El Congreso aprueba la ley de polic¨ªa con las modificaciones introducidas en la C¨¢mara alta
El Congreso de los Diputados aprob¨® ayer el proyecto de ley org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La C¨¢mara baja ratific¨® las enmiendas introducidas por el Senado en la ley, por 199 votos a favor, nueve en contra y 67 abstenciones. En la votaci¨®n para aprobar estas enmiendas votaron a favor el Grupo Parlamentario Socialista, la Minor¨ªa Catalana y Grupo Vasco, y Coalici¨®n Popular se abstuvo.
Coalici¨®n Popular se abstuvo y mostr¨® su rechazo a tres de las 37 enmiendas introducidas en el Senado. Las tres hacen referencia a las escalas de integraci¨®n de los dos Cuerpos de Polic¨ªa (Cuerpo Superior y Polic¨ªa Nacional) en uno s¨®lo, denominado Cuerpo Nacional de Polic¨ªa. Con estas enmiendas aprobadas, los capitanes de Polic¨ªa Nacional se equiparan a los inspectores de primera del Cuerpo Superior y no a la de subcomisario, tal como aprob¨® en primera instancia el Congreso y contra lo que reclaman la Asociaci¨®n de Mandos de Polic¨ªa Uniformada (AMPU).La AMPU (organizaci¨®n sindical de oficiales y suboficiales de Polic¨ªa Nacional) efectu¨® ayer un encierro en sus sedes. Jos¨¦ Barrionuevo, ministro del Interior, calific¨® ayer de "sorprendente" estas protestas y se?al¨® que el ministerio tiene firmados con diversos sindicatos, influida la AMPU, acuerdos para la ordenaci¨®n sindical, que crean comisiones para dialogar sobre las diferencias.
Por otra parte, en el articulado de la ley aprobado por el Parlamento se incluye el denominado, por expertos juristas, fuero especial para los polic¨ªas. La ley en su art¨ªculo octavo se?ala: "iniciadas unas actuaciones por los Jueces de Instrucci¨®n, cuando estos entiendan que existen indicios racionales de criminalidad (...), suspender¨¢n sus actuaciones y las remitir¨¢n a la Audiencia Provincial (...)".
En este sentido, una reciente sentencia (ver EL PA?S de 24 de febrero) de la Secci¨®n Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid se?ala que "el enjuiciamiento de los posibles delitos cometidos por miembros de la Guardia Civil, por la Jurisdicci¨®n Ordinaria, atribuy¨¦ndose a las Audiencias Provinciales la competencia para dictar los correspondientes autos de procesamiento; pero tal precepto, que supone normativa de fuero especial, ha de reputarse sin vigencia en la actualidad; ya que, a parte de no concordar con el sentido y esp¨ªritu de la Constituci¨®n (art¨ªculos 14 y 24), la vigente ley org¨¢nica del Poder Judicial no menciona este fuero".
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