Refugiados y derechos humanos en Europa
La reciente concesi¨®n a su majestad el rey Juan Carlos I del m¨¢s importante t¨ªtulo en cuanto a protecci¨®n de refugiados -la llamada medalla Nansen-- podr¨ªa ser una buena oportunidad para intentar cambiar los signos regresivos que en esta materia est¨¢n dominando Europa. Un pa¨ªs como Espa?a, que ha vivido en su propia carne el dolor del exilio, que recibi¨® en su momento pruebas de solidaridad internacional y que dentro de sus medios viene realizando una labor claramente positiva, deber¨ªa alzar su voz para denunciar sin vacilaciones, sin reservas y sin temores, la situaci¨®n actual.Adem¨¢s de las incontroladas reacciones de xenofobia (la calificaci¨®n de Jean-Marie le Pen del genocidio de los jud¨ªos europeos como una an¨¦cdota hist¨®rica es un ejemplo importante, pero s¨®lo un ejemplo entre muchos), la Europa democr¨¢tica est¨¢ tolerando, en efecto, que se vaya diluyendo d¨ªa a d¨ªa su tradicional sensibilidad frente al problema espec¨ªfico de los refugiados.
En el pasado mes de junio, la Consulta Europea sobre Refugio y Exilio,(ECRE, European Consultation on Refugee and Exile) hizo p¨²blico un documento que, bajo el t¨ªtulo Una pol¨ªtica de asilo para Europa, pretende ser una propuesta seria dirigida a los Estados occidentales capaz de flex¨ªbilizar y armonizar unas pol¨ªticas de asilo notablemente deterioradas. Dicho informe denuncia la celebraci¨®n en secreto de una serie de reuniones multilaterales entre representantes de diversos pa¨ªses europeos sobre materia de refugio y asilo encaminadas a adoptar pol¨ªticas restrictivas que hagan descender el n¨²mero de solicitudes de asilo por parte de refugiados procedentes del Tercer Mundo. Muchos de estos encuentros se han desarrollado, seg¨²n afirma la ECRE, al margen del control parlamentario de los respectivos pa¨ªses.
El Parlamento Europeo se ha mostrado tambi¨¦n especialmente sensible hacia este proceso involutivo que afecta a las legislaciones sobre refugiados y extranjeros de todos los Estados miembros de la Comunidad Europea (CE).
Pol¨ªtica restrictiva
En marzo pasado, el diputado alem¨¢n occidental Heinz Oskar Vetter present¨® ante la C¨¢mara comunitaria un detallado informe sobre la situaci¨®n de los refugiados en cada uno de los pa¨ªses miembros, adem¨¢s de se?alar sus condiciones de vida, las posibilidades de acceso a las prestaciones sociales, sanitarias y laborales en cada caso y la actitud de la Comunidad ante los refugiados residentes en otros pa¨ªses extraeuropeos. Este informe proporciona datos tan interesantes como el que se refiere al descenso que se constata desde 1982 de las concesiones de refugio y asilo en pa¨ªses con tradiciones de asilo tan arraigadas como Francia, B¨¦lgica, Dinamarca, Italia y el Reino Unido. El diputado Vetter se?ala tambi¨¦n en su informe la evoluci¨®n registrada durante los ¨²ltimos a?os de la interpretaci¨®n dada hasta ahora de los t¨¦rminos y condiciones que la Convenci¨®n de Ginebra de 195 1, de
la que son firmantes todos los
pa¨ªses de la CE, para la deter
minaci¨®n del estatuto de refu
giado: sustituci¨®n del factor
subjetivo (temor del solicitante
a sufrir persecuci¨®n en su p . ais
de origen) por el factor objetivo
(el solicitante habr¨¢ de mostrar
pruebas documentales que prue
ben dicha persecuci¨®n).
Ante este implacable proceso de reinterpretaci¨®n de la convenci¨®n y el resto de los documentos legales internacionales sobre los derechos de los refugiados, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados -organismo constituido en 1951 por la Asamblea General de la ONU para defender la protecci¨®n internacional de los refugiados y su subsistencia material- no cesa de insistir en la obligaci¨®n que los Estados firmantes tienen de aplicar los t¨¦rminos de la convenci¨®n conforme a su esp¨ªritu original y de la forma m¨¢s humanitaria, y, por tanto, m¨¢s flexible, posible. Aparte de denunciar la gravedad que supone para la seguridad que los pa¨ªses de primer asilo est¨¢n impelidos a prestar a los solicitantes de asilo el que se conculque el derecho de no devoluci¨®n (derecho de non- r¨¦foulement, en terminolog¨ªa internacional), el Alto Comisionado est¨¢ multiplicando sus cr¨ªticasante el hecho de que los pa¨ªses de la CE ignoren de manera casi sistem¨¢tica muchas de las causas determinantes de asilo reconocidas por la convenci¨®n a la hora de conceder los estatutos a los solicitantes.
Europa tiene que reaccionar ante esta situaci¨®n. Ning¨²n temor puede justificar un retroceso en la evoluci¨®n europea de las ¨²ltimas cuatro d¨¦cadas, basada en la b¨²squeda de la libertad y la apertura a otros pueblos, en fidelidad a lo que ha sido la esencia secular del continente. Ninguna defensa de los intereses europeos, ll¨¢mese seguridad interna frente al terrorismo o ll¨¢mese paz social, podr¨¢ ser leg¨ªtima si para ello necesitamos restringir los derechos humanos de los m¨¢s d¨¦biles, si se descuida la defensa de las minor¨ªas en beneficio de la defensa de las mayor¨ªas. Los problemas de la democracia nunca se corrigen con menos, sino con m¨¢s democracia.
Principio' de solidaridad
Muy pronto se cumplir¨¢n 40 a?os desde aquella ma?ana del 10 de diciembre de 1948 en la que la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamase la Declaraci¨®n Universal de Derechos Humanos. Muchos de losprincipios humanitarios contenidos en aquella carta no s¨®lo no se han alcanzado todav¨ªa, sino que son violados en muchas partes, o cuando menos ignorados. En Europa hemos tenido la suerte de conquistar la democracia y de elaborar unas leyes que, en su mayor parte, recogen los derechos y libertades consagrados por las Naciones Unidas. Todas las constituciones de los pa¨ªses democr¨¢ticos occidentales recogen el derecho de asflo reconocido por la declaraci¨®n en su art¨ªculo 13, y cada Estado lo ha desarrollado en leyes espec¨ªficas de refugio. Los actuales problemas a los que se enfrentan hoy en d¨ªa las democracias occidentales han propiciado, sin embargo, actitudes negativas, contrarias al esp¨ªritu original de estas leyes, que corre el riesgo de ser hibernado. Pero ni el fr¨ªo legislativo, ni las actitudes a la defensa, ni el aislamiento, contribuir¨¢n a solucionar los problemas de Europa. El problema de los refugiados solamente podr¨¢ afrontarse con realismo desde un reconocimiento pleno de la dram¨¢tica realidad humana de estas personas y la defensa un¨¢nime de sus derechos.
De los 12 millones de seres humanos que tienen la condici¨®n de refugiados, una gran mayor¨ªa (m¨¢s del 80%) se encuentra en pa¨ªses de escaso desarrollo econ¨®mico en cuatro zonas geogr¨¢ficas perfectamente definidas: ?frica subsahariana, Oriente Pr¨®ximo, Am¨¦rica Central y el sureste asi¨¢tico. En Europa, en contra de lo que suele pensarse, s¨®lo han encontrado refugio algo m¨¢s de 600.000, 15.000 de los cuales viven en Espa?a. Tenemos, ciertamente, un amplio margen para ejercer el principio de solidaridad. Tolerar los movimientos involucionistas actuales ser¨ªa un acto de irresponsabilidad hist¨®rica.
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