Condenado por sedici¨®n un alcalde que apoy¨® una huelga mediante decreto municipal
Rafael Montes Velasco, alcalde del municipio sevillano de Los Corrales, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor, como autor de un presunto delito de sedici¨®n, por haber apoyado una huelga mediante decreto municipal. Para el abogado del alcalde, Tom¨¢s Iglesias, se trata de un caso sin precedentes, ya que no ocurre algo semejante desde 1935, y supone un precedente respecto al procesamiento de seis alcaldes comunistas de Sevilla, solicitado por el fiscal, por haber apoyado la huelga general del pasado 20 de junio.
El alcalde de Los Corrales, de la Candidatura Unitaria de los Trabajadores (CUT), inspirada por el Movimiento Comunista de Andaluc¨ªa (MCA), dict¨® un decreto suspendiendo la actividad municipal el d¨ªa 29 de julio de 1982, en solidaridad con una huelga convocada por el Sindicato de Obreros del Campo (SOC) como protesta por la falta de fondos para el empleo comunitario.En el juicio, celebrado el pasado 30 de septiembre, el fiscal solicit¨® seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor y la suspensi¨®n del cargo p¨²blico durante este tiempo. Tom¨¢s Iglesias aduce que en la sentencia, que ser¨¢ recurrida, no se hace menci¨®n del art¨ªculo 28 de la Constituci¨®n, referente al derecho de huelga, "ni tampoco se menciona una sentencia del Tribunal Constitucional de abril de 1981, que da doctrina para poder interpretar en la actualidad el art¨ªculo 222 del C¨®digo Penal, que regula el delito de sedici¨®n".
Tom¨¢s Iglesias menciona tambi¨¦n un informe de la Guardia Civil "totalmente descalificatorio acerca de la persona de Rafael Montes. El propio alcalde impugn¨® la utilizaci¨®n del informe como prueba en el juicio y, sin embargo, la sentencia hace referencia a 'la dudosa conducta del alcalde', cosa que se deduce del mencionado informe".
El alcalde Rafael Montes, de 32 a?os de edad, declar¨® a este peri¨®dico que "se trata de una resoluci¨®n totalmente pol¨ªtica, que ignora la Constituci¨®n y el derecho de huelga en ella recogido". Montes opina, al igual que su abogado, que "la huelga s¨®lo es delito cuando intenta atacar el sistema democr¨¢tico, y aqu¨ª lo ¨²nico que se intentaba era reclamar los fondos del empleo comunitario".
El alcalde tacha tambi¨¦n de inconstitucional el hecho de solicitar de la Guardia Civil un informe sobre su persona y su conducta, que es calificada de "dudosa", seg¨²n el alcalde, por su ideolog¨ªa pol¨ªtica, cuando se instru¨ªan las diligencias procesales. Montes concluy¨® diciendo que "este hecho es m¨¢s propio del r¨¦gimen anterior. Lo ¨²nico que se persigue con esto es reprimir y retirar de las instituciones a la poca gente que queda realmente de izquierdas".
La importancia de esta sentencia se cifra en que es un claro precedente de lo que pueda ocurrir con seis alcaldes comunistas de la provincia de Sevilla, de los que el fiscal solicit¨® el procesamiento, a instancia del gobernador civil, Alfonso Garrido, por haber apoyado expresamente la huelga general del pasado 20 de junio, convocada por Comisiones Obreras y otros sindicatos contra la ley de pensiones. Javier Aristu, secretario provincial del Partido Comunista de Andaluc¨ªa, asegur¨® en su d¨ªa que, si era preciso, todos los alcaldes comunistas de Espa?a ir¨ªan a testificar y a presentarse como presuntos sediciosos.
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