El Banco de Espa?a restringe t¨¦cnicamente la venta de participaciones de 'cr¨¦ditos-subastas' y pagar¨¦s
El Banco de Espa?a envi¨® el lunes una circular a los bancos y cajas de ahorro en la que, por medio del establecimiento de nuevas normas sobre informaci¨®n y contabilizaci¨®n de pagar¨¦s de empresa, participaciones y transferencias de activos, regula t¨¦cnicamente la venta de cr¨¦ditos-subastas y de los activos conocidos como papel comercial. Algunos expertos estiman que la nueva normativa restringir¨¢ en la pr¨¢ctica este veh¨ªculo de moda de financiaci¨®n a corto de las grandes empresas -el¨¦ctricas y empresas p¨²blicas- y que, a la vez, era un f¨¢cil instrumento de captaci¨®n de pasivo para el sistema financiero.
La circular n¨²mero 2/1987, del 6 de febrero, justifica su publicaci¨®n dada "la importancia que ha adquirido el mercado de pagar¨¦s de empresa", lo que exige "recabar informaci¨®n suficiente acerca de las cuant¨ªas negociadas y los tipos de inter¨¦s aplicados en aquellos t¨ªtulos que bancos y cajas de ahorro colocan o adquieren". "Asimismo", a?ade la nota, "es necesario conocer la importancia de las participaciones y transferencias de activos que realicen estas entidades".Las nuevas normas fuerzan a las bancas y cajas de ahorro a considerar como dep¨®sitos bancarios, a efectos de cubrir los coeficientes obligatorios de caja e inversi¨®n, todas aquellas participaciones de cr¨¦ditos en pagar¨¦s que no se vendan en su totalidad. Para expertos consultados, esto significa que el volumen de negocio que una entidad bancaria pueda realizar con este tipo de activos queda limitado, hasta el extremo marcado por el cumplimiento de las reglas habituales sobre coeficientes.
No obstante, quedan excluidas de esta regulaci¨®n las participaciones vendidas en su totalidad -es decir, aquellos cr¨¦ditos o pagar¨¦s transferidos o subrogados a terceros-, si bien la circular obliga a los bancos y caj as a crear una "cuenta de orden" en la que queden reflejados, a efectos de informaci¨®n, los activos transferidos en estas condiciones. Fuentes bancarias estiman que el Banco de Espa?a puede en unos meses forzar a las entidades a dotar, en una determinada proporci¨®n, esta cuenta de orden con los necesarios recursos propios, a efecto de limitar el riesgo de fallidos.
Efectos sobre el mercado
La oportunidad de publicaci¨®n de esta circular fue ayer objeto de amplio comentario en c¨ªrculos financieros y empresariales, ya que el Banco de Espa?a obliga a los bancos y cajas a cumplirla en un momento especialmente delicado para las entidades que, como los bancos de inversi¨®n (fundamentalmente, extranjeros), han estado muy activos en este tipo de operaciones.No obstante, fuentes monetarias se?alan que el efecto de la circular sobre el mercado ser¨¢ muy limitado.
La emisi¨®n de pagar¨¦s de empresa y el recurso a "cr¨¦ditos subastas" pasa por ser la especialidad de las grandes empresas, tales como las el¨¦ctricas (b¨¢sicamente, Endesa), sociedades p¨²blicas (Renfe y Telef¨®nica) y organismos como el Instituto Nacional de Industria (INI).
Es muy posible que los intermediarios financieros de car¨¢cter bancario traten ahora de limitar este tipo de operaciones al forzarles a incluirlas en su balance.
Sin embargo, la normativa no es m¨¢s que un intento razonable del Banco de Espa?a de adecuar el funcionamiento del denominado mercado del papel comercial a la normativa vigente en el Reino Unido y Estados Unidos, donde tanto el Banco de Inglaterra como el Sistema Federal de la Reserva tienen informaci¨®n precisa, a efectos de control de la masa monetaria, de su volumen.
A juicio de expertos bancarios, la circular del Banco de Espa?a presenta una importante laguna. Debido a la ausencia de legislaci¨®n en la materia, el banco emisor se ha visto ante la imposibilidad de incluir en la circular a los "intermediarios financieros no bancarios", tales como las mediadoras y servicios financieros, por lo que "la ley crea su propia trampa". De ahora en adelante es previsible la creaci¨®n de este tipo de sociedades que puedan realizar la misma funci¨®n sin caer bajo las restricciones bancarias.
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