La Junta de Andalucía presenta dos recursos ante el Tribunal Supremo contra las sentencias que paralizaron la reforma en el campo
La Junta de Andalucía presentó ayer sendos recursos ante el Tribunal Supremo contra las dos sentencias de la Audiencia Territorial de Sevilla que la pasada semana paralizaron la reforma agraria emprendida por el Gobierno andaluz, al declarar nulos el reglamento que desarrolla la ley correspondiente y las primeras 12 expropiaciones de uso de otras tantas fincas, decretadas en octubre pasado en la comarca de Antequera (Málaga). Los recursos permiten que la normativa sobre reforma agraria permanezca en vigor hasta que el Tribunal Supremo decida.En lo que se refiere al reglamento, la Junta de Andalucía entiende que no tiene que pedir dictamen al Consejo de Estado, porque esta norma desarrolla una ley exclusivamente regional, como es la de Reforma Agraria, aprobada por el Parlamento andaluz en 1984. En cambio, la Audiencia de Sevilla considera en su sentencia que el dictamen es preceptivo, porque en la práctica el reglamento en cuestión desarrolla también la ley estatal de Fincas Manifiestamente Mejorables y la de Expropiación Forzosa, en las que se basa la de Reforma Agraria.
Además, el Gobierno andaluz, al aprobar el reglamento, decidió no pedir el dictamen, porque así lo consideró también conveniente desde el punto de vista de la autonomía legislativa de la comunidad. No obstante, como ya anunció el presidente regional, José Rodríguez de la Borbolla, pese a la presentación del recurso, la Junta piensa remitir el reglamento, modificado, al Consejo de Estado para que emita el dictamen, sobre todo para cubrir la eventualidad de que el fallo del Supremo fuese negativo.
Entre las modificaciones del reglamento estará la inclusión del trámite de audiencia previa para los expropiados, cuya falta ha sido la base sobre la que los jueces han declarado nulas las expropiaciones. Contra la opinión del tribunal, que consideró las expropiaciones como sanciones, lo que obligaba al trámite de audiencia, la Junta considera que la expropiación de uso no puede considerarse una sanción a secas.
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