El Constitucional dio un "golpe de gracia" al poder judicial, seg¨²n jueces conservadores
La Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y conservadora en la carrera judicial, estima que el Tribunal Constitucional ha dado "un golpe de gracia al poder judicial, tal como lo configura la Constituci¨®n de 1978". En un largo comunicado emitido ayer, la APM critica con dureza la reciente sentencia del alto tribunal -que desestim¨® el conflicto de competencias planteado por el anterior Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra la elecci¨®n parlamentaria de los 12 vocales judiciales de ¨¦ste ¨®rgano-, por estimar que "aventura una interpretaci¨®n de la Constituci¨®n que acaba", dice, "con la concepci¨®n del poder judicial como uno de los poderes constitucionales del Estado, en paridad con el legislativo y el ejecutivo".La APM recuerda que el Tribunal Constitucional, en su sentencia del pasado 17 de abril, desestim¨® los conflictos contra el Congreso y el Senado planteados por el CGPJ, en defensa de su potestad de dictar reglamentos sobre el estatuto jur¨ªdico de jueces y magistrados, y por entender que corresponde a los jueces y magistrados elegir a los 12 vocales judiciales del Consejo. La APM lamenta esta gentencia y, en primer lugar, considera "decepcionante" la tardanza de casi un a?o en dictarla, a pesar de tratarse de "una cuesti¨®n entre poderes del Estado". El tiempo transcurrido ha permitido, arguye el comunicado, que el CGPJ se haya constituido "por el sistema que se discut¨ªa" y ha comenzado a funcionar "estando sub judice su constituci¨®n".
No est¨¢ resuelto el fondo
La APM se?ala asimismo: "Contra lo que se ha afirmado en alg¨²n medio de comunicaci¨®n social, en la resoluci¨®n de este conflicto de atribuciones el tribunal se ha detenido minuciosamente en aspectos formales, pero no ha resuelto el fondo de la cuesti¨®n, o sea, no ha dicho si el nuevo sistema de proposici¨®n de los vocales y la sustracci¨®n de facultades al poder judicial y a su ¨®rgano de gobierno se ajustan o no a la Constituci¨®n. Con ello, la cuesti¨®n queda aplazada hasta que se dicte sentencia en el recurso de inconstitucionafidad que pende frente a los art¨ªculos cuestionados de la ley org¨¢nica del Poder Judicial. Al tiempo ya transcurrido se a?adir¨¢ otro m¨¢s, durante el cual el ¨®rgano de gobierno del Poder Judicial va a seguir funcionando pese a estar impugnadas las bases seg¨²n las cuales fue constituido".Por ¨²ltimo, la APM manifiesta que en la fundamentaci¨®n de la sentencia, pese a no entrar en el fondo, "el Tribunal Constitucional da un golpe de gracia al Poder Judicial, tal como lo configura la Constituci¨®n de 1978. Para fundamentar la tesis de que al Consejo General no le correspond¨ªa reclamar la facultad de propuesta de los 12 miembros del Poder Judicial a nombrar entre jueces y magistrados se dice nada m¨¢s y nada menos que el Consejo no podr¨ªa ser ni siquiera a efectos procesales representante del Poder Judicial, pues ello estar¨ªa en contradicci¨®n con el principio constitucional de independencia de jueces y magistrados'". Para la APM, se trata de "una nueva versi¨®n constitucional".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.