El Consejo Supremo de Justicia Militar reducir¨¢ las condenas a dos de los golpistas del 23-F
El Consejo Supremo de Justicia Militar, m¨¢ximo tribunal castrense, de pronta desaparici¨®n, har¨¢ p¨²blica en los pr¨®ximos d¨ªas su resoluci¨®n sobre la revisi¨®n de las penas impuestas a los militares condenados por su participaci¨®n en el frustrado golpe de Estado del 23 de febrero de 1981. Seg¨²n estimaciones de fuentes cercanas al alto tribunal, esa revisi¨®n s¨®lo beneficiar¨¢ ligeramente a dos de los tres ex generales -Alfonso Armada, Jaime Milans y Luis Torres Rojas- condenados en esa causa, cuyas penas ser¨¢n reducidas en tres o cuatro a?os. Las restantes condenas no ser¨¢n modificadas.
Es muy probable que esta misma semana sea conocida la decisi¨®n del Consejo Supremo de Justicia Militar, que ha tenido que revisar las partes de la sentencia referidas a quienes todav¨ªa no han cumplido la totalidad de las penas. Se trata, por tanto, de las condenas impuestas a los ex generales Jaime Milans (30 a?os de prisi¨®n) y Alfonso Armada (30 a?os), al ex teniente coronel Antonio Tejero (30 a?os), al general Luis Torres Rojas (12 a?os), a los coroneles Jos¨¦ Ignacio Sanmart¨ªn (10 a?os) y Diego Ib¨¢?ez Ingl¨¦s (ya fallecido, condenado a 10 a?os) y al comandante Ricardo Pardo Zancada (12 a?os).La revisi¨®n de las penas ha sido realizada debido a que el ya desaparecido C¨®digo de Justicia Militar -aplicado a los golpistas- fijaba para los autores del delito de rebeli¨®n penas superiores a las que en diciembre de 1985 fueron recogidas en la ley org¨¢nica de Reforma del C¨®digo Penal. Esta reforma, por la que el delito de rebeli¨®n pas¨® a ser competencia de los tribunales ordinarios, entr¨® en vigor el pasado 1 de junio, lo que oblig¨® a revisar la sentencia inicial.
Para las fuentes informantes, el ex general Alfonso Armada ser¨¢ uno de los beneficiados, mientras el segundo ser¨¢ el ex general Milans o el general Torres Rojas. En el caso de Armada, su condena de 30 a?os era la ¨²nica pena fijada en el C¨®digo de Justicia Militar para el cabeza de la rebeli¨®n -junto con Milans y Tejero- Pero la reforma de diciembre de 1985 recoge la posibilidad de que a los dirigentes de una rebeli¨®n les sean aplicadas penas inferiores seg¨²n las circunstancias de su particitaci¨®n.
Grados diferentes
As¨ª, y seg¨²n la nueva legislaci¨®n, los autores del delito de rebeli¨®n deben ser condenados a reclusi¨®n mayor, lo que significa que pueden ser dictadas contra ellos penas que oscilan entre los 20 y los 30 a?os de prisi¨®n. Esta diferencia entre 20 y 30 a?os queda a la consideraci¨®n del tribunal, que deber¨¢ elegir entre aplicar la pena en su grado m¨ªnimo (oscilar¨ªa entre 20 y 23,5 a?os), medio (entre 23,5 y 27 a?os) o m¨¢ximo (entre 27 y 30 a?os). De acuerdo con las fuentes informantes, la reducci¨®n que el Consejo Supremo de Justicia Militar aplicar¨¢ a Armada ser¨¢ la m¨ªnima, con lo que su condena definitiva ser¨¢ de unos 26 o 27 a?os de prisi¨®n en lugar de los 30 actuales.
Para reducir la pena al ex general Armada es muy probable que el tribunal militar tenga en cuenta que el entonces segundo jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito no empu?¨® las armas en la rebeli¨®n ni dirigi¨® tropas contra el poder establecido. En el caso de Milans, si este ex general resulta beneficiado, se desconoce qu¨¦ argumentos podr¨¢ emplear el tribunal. Con respecto a Torres Rojas, ¨¦ste se beneficiar¨ªa del hecho de que su participaci¨®n tampoco fue directa con el uso de armas o tropas. La reducci¨®n en este caso tambi¨¦n ser¨ªa m¨ªnima.Las fuentes consultadas estiman que es pr¨¢cticamente imposible que el resto de condenados que a¨²n no ha cumplido sus penas se vean beneficiados por la revisi¨®n, a la vista de las graves condiciones que rodearon sus intervenciones en el golpe de Estado de febrero de 1981.
De los 29 militares y un civil condenados por el 23-F s¨®lo cuatro permanecen en prisi¨®n. Se trata de los tres citados ex generales condenados y del ex teniente coronel Antonio Tejero. Por el momento, y en contra de numerosos comentarios surgidos en los ¨²ltimos a?os, no existe proyecto alguno a corto plazo sobre indultos o medidas de gracia. No obstante, las fuentes oficiales consultadas no descartan que en el futuro el Gobierno decida autorizar la salida de prisi¨®n de los ex generales Armada y Milans. El primero, por la concesi¨®n de un indulto que ha solicitado varias veces. El segundo, por raz¨®n de edad, ya que cuenta con 72 a?os.
De acuerdo con esas fuentes, todo parece indicar que el ¨²nico implicado en el golpe que todav¨ªa pasar¨¢ bastantes a?os en prisi¨®n ser¨¢ Tejero, quien, adem¨¢s de que el tribunal le consider¨®, golpista reincidente, emple¨® sus propias armas frente al Gobierno y los diputados. Tejero, de otro lado, se ha negado siempre a solicitar el indulto.
Una de las ¨²ltimas decisiones del consejo
., La revisi¨®n de la sentencia por el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981 constituye una de las ¨²ltimas intervenciones de importancia del Consejo Supremo de Justicia Militar. El mes pasado, los miembros de este organismo celebraron por ¨²ltima vez la apertura del a?o judicial castrense, y en abril de 1988 dejar¨¢ de existir este tribunal.
El pasado mes de julio, las Cortes aprobaron la ley de Organizaci¨®n de la Jurisdicci¨®n Militar. En la misma se indica que el m¨¢s alto tribunal en la Jurisdicci¨®n militar ser¨¢ la Sala Quinta, llamada "de lo militar", del Tribunal Supremo. Esta sala quedar¨¢ integrada por un presidente y siete magistrados; de ellos, cuatro pertenecer¨¢n a la carrera judicial, y el resto, a los cuerpos jur¨ªdicos de los ej¨¦rcitos.
Conflicto de competencias
En los ¨²ltimos meses, el consejo ha protagonizado un prolongado debate porque interpret¨® que no le compet¨ªa revisar la sentencia del 23-F, ya que los delitos de rebeli¨®n hab¨ªan pasado a ser competencia de los tribunales ordinarios. Posteriormente, el Tribunal Supremo dict¨® un auto por el que decidi¨® que era el tribunal castrense, por haber sido ¨¦ste el que juzg¨® y emiti¨® la sentencia inicial, el que deb¨ªa revisar la misma.
Esta revisi¨®n de las penas del 23-F constituir¨¢ la tercera sentencia contra los inculpados. La primera se produjo en la primavera de 1982, tras el juicio celebrado ante el Consejo Supremo de Justicia. Militar. En abril de 1983, el Tribunal Supremo resolvi¨® los recursos presentados y elev¨® las penas a varios de los implicados. Ahora, el consejo revisa la sentencia para aplicar los beneficios de las ¨²ltimas reformas legales en ese terreno.
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