La Audiencia Territorial de Madrid ampl¨ªa el derecho a investigar la paternidad
La Sala Tercera de lo Civil de la Audiencia Territorial de Madrid ha revocado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 9 de Madrid, que neg¨® el derecho de tres menores, nacidos de uni¨®n extramatrimonial, a ser declarados hijos de su padre biol¨®gico. El tribunal estima que, aunque la muerte de ¨¦ste se produjo en enero de 1981, antes de la entrada en vigor de la ley que regul¨® la investigaci¨®n de la paternidad, el derecho a ¨¦sta es anterior, ya que est¨¢ reconocido por la Constituci¨®n de 1978.El juez de primera instancia fundament¨® su fallo en que hasta la ley de 13 de mayo de 1981 subsist¨ªa la legislaci¨®n anterior, que prohib¨ªa "investigar la paternidad de los hijos ?leg¨ªtimos". La sentencia de la Audiencia Territorial, de la que ha sido ponente el magistrado Joaqu¨ªn Navarro Estevan, rechaza tal fundamentaci¨®n y estima que el derecho a investigar la paternidad no procede de dicha ley, sino de la Constituci¨®n, que en su art¨ªculo 39.2 orden¨® al legislador "posibilitar la investigaci¨®n de la paternidad", en desarrollo del principio constitucional de igualdad ante la ley.
La sala razona que "la prohibici¨®n de investigar la paternidad de los hijos antes llamados ?leg¨ªtimos o naturales supone una flagrante y directa conculcaci¨®n del derecho a la igualdad ante la ley de todos los espa?oles, por lo que aquella prohibici¨®n entra?a de radical discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento".
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