El Constitucional deniega el amparo a la viuda del escultor Pablo Serrano
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por la viuda del escultor Pablo Serrano en defensa de los derechos de propiedad art¨ªstica sobre la obra Viaje a la Luna en el fondo del mar, instalada en 1962 en, un hotel de Torremolinos (M¨¢laga) y posteriormente retirada, contra la voluntad del escultor. El alto tribunal estima que la retirada de la escultura se hizo seg¨²n la legalidad entonces vigente y que en este caso no puede aplicarse la Constituci¨®n con car¨¢cter retroactivo.La obra de Pablo Serrano fue adquirida por Industrias Tur¨ªsticas, SA (INTUSA), por el precio de 75.000 pesetas, e instalada en el vest¨ªbulo del hotel Tres Carabelas, de Torremolinos. Posteriormente, los administradores de INTUSA la re tiraron porque "su efecto era desastroso".
Agotada la v¨ªa judicial ordinaria, Juana Concepci¨®n Frinc¨¦s de la Campa, viuda de Pablo Serrano, bajo la direcci¨®n jur¨ªdica de Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa, pidi¨® el amparo del Tribunal Constitucional, ante el que invoc¨® el derecho a la producci¨®n y creaci¨®n art¨ªstica reconocido en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n. La sentencia del alto tribunal descarta la posibilidad de aplicar retroactivamente la Constituci¨®n a este caso, judicialmente agotado.
El alto tribunal estima "manifiestamente inaceptable el argumento de que la situaci¨®n que se estima vulneradora de los derechos fundamentales invocados se ha perpetuado". La sentencia recoge que igual sucede "con todas las indefensiones que pudieran haberse producido en los procesos judiciales, fenecidos antes de la vigencia de la Constituci¨®n o con todos los atentados a la libertad ideol¨®gica o a la libre circulaci¨®n de personas realizados con anterioridad a la Constituci¨®n", a los que ser¨ªa preciso abrir el recurso de amparo.
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