El Gobierno franc¨¦s decreta la libertad de precios desde el 1 de enero
El primer d¨ªa del a?o 1987 los empresarios y comerciantes franceses gozar¨¢n de una libertad restringida desde hace m¨¢s de 40 a?os: la de fijar los precios de sus productos. Esta medida, decidida ayer en consejo de ministros, ser¨¢ acompa?ada de la creaci¨®n de un consejo destinado a asegurar la libre competencia. La liberalizaci¨®n de los precios no afectar¨¢ por el momento a las tarifas de los servicios p¨²blicos, los productos farmac¨¦uticos, los taxis y los libros. En caso de circunstancias excepcionales, una calamidad nacional por ejemplo, el Gobierno podr¨¢ intervenir de nuevo los precios de determinados productos.El decreto sobre la libertad de precios y sobre la competencia fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros y s¨®lo falta la firma del presidente de la Rep¨²blica para que tenga vigencia legal. Por el momento, Fran?ois Mitterrand se ha negado a firmar dos decretos del Gobierno, el de privatizaci¨®n de 65 empresas p¨²blicas y el de redistribuci¨®n de las circunscripciones electorales.
Despu¨¦s del decreto de privatizaci¨®n, que empez¨® a producir sus efectos esta semana con la salida a bolsa de las acciones de Saint Gobain, este decreto sobre libertad de mercado es la segunda gran medida liberalizadora emprendida por el Gobierno conservador de Jacques Chirac.
El decreto consagra la libertad de precios como un principio, cuya pr¨¢ctica ata?e a la responsabilidad de las empresas. La limitaci¨®n del principio en cuatro casos ha sido motivo de fricciones entre el Ministerio de Econom¨ªa y alg¨²n otro, por ejemplo, el de Cultura. Su titular, Fran?ois Leotard, defiende el control de los precios de los libros, en continuidad con su predecesor socialista, Jack Lang.
Las cuatro ¨¢reas de precios que no ser¨¢n afectadas por la medida ser¨¢n objet¨®, seg¨²n el decreto, de un tratamiento espec¨ªfico dentro de dos a?os, con vistas a estudiar su liberalizaci¨®n. Con ello, el Gobierno no renuncia al principio general ahora consagrado por su texto legal. Las intervenciones excepcionales decretadas por el Gobierno, motivadas por circunstancias de crisis, calamidades, etc¨¦tera, no tendr¨¢n una duraci¨®n superior a seis meses.
Transparencia del mercado
El decreto tiene como segundo objetivo conseguir la m¨¢xima transparencia y buen funcionamiento del libre mercado. La publicidad de los precios de los productos al detalle seguir¨¢ siendo obligatoria. Se prohiben las pr¨¢cticas destinadas a perturbar la libre competencia, aunque se limita el tipo de establecimientos dedicados a la venta al p¨²blico de algunos productos denominados de gama alta (farmacia y perfumer¨ªa de lujo).El organismo destinado a garantizar el funcionamiento transparente y libre del mercado es un consejo de la competencia, que estar¨¢ compuesto por 16 miembros, nombrados por seis a?os renovables, entre personas de altos organismos del Estado, la Magistratura, personalidades destacadas y profesionales. El consejo tendr¨¢ una funci¨®n consultiva y otra administrativa, con posibilidad de emitir sanciones pecuniarias y dict¨¢menes ejecutivos, y contar¨¢ con procedimientos de urgencia para resolver los problemas que requiera una intervenci¨®n r¨¢pida destinada a atajar un atentado contra la libre competencia.
Respecto a la concentraci¨®n empresarial, el consejo deber¨¢ intervenir en los casos en que se produzcan fusiones de empresas que afecten al 25% del mercado de un producto o servicio o a una cifra de negocios superior a los 7.000 millones de francos (140.000 millones de pesetas).
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