Desestimado un recurso de los ingenieros de Madrid contra la Diputaci¨®n de Barcelona
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia por la que desestima un recurso planteado el pasado 31 de marzo por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, contra la Diputaci¨®n de Barcelona, por la convocatoria de un concurso para provisi¨®n de cuatro plazas de T¨¦cnico Superior de Administraci¨®n Especial que establec¨ªa en la escala de m¨¦ritos el conocimiento del catal¨¢n. Para los recurrentes esta base del concurso era inconstitucional porque vulneraba el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n, que consagra la igualdad de derechos entre los espa?oles.
El tribunal precisa en la sentencia que la valoraci¨®n del conocimiento del catal¨¢n no vulnera la igualdad amparada por la Constituci¨®n, puesto que no se aplica como una prueba de car¨¢cter eliminatorio y "su estimaci¨®n dentro de la escala de m¨¦ritos, representa menos de una cuarta parte del valor global de los resultados del concurso-oposici¨®n". La sentencia subraya tambi¨¦n la necesidad de que los funcionarios que presten sus servicios en una comunidad biling¨¹e conozcan los dos idiomas oficiales de la comunidad.
En el fallo se cita una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se afirma: "Toda desigualdad no constituye necesariamente una discriminaci¨®n". El tribunal de Barcelona menciona otros preceptos que amparan el conocimiento de las lenguas oficiales, como un art¨ªculo de la ley de Reforma de la Funci¨®n P¨²blica, que detalla: "En las convocatorias para acceso a la funci¨®n p¨²blica, las Administraciones p¨²blicas deber¨¢n prever la selecci¨®n de funcionarios debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo en las Comunidades Aut¨®nomas que gocen de dos lenguas oficiales".
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