Los trabajadores de los fondos de promoci¨®n de empleo pueden votar en elecciones sindicales
La Magistratura de Trabajo n¨²mero 2 de Gij¨®n dict¨® ayer una sentencia por la que condena a la empresa Naval de Gij¨®n y a UGT a que se constituya una mesa electoral con todos los trabajadores afectados por la reconversi¨®n, tanto si se han acogido a los fondos de promoci¨®n de empleo, como si pertenecen a la plantilla operativa del astillero.
El caso se plante¨® ante la convocatoria de elecciones realizada por la direcci¨®n y UGT con un censo del que se hab¨ªa exclu¨ªdo a los trabajadores incluidos en los fondos de promoci¨®n de empleo, por lo que CC OO y la Corriente Sindical de Izquierdas impugnaron el proceso.
La sentencia dice que los trabajadores que se han acogido a los fondos de promoci¨®n de empleo tienen derecho durante los tres a?os en que pueden estar en los mismos a participar en las eleciones sindicales que se convoquen en el sector naval.
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