Las vanas razones del ministro de Justicia
DIARIO 16El ministro de Justicia, Fernando Ledesma, ha invocado su ¨¦tica democr¨¢tica en un nuevo intento de justificar la postura del Gobierno frente al auto de la juez bilba¨ªna Elizabeth Huerta, que citaba a comparecer a noventa guardias civiles para una rueda de identificaci¨®n. Ha sido el ¨²ltimo argumento de esta desgraciada historia, expuesto solamente esta vez en el Congreso de los Diputados. Pero no ha podido servir para convencer, porque las razones alegadas por el ministro no pueden mantenerse en pie.La desobediencia a la juez no es conforme a derecho, ni -en contra de la opini¨®n del ministro- tiene apoyo lo ocurrido en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ni es aplicable al uso la doctrina del Tribunal Constitucional sobre las pruebas. Aducir ahora, por ejemplo, que el ministerio fiscal no recumo porque no se le hab¨ªa notificado la resoluci¨®n judicial resulta un razonarniento d¨¦bil, ya que la carencia de comunicaci¨®n al ministerio p¨²blico comportaba la nulidad del acto. Bastaba alegar ese defecto de procedimiento para conseguir el objetivo de la incomparecencia de los guardias civiles.
Lo improcedente fue que los mandos de la Guardia Civil, con el respaldo del Gobierno, se erigie sen en una especie de "supercicutas" -personajes de un famoso programa de televisi¨®n que hac¨ªan sonar sus sirenas de allarma cuan do algo les parec¨ªa err¨®neo- y juzgasen ellos a la juez, decretan do que se hab¨ªa equivocado o que la providencia no se ajustaba a las normas jur¨ªdicas. Esto es inacep table y, naturalmente, nunca el Tribunal Supremo ni el Constitucional han bendecido tal conducta, por la sencilla raz¨¢n de que jam¨¢s hasta ahora uno de los servi cios del Estado se hab¨ªa revelado contra los jueces.
La desobediencia administrativa ( ... ) no es equiparable al incumplimiento de una resoluci¨®n judicial. Por el camino marcado por el ministro de Justicia ( ... ) se llega al caos, a la anarqu¨ªa completa, con cualquier funcionario, sea guardia civil o no, o cualquier particular, valorando por s¨ª y ante s¨ª la legalidad de las actuaciones judiciales. ( ... )
Es indiscutible que con alguna frecuencia se equivocan los jueces, pero no son los particulares, por muy alto cargo p¨²blico que ostenten, quienes deben determinar los errores. En un Estado de derecho existen posibilidades de impugnaciones y recursos, y ¨¦stas son las que deben entrar en juego. ( ... )
No tiene apoyo jur¨ªdico alguno negarse a comparecer ante un juez ( ... ) Y no cabe buscar justificaciones a posteriori. La inoperancia del fiscal en este caso, dejando de recurrir lo que deb¨ªa recurrir, es una demostraci¨®n alarmante de dejadez.( ... )
20 de septiembre
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