El Ministerio de Sanidad quiere prohibir la publicidad de tabaco y alcohol en el deporte
El Ministerio de Sanidad elabora un anteproyecto de ley para prohibir cualquier publicidad de tabaco y alcohol en los espect¨¢culos deportivos, seg¨²n una fuente oficial. La nueva normativa puede entrar en vigor el pr¨®ximo a?o. Tabacalera y el Ministerio de Agricultura defienden ante Sanidad los intereses de los sectores afectados, pero restricciones publicitarias de este tipo son comunes en los pa¨ªses de la CEE. Por otra parte, la legislaci¨®n vigente en Espa?a proh¨ªbe la utilizaci¨®n de la persona como soporte de la publicidad. fa colocaci¨®n de anuncios en las camisetas vulnera sistem¨¢ticamente este decreto.
La normativa sobre la publicidad de tabacos en el deporte pretende ser -seg¨²n una fuente oficial del Ministerio de Sanidad- una medida m¨¢s para disminuir su consumo, porque "la promoci¨®n del tabaco, en su faceta publicitaria, no es recomendable". Sanidad ha presentado un borrador a Tabacalera Espa?ola y a otros organismos de la Administraci¨®n para entablar un di¨¢logo inmediato y valorar las repercusiones que tendr¨ªa en el sector, antes de la publicaci¨®n de las normas el pr¨®ximo mes de enero.Respecto a la prohibici¨®n anunciar bebidas alcoh¨®licas "para impedir su consumo excesivo", el ministerio dialogar¨¢ con el Ministerio de Agricultura. El comienzo de la restricci¨®n publicitaria ha quedado situado en principio en el primer semestre del pr¨®ximo a?o.
Seg¨²n el citado portavoz, a¨²n no est¨¢ decidido si el texto tendr¨¢ rango de ley, en cuyo caso deber¨ªa ser debatido en el Congreso de los Diputados, lo que retrasar¨ªa su entrada en vigor; o rango de decreto-ley, lo que permitir¨ªa una aplicaci¨®n mucho m¨¢s r¨¢pida.
Tanto en el caso de los tabacos como en el de los alcoholes, las normas establecer¨¢n un calendario para ir erradicando de, forma progresiva su publicidad en el deporte. El anteproyecto plantea la erradicaci¨®n de la publicidad de estos productos tanto en las camisetas de los deportistas como en las vallas de los campos de juego (publicidad est¨¢tica).
Seg¨²n el Ministerio de Sanidad, "con esta normativa se atiende a la demanda social que solicita la adopci¨®n de medidas contra sustancias no beneficiosas para la salud. Se trata simplemente de que Espa?a se adapte a las medidas que hace tiempo est¨¢n en vigor en Europa, porque lo que se ve aqu¨ª no se ve en ning¨²n otro sitio. Una cosa es que los pilotos de F¨®rmula 1 lleven publicidad y otra que en las canchas espa?olas hasta los ¨¢rbitros sean subvencionados por marcas de tabaco como viene ocurriendo en Espa?a".
Ejemplos europeos
Carlos Lema Devesa, jurista, profesor de la secci¨®n de publicidad en la universidad Complutense y asesor de la comisi¨®n de la CEE en materia de derecho de la publicidad, ha sido uno de los redactores del anteproyecto de esta nueva normativa sobre la publicidad.Lema Devesa asegura que en todos los pa¨ªses de la CEE, "menos en Luxemburgo, que no tiene normativa, y Grecia, que tiene restricciones parciales, la publicidad del tabaco est¨¢ prohibida en radio y televisi¨®n, y, por supuesto, en acontecimientos deportivos o en los que intervengan deportistas. Los anuncios de bebidas alcoh¨®licas no se permiten en Francia a partir de determinado grado".
La raz¨®n por la que este tipo de publicidad se prohibir¨¢ en el deporte se debe, seg¨²n Lema Devesa, "a que era necesario limitar los testimonios de los deportistas que inducen a los consumidores a pensar que los riesgos del tabaco y alcohol son desde?ables. Los ni?os, que cada d¨ªa siguen m¨¢s de cerca el deporte, acaban identific¨¢ndose con determinadas marcas cuyo consumo puede acabar produciendo, alcoholismo o c¨¢ncer de pulm¨®n".
Lema Devesa recuerda el informe de la OCDE (Organizaci¨®n para la Cooperaci¨®n y el Desarrollo Econ¨®mico) seg¨²n el cu¨¢l los anuncios de tabaco y alcohol no deber¨ªan realizarlos personas que, como las celebridades del deporte, pudieran ser f¨¢cilmente identificables por los ni?os. Y recuerda igualmente la severidad holandesa cuando la Comisi¨®n del C¨®digo de la Publicidad prohibi¨® en 1979 dos anuncios que hizo el futbolista Johan Cruyff sobre tabaco bajo en nicotina. "El derecho a la libre utilizaci¨®n de la propia imagen no debe prevalecer", seg¨²n Lema Devesa, "sobre el derecho a garantizar el mantenimiento de la salud p¨²blica".
Sobre la publicidad en las personas f¨ªsicas, Lema Devesa advierte que hay un decreto en vigor desde 1967, que regula, en su art¨ªculo 10, la publicidad exterior. "?sta proh¨ªbe que la persona sea soporte publicitario. Si no se cumple es porque hay leyes que nadie se ocupa de llevar a los tribunales. El tema escapa a la Administraci¨®n, que es la que debiera vigilar el cumplimiento de la ley, porque tiene diluidas sus competencias, y tambi¨¦n del fiscal general, porque su incumplimiento no se contempla como delito. Pero bastar¨ªa cualquier denuncia para que el juez atendiera la demanda".
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