La ventaja de las cajas para captar dinero con operaciones de seguro desaparecer¨¢ en enero
Algunas de las ventajas fiscales y econ¨®micas de que disfrutan diversas cajas de ahorro para captar dinero entre su clientela mediante operaciones de seguro desaparecer¨¢n en enero. A instancias del Ministerio de Econom¨ªa, ser¨¢ modificado en el Senado el proyecto de ley de Presupuestos del Estado para 1988, con el fin de adecuar tales pr¨¢cticas a la normativa de la Comunidad Europea (CE). Varios grandes bancos y la patronal de seguros hab¨ªan solicitado que se prohibieran estas operaciones con el fin de evitar que las cajas catalanas -La Caixa y, en menor medida, la Caja de Ahorros de Barcelona y la Caja de Ahorros de Catalu?a- copen el mercado de seguros de vida.
La modificaci¨®n consistir¨¢ en aprovechar el marco legal de los Presupuestos del Estado para derogar una disposici¨®n de la ley sobre coeficientes de inversi¨®n de los intermediarios financieros, que hace dos a?os y medio alter¨® -de forma entonces inadvertida- las reglas de juego entre la banca y el sector asegurador. Mientras que la ley de ordenaci¨®n del seguro privado hab¨ªa recogido en 1984 como condici¨®n para operar en el sector la necesaria exclusividad en el objeto social -de acuerdo con las normas comunitarias-, la de coeficientes de inversi¨®n dej¨® resquicios a que algunas cajas operaran con seguros de vida sin cumplir tal exclusividad y sin inmovilizar mediante los coeficientes de caja y de inversi¨®n buena parte de los recursos as¨ª obtenidos.Esto ya supone una ventaja comparativa respecto a las operaciones bancarias, evaluada por los afectados en que las cajas pueden ofrecer as¨ª a su clientela varios puntos m¨¢s de inter¨¦s. Pero las cajas tampoco estaban claramente obligadas a constituir las reservas propias de las aseguradoras, al tiempo que sus clientes pod¨ªan esgrimir las normas aplicables al seguro para limitarse a declarar los rendimientos anuales obtenidos como incrementos de patrimonio, en lugar de como intereses, que suponen aumento de renta. Entre las tres citadas cajas han captado, por operaciones a caballo entre el seguro y el cuasi dep¨®sito, cerca de un bill¨®n de pesetas en poco m¨¢s de un a?o, cuant¨ªa similar a la recaudada por todos los conceptos en el sector asegurador.
Presiones bancarias
A las presiones de algunos grandes bancos y de la patronal de seguros sobre el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda para que acabara con esta situaci¨®n se sum¨® en enero pasado la Comisi¨®n Europea. El Ejecutivo de Bruselas apercibi¨® al Gobierno espa?ol para que hiciera respetar el principio de objeto social ¨²nico si quer¨ªa evitar una denuncia formal ante el Tribunal de Estrasburgo. Despu¨¦s de negociar con la CE y de dudar entre utilizar el proyecto de ley de Presupuestos o el anteproyecto de disciplina bancaria, Econom¨ªa ha logrado que asuma la iniciativa el Grupo Socialista durante la pr¨®xima discusi¨®n en el Senado.Adem¨¢s de la citada derogaci¨®n, la enmienda socialista precisar¨¢ que los contratos de seguros realizados al amparo de la ley de coeficientes continuar¨¢n en vigor si han sido suscritos hasta el 31 de diciembre de 1987, "sin que a partir de dicha fecha puedan continuar realiz¨¢ndose esta clase de operaciones o prorrogarse las que quedan vigentes".
La enmienda, no obstante, dejar¨¢ abierta la posibilidad de que algunas entidades de dep¨®sito puedan realizar en el futuro operaciones de seguro, sin afectarles la norma comunitaria de objeto social ¨²nico. Ser¨¢n, en concreto, las que en sus estatutos figure expresa y directamente como objeto social complementario la actividad aseguradora (caso de La Caixa) o las que sean expresamente autorizadas por Econom¨ªa hasta el 1 de enero.
Pero incluso estas excepciones disfrutar¨¢n de menores ventajas que en la actualidad. Seguir¨¢n sin estar sujetas a los coeficientes de caja o inversi¨®n bancarios. Pero deber¨¢n llevar l4s operaciones de seguros con absoluta separaci¨®n, contable y econ¨®mico-financiera, as¨ª como constituir un patrimonio afecto exclusivamente a las operaciones de seguro y jur¨ªdicamente separado de los dem¨¢s elementos patrimoniales de la entidad. Adem¨¢s, desde el 1 de enero pr¨®ximo no podr¨¢n ceder en todo o en parte -como otras aseguradoras- su cartera de seguros.
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