El periodista s¨®lo revelar¨¢ sus fuentes al juez seg¨²n un proyecto gubernamental
El anteproyecto de ley org¨¢nica que regula la cl¨¢usula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas indica en su tercer y ¨²ltimo art¨ªculo que el profesional de la informaci¨®n s¨®lo deber¨¢ o estar¨¢ obligado a declarar sus fuentes ante el juez, y cuando se trate de un procedimiento penal. El texto del anteproyecto de la futura ley fue adelantado ayer por la agencia Europa Press, que inform¨® que se halla pr¨¢cticamente a punto de ser enviado para su aprobaci¨®n al Consejo de Ministros, de donde ser¨ªa enviado al Parlamento.
El anteproyecto de ley es breve y conciso. Consta de tres art¨ªculos y una disposici¨®n final que se refiere a su entrada en vigor, y en caso de ser aprobada por el Parlamento tendr¨ªa car¨¢cter de ley org¨¢nica debido a que desarrolla el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n. Seg¨²n los redactores del anteproyecto, consultados por Europa Press, en su elaboraci¨®n han participado miembros del Grupo Parlamentario, Socialista, la oficina del portavoz del Gobierno y personal del Ministerio de Justicia.El art¨ªculo 1 del proyecto de ley define qui¨¦n es periodista a los efectos de esta norma org¨¢nica. Seg¨²n los redactores del proyecto consultados, este art¨ªculo dice textualmente:
"A los efectos de la presente ley, son periodistas quienes como trabajo habitual y retribuido se dedican a obtener o elaborar informaci¨®n, para difundirla o comunicarla p¨²blicamente por cualquier medio de comunicaci¨®n social".
El art¨ªculo 2 del proyecto hace referencia a la cl¨¢usula de conciencia, y seg¨²n los redactores del proyecto se recogen en ¨¦l tres aspectos b¨¢sicos. En primer lugar, el periodista podr¨¢ proceder a la rescisi¨®n de su contrato cuando el medio de comunicaci¨®n en el que trabaja cambie de orientaci¨®n ideol¨®gica.
Negar la firma
En segundo lugar, el periodista se podr¨¢ negar a que se ponga su firma en un texto del que es autor que haya sido modificado, bien a trav¨¦s de introducir conceptos nuevos o bien al suprimir alg¨²n concepto original. Por ¨²ltimo, el periodista no estar¨¢ obligado a realizar o firmar art¨ªculos que vayan contra su propia conciencia.El tercer y ¨²ltimo art¨ªculo del anteproyecto de ley regula el secreto profesional. Seg¨²n las fuentes consultadas por Europa Press, ha sido en este punto en donde la discusi¨®n ha sido m¨¢s profunda. Estas fuentes indicaron que incluso no se descarta que se pueda a¨²n introducir alguna modificaci¨®n antes de que el anteproyecto sea aprobado en Consejo de Ministros.
Los redactores del anteproyecto se han inclinado por una idea central, que, en su opini¨®n, consideran que ser¨¢ la que prevalecer¨¢ definitivamente: el periodista s¨®lo est¨¢ obligado a revelar sus fuentes ante un juez y en el marco de un procedimiento penal.
Los redactores del anteproyecto han descartado que el periodista pueda revelar su fuente ante la Administraci¨®n, la polic¨ªa, etc¨¦tera, pero subsiste un peque?o debate o discusi¨®n sobre si se puede hacer uso del secreto profesional ante el titular de la empresa. Es decir, si el periodista debe decir la fuente a su director.
El Grupo Parlamentario del CDS present¨® a finales de 1986 un proyecto de ley sobre el tema al Parlamento.. El Pleno del Congreso de los Diputados rechaz¨® el 6 de noviembre de 1986 dicho proyecto por el voto en contra del Grupo Socialista.
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