El fisco recibir¨¢ el d¨ªa 15 la relaci¨®n de intereses pagados
La banca, que recurri¨® al Tribunal Constitucional en un ¨²ltimo intento por salvaguardar su secreto fiscal, se ha comprometido con Hacienda a completar el pr¨®ximo lunes las listas de intereses pagados a su clientela durante el a?o 1985. S¨®lo a partir de entonces, el fisco podr¨¢ verificar las ¨²ltimas declaraciones presentadas por contribuyentes con dichos ingresos del capital. A partir de este momento, tales rentas empezar¨¢n a recibir un trato menos discriminatorio que las del trabajo.Antes de formular el recurso de amparo ahora desestimado por los int¨¦rpretes de la Constituci¨®n, la banca se hab¨ªa resignado parcialmente a cumplir en el futuro tales obligaciones de informaci¨®n fiscal. La resistencia un¨¢nime ofrecida por bancos y cajas de ahorro desde que entr¨® en vigor el actual impuesto sobre la renta, en 1978, no encontr¨® el respaldo buscado en otras instancias administrativas y judiciales, entre ellas la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Pero quedaba al menos una duda que acaba de zanjar el Tribunal Supremo: si tambi¨¦n deber¨ªan ser facilitadas las listas nominales de intereses pagados a,la clientela entre 1980 y 1985.
Argumentos
El principal argumento esgrimido por la banca fue superado por primera vez con la entrada en vigor de la ley de activos financieros, promulgada en mayo de 1985. La banca mantuvo hasta entonces que, si bien deb¨ªa prestar alguna colaboraci¨®n al fisco cuando la inspecci¨®n. reclamar¨¢ el saldo de una determinada ocuenta -las dudas al respecto quedaron despejadas por el Tribunal Constitucional ante el recurso de un particular-, no estaba obligada legalmente a facilitar las listas de todos y cada uno de sus perceptores de intereses. Pero la citada ley, adem¨¢s de reafirmar la posibilidad de iripeccionar una cuenta, consagr¨® la obligaci¨®n de que los intermediarios financieros entreguen regularmente las listas de perceptores de intereses.
La resignaci¨®n de la banca ante la quiebra de sus posiciones jur¨ªdicas era, sin embargo, parcial. De un lado, gran parte de las entidades bancarias entendieron que la ley de activos financieros s¨®lo las obligaba a entregar las listas a partir de mayo de 1985, momento de su entrada en vigor; en consecuencia, la pasada primavera facilitaron al fisco las relaciones de siete meses, con las cuales la inspecci¨®n no podr¨ªa cruzar dichos datos y los proporcionados por cada contribuyente, relativos al ejercicio completo. Por otra parte, hab¨ªa que esclarecer si el Tribunal Constitucional manten¨ªa los criterios del Tribunal Supremo respecto a las listas del per¨ªodo 1980-1985; as¨ª, la banca decidi¨® presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.. Formalmente, los bancos no discut¨ªan sus obligaciones de cara al futuro; s¨®lo iban contra la presentaci¨®n de listas relativas al primer quinquenio de esta d¨¦cada. Pero albergaban la esperanza de que los int¨¦rpretes de la Constituci¨®n, al precisar y desarrollar una doctrina inicial que conectabael secreto bancario con la intimidad personal, se pronunciaran claramente a su favor.
En cuanto a las listas sobre el a?o 1985, Hacienda les amenaz¨® con saciones antes del pasado verano si en 10 d¨ªas no entregaban la informaci¨®n por todo el ejercicio completo. Vencido el plazo, las conversaciones mantenidas a principios de julio terminaron con el acuerdo de que el pr¨®ximo 15 de septiembre entregar¨ªan tambi¨¦n la informaci¨®n de los, cinco primeros meses. Fuentes de la Asociaci¨®n Espa?ola de la Banca informaron ayer que este acuerdo ser¨¢ cumplido.
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