62 a 13
HERRI BATASUNA opt¨® ayer por la huida. Si verdaderamente ten¨ªa algo que decir -algo diferente, se entiende, al habitual discurso de descalificaci¨®n de los dem¨¢s y elogio propio-, pudo haberlo hecho en el Parlamento vasco, con o sin presencia de Yoldi. Si no lo hizo fue porque la fantas¨ªa del abertzalismo radical seg¨²n la cual la legitimidad de la acci¨®n terrorista de ETA deriva de su condici¨®n de representante de todo el pueblo vasco, o al menos de su mayor¨ªa nacionalista, hubiera quedado muy gr¨¢ficamente ridiculizada ante el resultado que hubiera arrojado una eventual votaci¨®n entre las dos alternativas confrontadas: 62 a 13. Lo que significa que los representantes de la mayor¨ªa absoluta de los vascos -y m¨¢s concretamente del 83% de los ciudadanos mayores de edad- rechazan frontalmente que exista cualquier motivo que justifique el recurso a la violencia. Y que esa mayor¨ªa considera, contra lo que defiende HB, que el Estatuto de Gernika constituye un marco jur¨ªdico-pol¨ªtico legitimado democr¨¢ticamente y capaz de dar satisfacci¨®n a las aspiraciones de autogobierno de los ciudadanos de Euskadi.El pleno de la Audiencia Territorial de Bilbao, actuando en funciones de Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco, deneg¨® la autorizaci¨®n para que asistiera Yoldi. Su resoluci¨®n es razonable. En febrero pasado, cuando los tribunales accedieron a la petici¨®n presentada por HB, Yoldi era un preso preventivo pendiente de juicio y que postulaba su candidatura a la presidencia del Gobierno aut¨®nomo. Ahora, por m¨¢s que sus abogados hayan presentado recurso ante el Tribunal Supremo, Yoldi no es un simple acusado, sino una persona condenada a 25 a?os de c¨¢rcel. Por otra parte, su eventual presencia en la sesi¨®n parlamentaria no ten¨ªa que ver con elecci¨®n alguna a celebrar en la C¨¢mara.
La ley general Penitenciaria otorga a los jueces la facultad de conceder permisos de salida a los reclusos cuando existan para ello motivos "importantes y comprobados". Se trata, por tanto, de una facultad potestativa, nunca de una obligaci¨®n. La apreciaci¨®n realizada por el tribunal respecto a esos eventuales motivos parece acertada. La presencia de Yoldi no era ayer imprescindible para garantizar el derecho de Herri Batasuna a exponer ante la C¨¢mara sus posiciones respecto a la cuesti¨®n sometida al pleno. Cualquier otro parlamentario de ese grupo -por ejemplo, su portavoz- pudo haberlo hecho, en igualdad de condiciones con los representantes de los dem¨¢s partidos. Fue Herri Batasuna quien, al presentar en su candidatura electoral a una persona pendiente de juicio, asumi¨® el riesgo de que esa persona se viera impedida, por imperativo legal, de participar en actividades parlamentarias. Por lo dem¨¢s, el reglamento del Parlamento vasco autoriza la sustituci¨®n de un diputado electo por otro miembro de su candidatura. La denegaci¨®n por parte del tribunal, por unanimidad, de la petici¨®n presentada por HB hace compatible el respeto a la legalidad y a los derechos pol¨ªticos de los votantes de HB, por una parte, con, por otra, la evitaci¨®n del escarnio -y del abuso- que hubiera supuesto la presencia en un Parlamento democr¨¢tico de alguien condenado por pertenencia a banda armada, dep¨®sito de armas y estragos.
Los portavoces de Herri Batasuna, tal vez aliviados por poder escudarse en la ausencia de Yoldi para escurrir el bulto y rehuir la confrontaci¨®n de sus opiniones con las de los representantes de la gran mayor¨ªa de los vascos, motejaron de "antinatura, antidemocr¨¢tico y antivasco" el documento que la C¨¢mara auton¨®mica estaba a punto de aprobar. Con ello esos portavoces confesaban hasta qu¨¦ punto hab¨ªan interiorizado la derrota de la intolerancia que supone el pacto firmado la semana pasada. Esa derrota era sabida desde d¨ªas atr¨¢s. Pero HB pudo elegir entre la derrota con honra -lo que hubiera significado asumir su condici¨®n de fuerza minoritaria que defiende sus convicciones ante el resto- y la derrota sin honra, consistente en gritar fuerte y darse a la fuga. Eligi¨® la huida.
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