La Organizaci¨®n M¨¦dica Colegial quiere controlar los abortos de las cl¨ªnicas privadas
Alberto Berguer, vicepresidente de la Organizaci¨®n M¨¦dica Colegial (OMC), ha transmitido a Carlos Hern¨¢ndez Gil, subsecretario de Sanidad, parte de la postura de la OMC sobre el real decreto sobre la pr¨¢ctica del aborto en centros o establecimientos sanitarios que ha elaborado ese ministerio. La OMC pide la creaci¨®n de unos comit¨¦s, formados por las comunidades aut¨®nomas y los colegios m¨¦dicos, que controles la correcta aplicaci¨®n de la ley despenalizadora del embarazo en las cl¨ªnicas privadas. La OMC presentar¨¢ oficialmente ma?ana al ministro de Sanidad el informe elaborado.
La modificaci¨®n m¨¢s importante que introduce el texto del proyecto del real decreto con respecto a la orden ministerial del 31 de julio de 1985 es la su presi¨®n de las comisiones de evaluaci¨®n y la distinci¨®n entre dos tipos de centros que pueden realizar abortos. Se especifican tambi¨¦n los requisitos m¨ªnimos que deben reunir estos centros para las interrupciones voluntarias de embarazo, seg¨²n se realice esta interrupci¨®n antes de las 12 semanas o posteriormente a este plazo.El Ministerio de Sanidad hab¨ªa anunciado, tras la localizaci¨®n de los integrantes de una cl¨ªnica de abortos clandestina en Salamanca, la elaboraci¨®n de una orden ministerial que facilitase las acreditaciones de las cl¨ªnicas privadas (v¨¦ase EL PA?S del 2 de octubre) pero al final se ha optado por el real decreto porque es una normativa de mayor rango.
En esta decisi¨®n ha influido, seg¨²n fuentes del Ministerio de Sanidad, la existencia de un recurso contencioso-administrativo de la OMC ante el Tribunal Supremo pidiendo la suspensi¨®n de la orden ministerial del 31 de julio de 1985. Con la aprobaci¨®n del real decreto, esta orden ministerial queda derogada.
Consultivo
Antes de que el Consejo de Ministros apruebe el nuevo real decreto -Sanidad est¨¢ tramit¨¢ndolo por la v¨ªa de urgencia y, si se cumplen los plazos previstos, podr¨ªa salir publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el 22 de noviembre- tienen que pronunciarse sobre su contenido el Ministerio de Justicia, la OMC y el Consejo de Estado. El Ministerio de Justicia no ha introducido ninguna modificaci¨®n en el texto presentado por Sanidad. La OMC tiene un plazo de 10 d¨ªas h¨¢biles, que concluye ma?ana, viernes, para dar su informe, que tiene car¨¢cter meramente consultivo, al ministerio. Despu¨¦s, todo el conjunto de esta documentaci¨®n se env¨ªa al Consejo de Estado, que cuenta tambi¨¦n con 10 d¨ªas para pronunciarse.La Organizaci¨®n M¨¦dica Colegial no va a informar negativamente, seg¨²n el doctor Berguer, sobre el nuevo decreto. El vicepresidente de la OMC puntualiz¨® que, para el Consejo de Colegios M¨¦dicos, la ley despenalizadora del aborto es "absolutamente admisible". Para Berguer, que se mostr¨® contrario a la supresi¨®n de las comisiones de evaluaci¨®n en los hospitales p¨²blicos, el punto del decreto que m¨¢s preocupa a la OMC consiste en que "se regula que los centros p¨²blicos ya pueden hacer abortos, pero no existe ning¨²n garante de la calidad asistencial de esos centros. Por ello, el colegio ver¨ªa l¨®gico que se institucionalizaran unos entes, formados por las comunidades aut¨®nomas y los colegios de m¨¦dicos, encargados de esa labor, ya que, seg¨²n la ley de colegios profesionales, el control ¨¦tico de la medicina privada corresponde a la OMC".
Para Marisa Castro, presidenta del Comit¨¦ de Planificaci¨®n Familiar de Madrid, la "OMC no es nadie para intervenir directamente en las cl¨ªnicas privadas". Por su parte, Consuelo Ruiz-Jarabo, secretaria de la Asociaci¨®n para la Defensa de la Sanidad P¨²blica en Madrid, opina que "el nuevo decreto del ministerio no asegura la prestaci¨®n del aborto dentro de la sanidad p¨²blica, por lo que es contrario a la ley de sanidad".
Alto riesgo
Para Jos¨¦ Luis Fern¨¢ndez Noriega, asesor del ministro de Sanidad, los requisitos sanitarios de los centros que realicen abortos son homologables a los exigidos por otros pa¨ªses europeos con una ley igual o similar a la espa?ola.El proyecto del nuevo decreto diferencia claramente las condiciones que han de reunir los centros que hagan interrupciones de embarazo que no impliquen alto riesgo para la mujer y se realicen antes de las 12 semanas de gestaci¨®n. En estos casos se utiliza habitualmente el m¨¦todo denominado de aspiraci¨®n, que no necesita anestesia y se tarda un tiempo inferior a los cinco minutos. Este tipo de centros ha de contar con un hospital p¨²blico de referencia que se encuentre cercano por si es preciso desviar con rapidez alg¨²n caso.
Para los abortos en embarazos de alto riesgo para la vida de la mujer o que superen las 12 semanas de gestaci¨®n, los centros han de contar con unidades de ginecolog¨ªa, laboratorio de an¨¢lisis, anestesia, reanimaci¨®n, dep¨®sito de sangre y camas para hospitalizaci¨®n. Estos centros tambi¨¦n tendr¨¢n que contar con la asistencia de un centro p¨²blico de referencia. La embarazada ha de ser informada de los requisitos y centros donde puede practicarse la interrupci¨®n solicitada.
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