Destacados juristas, en favor de la indemnizaci¨®n por retraso judicial
El catedr¨¢tico de Derecho Procesal Vicente Gimeno defendi¨® ayer, en las Jornadas sobre Derechos Humanos organizadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el derecho a ser indemnizado por el Estado por retrasos indebidos de la justicia. Gimeno estim¨® que no basta con que se obtenga una resoluci¨®n justa si se obtiene tarde, porque en este caso existe un derecho aut¨®nomo, derivado del art¨ªculo 24.2 de la Constituci¨®n, que reconoce el derecho fundamental a un proceso "sin dilaciones indebidas".Gimeno record¨® que la doctrina del Tribunal Constitucional ha evolucionado hacia el reconocimiento de un derecho distinto, cuya infracci¨®n ha de resarcirse, "cuando no puede ser remediado de otros modo", mediante indemnizaci¨®n, con independencia de que la complejidad, del asunto o la acumulaci¨®n de trabajo exculpe a los jueces y magistrados por el retraso. Esta tesis no es compartida por todos los miembros del CGPJ, que, seg¨²n informa Efe, tiene en preparaci¨®n unos criterios m¨¢s restrictivos para la indemnizaci¨®n por error judicial o anormal funcionamiento de la justicia.
El catedr¨¢tico de Derecho Penal Luis Rodr¨ªgez Ramos critic¨® la concepci¨®n de la prisi¨®n provisional como una pena anticipada impuesta por el juez y por la sociedad, o como una medida encubierta de seguridad frente a ciudadanos meramente acusados.
El magistrado Jes¨²s Fern¨¢ndez Entralgo censur¨® que la regulaci¨®n liberal de la prisi¨®n provisional, realizada en 1983, fue modificada en 1984, en atenci¨®n a "una crisis del sentimiento colectivo de seguridad ciudadana, activamente explotado por los estratos m¨¢s conservadores de la sociedad espa?ola", con el sacrificio de derechos y garant¨ªas constitucionales.
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