Los tribunales laborales revocan las sanciones de Renfe a trabajadores a quienes se hall¨® droga en la sangre
La Magistratura de Trabajo ha revocado ya varias sanciones impuestas por Renfe a un n¨²mero indeterminado pero numeroso de empleados -de los que al menos siete de ellos fueron despedidos- tras detectarse la presencia de cannabis en 543 casos de los 10.000 an¨¢lisis de orina que la empresa ha hecho entre sus empleados, seg¨²n afirm¨®, a t¨ªtulo personal, Eduardo Ybern¨®n, miembro de CC OO de Renfe, y la Asociaci¨®n de Consumidores de Derivados del Cannabis (ACDC). La ACDC denunciar¨¢ al Defensor del Pueblo la inconstitucionalidad de estos an¨¢lisis obligatorios. Renfe defendi¨® ayer unas medidas que estima protectoras de la seguridad en los trenes.
Eduardo Ybern¨®n y Gin¨¦s Pitaluga, portavoz de la ACDC, explicaron a este peri¨®dico que los reconocimientos m¨¦dicos se hicieron obligatorios en base a la circular 507 de la direcci¨®n, de fecha 1 de marzo de 1984, desarrollada en sus aspectos sancionadores por la publicaci¨®n de una normativa transitoria sobre drogadicci¨®n de fecha 8 de mayo de 1986, donde se especifica la apertura de expedientes laborales disciplinarios a los trabajadores en los que se detecten indicios de consumo de drogas.En base a estos an¨¢lisis, un buen n¨²mero de los 543 trabajadores, aunque no se conoce su n¨²mero exacto, fueron sancionados con diversas penas de suspensi¨®n de empleo y sueldo, que se van agravando, hasta llegar al despido, si en sucesivos an¨¢lisis siguen dando positivo.
Varias de las sanciones de empleo y sueldo han sido revocadas por la Magistratura de Trabajo en raz¨®n a que los an¨¢lisis s¨®lo prueban que el sujeto ha fumado hach¨ªs, pero no que lo hiciera en tiempo de trabajo. As¨ª, la sentencia de Magistratura de Trabajo de 4 de noviembre de 1986 se?ala: "Al no haberse acreditado sea [el trabajador que recurri¨® el despido] consumidor habitual de drogas y que ha desarrollado sus funciones con normalidad sin que el consumo incidental de t¨®xicos afectara a su trabajo, procede revocar ¨ªntegramente la sanci¨®n impuesta". Otra sentencia de 28 de febrero de 1987, referida a un trabajador de Renfe al que se le encontraron opi¨¢ceos y cannabis en la orina, desestim¨® la sanci¨®n porque "los tratamientos con jarabes o preparados de code¨ªna y otros pueden dar resultado positivo a opi¨¢ceos, y el consumo, aun ligero, de cigarros de hach¨ªs da resultado positivo durante una temporada superior a un mes".
Despido revocado
Ayer se fall¨® el recurso interpuesto por Jos¨¦ Mar¨ªa Mart¨ªnez, empleado de Renfe en la estaci¨®n de Chamart¨ªn, despedido por la compa?¨ªa tras verse sometido a tres an¨¢lisis de orina consecutivos que dieron positivo los tres. La sentencia a¨²n no se ha hecho p¨²blica, pero se sabe que ha sido favorable al empleado.En este caso, el trabajador aport¨® un informe del Instituto Oficial de Toxicolog¨ªa que se?ala que, aunque los efectos de alteraci¨®n de la percepci¨®n producidos por fumarse un canuto no pasan de pocas horas, su presencia en la orina puede prolongarse durante aproximadamente un mes. "Es decir", aclara Ybern¨®n, "una persona puede fumarse un canuto en su d¨ªa libre, sin que eso ponga en peligro a nadie, y la prueba que se le realice 15 d¨ªas despu¨¦s dar¨¢ positiva".
Ybern¨®n y Pitaluga resaltaron que las pruebas s¨®lo son obligatorias para determinadas categor¨ªas de trabajadores, y queda exenta toda la c¨²pula directiva de la compa?¨ªa. "Para que esas pruebas pudieran servir de base a sanciones", argumentaron, "deber¨ªan ser an¨¢lisis de sustancia activa, como los que se hacen a un conductor ebrio, que se le realizan en el momento en que va conduciendo".
Dami¨¢n Navascu¨¦s, director de personal de Renfe, desminti¨® ayer todas las acusaciones contra la compa?¨ªa, y rechaz¨® de plano que pueda hablarse de pr¨¢cticas inconstitucionales. Navascu¨¦s reiter¨® que la legislaci¨®n internacional y nacional exige la realizaci¨®n de chequeos m¨¦dicos peri¨®dicos a todas aquellas personas cuyo estado de salud, por raz¨®n de su trabajo, pueda tener incidencias en la seguridad del tr¨¢fico ferroviario y de los viajeros. "Y no s¨®lo por consumo de drogas, sino por cualquier problema de vista, cardiopat¨ªas, etc¨¦tera".
Que este tipo de chequeos es algo habitual lo demuestra, seg¨²n los datos facilitados por Navascu¨¦s, que entre 1981 y 1986 se efectuaron m¨¢s de 90.000 reconocimientos m¨¦dicos. Renfe realiz¨® en 1986 831 reconocimientos por sorpresa, pr¨¢ctica que tambi¨¦n es habitual.
El director de personal afirm¨® que la cifra de sancionados ha sido de 22, de los que 19 lo fueron por detectarse presencia de sustancias de cannabis y tres de opi¨¢ceos. A?adi¨® que la cifra de muchos cientos manejada por Ybern¨®n y Pitaluga era falsa y descabellada y puntualiz¨® que s¨®lo se hab¨ªan producido dos despidos, mientras que las sanciones por consumo de alcohol ascendieron a tres. Navascu¨¦s a?adi¨® que hasta ahora s¨®lo hab¨ªa habido un juicio por consumo de cannabis, que se hab¨ªa resuelto a favor de la empresa.
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