza militar".
"Si as¨ª fuese, su lugar de ubicaci¨®n id¨®neo ser¨ªa en las unidades de los Ej¨¦rcitos, y, por consiguiente, deber¨ªa abandonar las funciones de cuerpo de seguridad del Estado. Por lo indicado, no debe depender nunca del Ministerio de Defensa, ni serle encomendadas misiones de car¨¢cter militar, salvo en los casos previstos en la Constituci¨®n (estados de excepci¨®n y sitio)", a?ade el SGC.
A su vez, el SGC solicita la unificaci¨®n policial de los tres cuerpos policiales bajo la sola dependencia del Ministerio del Interior. El proyecto de ley aprueba la unificaci¨®n del Cuerpo Superior de Polic¨ªa con el de Polic¨ªa Nacional en un ¨²nico cuerpo, denominado Nacional de Polic¨ªa, dejando a la Guardia Civil como cuerpo aparte.
El SGC rechaza asimismo el art¨ªculo que indica que "el r¨¦gimen disciplinario (de los diferentes cuerpos policiales) estar¨¢ inspirado en unos principios acordes con la estructura y organizaci¨®n jerarquizada y disciplinada propia de estos institutos armados".
El SGC considera que este apartado "da idea de que, m¨¢s que un Estado moderno con un derecho policial actualizado y progresista, es un Estado militarista, convirtiendo a los cuerpos de seguridad en unas fuerzas descaradamente paramilitares".
EL SGC entiende que en la elaboraci¨®n del r¨¦gimen disciplinario de la Guardia Civil deben participar los tres cuerpos policiales, la magistratura, el ministerio fiscal, juristas y los sindicatos, "careciendo de validez si s¨®lo fuese redactado por el Estado Mayor de la Guardia Civil".
Tribunal de arbitraje
En ese r¨¦gimen, el SGC considera fundamental la creaci¨®n de un tribunal de arbitraje "que pueda ser recurrido civilmente y con intervenci¨®n de las partes conflictivas" para la "soluci¨®n de los problemas que se presenten".El tribunal de arbitraje paritario ha sido una de las reivindicaciones m¨¢s importantes de los sindicatos de los otros dos cuerpos policiales.
Respecto a los derechos sindicales y pol¨ªticos de la Guardia Civil, el SGC entiende que "si al Cuerpo de la Guardia Civil se le proh¨ªbe la adscripci¨®n a sindicatos o asociaciones profesionales, ser¨ªa un cuerpo involutivo y muerto, exclusivamente destinado o dedicado al servicio de los intereses del mando, dejando en segundo plano los intereses del Estado y la sociedad".
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