Condenan a una mujer a indemnizar a su marido por haberle sido infiel
Un juez valenciano ha condenado a una mujer a indemnizar con 400.000 pesetas a su marido por haberle sido infiel. Seg¨²n la sentencia, dictada por el magistrado Pedro P¨¦rez Puchal, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de Valencia, la mujer inscribi¨® como hija del matrimonio a una ni?a que hab¨ªa concebido con otro hombre."Esta infracci¨®n del deber de fidelidad no es excusable", afirma el juez, "puesto que teniendo una profesi¨®n y medios econ¨®micos de subsistencia nada le imped¨ªa, si hab¨ªa dejado de estimar a su marido, solicitar la separaci¨®n, que le hubiera relevado, si no moralmente s¨ª legalmente, de ese deber y, cuando menos, le hubiera evitado el enga?o y el hacer pasar a su hija como de su marido". Tras el conocimiento de la falsa paternidad, el matrimonio inici¨® un proceso legal paralelo a ¨¦ste, que ha concluido con una sentencia de divorcio.
Choque mental
El magistrado considera que la infidelidad es la causa de los problemas posteriores de inscripci¨®n de la ni?a. "El incumplimiento del deber de fidelidad trajo, por consiguiente, por una parte, el imponer la falsa paternidad de una hija a su marido, y por otra, al tener conocimiento de ello el marido (...), le produjo el choque mental semejante al de la p¨¦rdida de un hijo", se explica en uno de los fundamentos de derecho. El proceso se inici¨® por una demanda que el marido present¨® contra su esposa, en la que reclamaba una indemnizaci¨®n de 1.500.000 pesetas por los da?os morales causados y otra de 473.041 pesetas por los gastos que le ocasion¨® la ni?a desde el nacimiento hasta que descubri¨® la falsedad de la inscripci¨®n, un a?o y medio despu¨¦s. El juez no ha estimado esta segunda reclamaci¨®n por los gastos, y la primera la ha reducido a 400.000 pesetas, "siempre sobre la base de que el da?o moral es de imposible valoraci¨®n".El juez detalla que "entre marzo y principios de mayo de 1977, vigente el matrimonio, la mujer comenz¨® a incumplir el deber de fidelidad que, con car¨¢cter esencial y fundamental del matrimonio, impone el art¨ªculo 68 del C¨®digo civil".
La mujer demandada aleg¨® en el proceso de separaci¨®n, entre otros aspectos, que el marido hab¨ªa demostrado desinter¨¦s por la peque?a desde el nacimiento. El juez rechaza esta alegaci¨®n. "Es muy natural", dice m¨¢s adelante la sentencia, "que del vestido de una ni?a se ocupe su madre, como tambi¨¦n es natural, como confiesa el actor, que reservara a su mujer las decisiones sobre educaci¨®n y formaci¨®n de la ni?a, dada la identidad de sexo o la menor capacidad del hombre (dicho sea en t¨¦rminos generales) para decidir sobre esas cuestiones referidas a las ni?as".
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