Suboficiales
La Ley 20/1981, de 6 de julio, crea en el Ej¨¦rcito la situaci¨®n de reserva activa y fija las edades de retiro para el personal militar profesional. La n¨²mero 51/1984, de 26 de diciembre (BOD n¨²mero 7, de 9 de enero de 1985), modifica aqu¨¦lla y en su art¨ªculo ¨²nico dice: "Los capitanes y tenientes de la Guardia Civil en situaci¨®n de retirados que contaran el 1 de enero de 1981 con edad inferior a los 60 y 58 a?os, respectivamente, podr¨¢n acogerse a la situaci¨®n de reserva activa que se crea en la presente ley, en igualdad de derechos a los de iguales empleos y edades de las dem¨¢s armas y cuerpos".Y ahora viene la cuesti¨®n: a los suboficiales de la Guardia Civil comprendidos en an¨¢logas circunstancias no se les reconocieron hasta el momento los beneficios de acogerse a la situaci¨®n de reserva activa, siempre y cuando contaran el 1 de enero de 1981 con una edad inerior a los 58 a?os, por lo que al punto actualmente cunde el descontento y malestar perenne por falta a la lealtad debida en equidad y pol¨ªtica social, al sentirse moral y econ¨®micamente discriminados, aunque no se exteriorizan por temor a represalias o abandono y por ser grave el estado de inquietud que en el ¨¢nimo de los suboficiales parecen producir las ¨²ltimas ,medidas militares, que contraen una grave responsabilidad de inconstitucionalidad.
Entienden que se vulnera el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n espa?ola, donde no se hacen distingos o discriminaciones, ya que en otro caso, por ser sofisticada, existir¨ªan espa?oles de segunda clase, y entre ellos, dichos suboficiales de la Guardia Civil que se encuentrancomprendidos con id¨¦nticos derechos que los mencionados oficiales beneficiados. Por otra parte, teniendo presente el art¨ªculo 9.2, corresponde a los poderes p¨²blicos promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivos, sin dificultar su plenitud en la vida econ¨®mica y social.
?Ver¨¢n alg¨²n d¨ªa dichas aspiraciones? Ello ser¨ªa un logro feliz que arrastrar¨ªa un lastre beneficioso en la balanza de los hechos afortunados. Corroboran en solicitar si alg¨²n pol¨ªtico tiene la dignidad de acordarse alguna vez de dichos suboficiales discriminados, desterrando el vicio de considerarseles de segunda clase-
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