El presidente de la Audiencia de Sevilla elogia la absoluci¨®n de Pacheco
El presidente de la Audiencia Territorial de Sevilla, Claudio Movilla, considera "aberrante que se condene por el uso de la palabra". Movilla opina, tras conocer la sentencia del Supremo que absuelve al alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, del delito de desacato, que esa decisi¨®n "aporta m¨¢s datos a la exigencia del jurado". `Yo creo", a?adi¨®, "que no es bueno que unos cuantos jueces juzguen este tipo de casos o los de esc¨¢ndalo p¨²blico".
Movilla afirm¨® tambi¨¦n que . en democracia se puede criticar a todos los poderes del Estado, desde el Rey hasta el funcionario de menor categor¨ªa". "La cr¨ªtica es algo que debe ser aceptado, e incluso promovido", agreg¨®. "Distinto es la injuria, la denigraci¨®n, los ataques a la persona", dijo a este peri¨®dico, "pero para eso existen mecanismos correctores aunque quiz¨¢ los actuales no sean los adecuados: el mismo tribunal que ha absuelto al alcalde de Jerez ha condenado a un compa?ero de ustedes por injurias al jefe del Estado".Pese a que Movilla no form¨® parte del tribunal que juzg¨® a Pacheco en Sevilla, porque a¨²n no hab¨ªa sido nombrado presidente de la Audiencia Territorial, cree que la sentencia del Supremo no deja desairada a esta instancia, sino que es un "mecanismo normal" que una instancia superior revoque el fallo de otra inferior, aunque a?adi¨®, "este caso es especial, porque el desacato est¨¢ sujeto a valoraciones subjetivas y se producen diferentes interpretaciones, seg¨²n el sistema de valores de los magistrados".
"Ya nos hemos salvado de un foll¨®n; ahora nos queda otro" fue la primera frase que, tras bajarse del Mercedes oficial, sobre las 23.30, pronunci¨® Pedro Pacheco al llegar a Jerez de la Frontera. Algo m¨¢s de 50 personas, concejales andalucistas, fot¨®grafos y curiosos, aguantaron el fr¨ªo a las puertas de su domicilio para felicitarle por su absoluci¨®n.
Reproche a Pacheco
La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, notificada ayer, aunque absuelve a Pedro Pacheco del delito de desacato del que estaba acusado, no elude un claro reproche al edil.El alto tribunal estima que Pacheco "actu¨® con precipitaci¨®n y desacierto inexplicables, pero no hubo ¨¢nimo de injuriar ni de calumniar, ni por consiguiente desacato, sino censurable comportamiento del procesado, como se ha insistido reiteradamente". En efecto, en otros fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia, el Supremo cree que el comportamiento del procesado fue indebido y que su cr¨ªtica pol¨ªtica result¨® desbordada "de manera innecesaria".
"El problema radica", se argumenta en la sentencia, "en si este exceso ( ... ) est¨¢ o no incluido en el campo penal y en este sentido hay que decir que, no existiendo desacato ( ... ), s¨®lo es atribuible una sanci¨®n social en cuanto a las inexactitudes, excesos verbales o escritos, radicalismos y descalificaciones improcedentes que pueden herir determinados sentimientos sociales en cuanto una comunidad ha de asentarse sobre unas normas de respeto y consideraci¨®n, compatibles con la cr¨ªtica, la oposici¨®n y el disentimiento".
Sobre estos extremos coinciden los cinco miembros del tribunal. La diferencia entre unos y otros estriba en que mientras los tres magistrados de la mayor¨ªa de la sala (ve¨¢se EL PA?S de ayer) no atribuyen relevancia penal a ¨¦ste comportamiento reprochable del procesado, los dos firmantes del voto particular s¨ª lo hacen.
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