El Tribunal Constitucional atribuye al Estado la construcci¨®n de edificios policiales en Euskadi
El Tribunal Constitucional ha declarado, en una sentencia hecha p¨²blica ayer, que la competencia para decidir la construcci¨®n de acuartelamientos de la Guardia Civil y comisar¨ªas de la Polic¨ªa Nacional en Euskadi corresponde al Estado y no a la comunidad aut¨®noma vasca, contra lo que pretend¨ªa el Gobierno vasco, que plante¨® sendos conflictos. El alto tribunal resolver¨¢ hoy el recurso presentado por el Grupo Popular contra el decreto-ley que estructur¨® en 1982 al Gobierno socialista.
El Gobierno vasco plante¨® un primer conflicto positivo de competencia contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1982 sobre ejecuci¨®n de acuartelamientos de la Guardia Civil y Polic¨ªa Nacional en Vitoria, Lem¨®niz, San Sebasti¨¢n e Ir¨²n. M¨¢s tarde, promovi¨® otro conflicto de igual car¨¢cter contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de diciembre de 1983, sobre ejecuci¨®n del proyecto de construcci¨®n de una comisar¨ªa de polic¨ªa en Santurce.El Tribunal Constitucional acumul¨® ambos conflictos, que han sido resueltos el pasado 13 de mayo por unanimidad de todos sus miembros, si bien los magistrados Francisco Rubio Llorente y Luis D¨ªez-Picazo suscribieron un voto particular, por disconformidad con el razonamiento por el que la mayor¨ªa del tribunal lleg¨® al acuerdo un¨¢nime. El alto tribunal declara que la titularidad para decidir la construcci¨®n de tales edificaciones pertenece al Estado como competencia exclusiva del mismo, siempre que se den los supuestos establecidos en el art¨ªculo 180.2 de la ley del Suelo, y a la comunidad aut¨®noma vasca en todos los dem¨¢s casos.
El precepto citado establece que cuando existan razones de urgencia o excepcional inter¨¦s p¨²blico en las construcciones cuya licencia municipal se solicite, si el ayuntamiento afectado muestra su disconformidad con el proyecto de obra, el ministro competente, previo informe de la comisi¨®n central de urbanismo, lo elevar¨¢ al Consejo de Ministros, que "decidir¨¢ si procede ejecutar el proyecto y, en este caso, ordenar¨¢ la iniciaci¨®n del procedimiento de modificaci¨®n o revisi¨®n del planeamiento".
Desistimiento fallido
El pleno del Tribunal Constitucional tiene se?alado para hoy la deliberaci¨®n y votaci¨®n sobre el recurso de inconstitucionalidad promovido por Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Gallard¨®n y 54 diputados m¨¢s del Grupo Popular contra varios art¨ªculos del decreto-ley de 7 de diciembre de 1982, por el que se estructuraron los departamentos ministeriales del Gobierno socialista. El pasado 23 de abril, Ruiz Gallard¨®n present¨® un escrito de desistimiento, que no fue aceptado por el alto tribunal, que decidi¨® proseguir el procedimiento y dictar sentencia.El pleno del Tribunal Constitucional entiende que aunque "han podido desvanecerse ahora las razones pol¨ªticas o de oportunidad que motivaron en su d¨ªa la interposici¨®n del recurso (...),. ello no comporta la desaparici¨®n del inter¨¦s p¨²blico objetivo en garantizar la primac¨ªa, de la Constituci¨®n". Por el contrario, en el auto dictado el pasado 13 de mayo, el alto tribunal se?ala que "las cuestiones controvertidas en este proceso constitucional, no cabe entenderlas resueltas por el transcurso del tiempo, ni es tampoco imposible su reproducci¨®n en el futuro".
Entre los art¨ªculos impugnados por el Grupo Popular figuran los que enumeran los departamentos ministeriales y configuran a los ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y secretarios generales con rango de subsecretarios como "¨®rganos superiores de los departamentos ministeriales".
El propio letrado del Estado mantiene en sus alegaciones la inconstitucionalidad de dos preceptos del citado decreto-ley, relativos a la situaci¨®n en que quedar¨¢n los magistrados del Tribunal supremo y miembros de las carreras judicial y fiscal que se incorporen al gabinete de la presidencia del Gobierno u ocupen cargos pol¨ªticos o de confianza de car¨¢cter no permanente en el Ministerio de Justicia.
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