El marqu¨¦s de Villaverde no podr¨¢ percibir dos pensiones
La Magistratura de Trabajo n¨²mero 6 de Madrid desestim¨® ayer la demanda del marqu¨¦s de Villaverde, Crist¨®bal Mart¨ªnez-Bordi¨² Ortega, que pretend¨ªa compatibilizar la percepci¨®n de dos pensiones de la Seguridad Social con su trabajo activo en la Escuela Nacional de Enfermedades del t¨®rax, seg¨²n sentencia a la que tuvo acceso Efe.El marqu¨¦s de Villaverde, de 64 a?os, yerno del anterior jefe del Estado, ten¨ªa concedida una pensi¨®n de jubilaci¨®n con cargo a la extinguida Mutualidad Nacional de la Seguridad Social de los Trabajadores Ferroviarios, en raz¨®n a los servicios prestados como m¨¦dico desde el 4 de abril de 1951 hasta el 31 de julio de 1977 para Renfe, con cuant¨ªa inicial de 10.220 pesetas mensuales.
Del mismo modo y con cargo al r¨¦gimen general de la Seguridad Social, con efectos de 1 de marzo de 1984, el marqu¨¦s de Villaverde ten¨ªa reconocida una pensi¨®n de jubilaci¨®n cuyo importe era de 91.780 pesetas mensuales brutas, con 14 pagas al a?o.
El 28 de enero de 1985, Crist¨®bal Mart¨ªnez-Bordi¨² present¨® una declaraci¨®n ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en la que optaba por continuar desempe?ando el trabajo activo de director de la Escuela Nacional de Enfermedades, del T¨®rax, ante la situaci¨®n de incompatibilidad con la pensi¨®n citada. La Direcci¨®n Provincial del INSS suspendi¨® con efectos del 1 de febrero de 1985 el pago de la pensi¨®n de jubilaci¨®n por incompatibilidad con el trabajo.
El magistrado de Trabajo n¨²mero 6, Jes¨²s Gull¨®n Rodr¨ªguez, dice que "la medida legal de incompatibilidad no supone confiscaci¨®n o expropiaci¨®n alguna, especialmente si se tiene en cuenta que no se suprime el derecho al percibo de una pensi¨®n, sino que solamente se suspende su pago en tanto dure la situaci¨®n legal de incompatibilidad".
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