El juez de la Audiencia Nacional aprecia indicios de implicaci¨®n con los GAL en la actuaci¨®n de Amedo
Francisco Castro Meije, titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional, ha apreciado indicios de crimialidad en el subcomisario de polic¨ªa Jos¨¦ Amedo Fouce por lo que acord¨® ayer elevar a la Secci¨®n Tercera de lo Penal de este ¨®rgano judicial el sumario abierto sobre la presunta implicaci¨®n del polic¨ªa en actividades de los Grupos Antiterroristas de Liberaci¨®n (GAL), para su procesamiento. El juez Castro Meije acept¨® tambi¨¦n la personaci¨®n de las v¨ªctimas de los GAL, que podr¨¢n actuar como acusaci¨®n particular.
La decisi¨®n del juez Castro Meije se produce dos d¨ªas despu¨¦s de que el juez de instrucci¨®n de Bayona, Phillippe Calaverie, por similares motivos, emitiera una orden de busca y captura contra Amedo. Sin embargo, la justicia espa?ola no est¨¢ obligada a entregar a otro Estado un ciudadano espa?ol. Fuentes jur¨ªdicas afirmaron que si, adem¨¢s, ese ciudadano es juzgado en su pa¨ªs, la actitud espa?ola ser¨¢ mejor entendida. A este respecto, el portavoz del Gobierno, Javier Solana, ofreci¨® ayer la colaboraci¨®n del Ejecutivo "para todo lo que se le requiera judicialmente", en relaci¨®n con el caso del subcomisario Amedo.El magistrado Castro Meije comunic¨® personalmente a los informadores la decisi¨®n, adoptada ayer, de elevar el sumario a la Secci¨®n Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, pero asegur¨® que no dir¨ªa "absolutamente nada" sobre el alcance de su resoluci¨®n, ya que deb¨ªa conocerla antes que nadie la sala. Con todo, fuentes judiciales y fiscales se?alaron a este peri¨®dico que el env¨ªo del sumario, en este momento, al tribunal superior s¨®lo puede tener como motivo el haber encontrado indicios de criminalidad suficientes para procesar, ya que, al tratarse de polic¨ªas, el procesamiento corresponde al tribunal colegiado.
El art¨ªculo 8 de la ley org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de 13 de marzo de 1986, dice, entre otras cosas, lo siguiente: "Iniciadas unas actuaciones por los jueces de instrucci¨®n, cuando ¨¦stos entiendan que existen indicios racionales de criminalidad por la conducta de miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, suspender¨¢n sus actuaciones y las remitir¨¢n a la Audiencia Provincial correspondiente [para casos de terrorismo, a la Audiencia Nacional], que ser¨¢ la competente para seguir la instrucci¨®n, ordenar, en su caso, el procesamiento y dictar el fallo que corresponda".
En aplicaci¨®n estricta de este precepto, el juez Castro Meije ya remiti¨® a la sala, a finales de 1987, las diligencias abiertas por el caso Amedo. Sin embargo, la sala se las devolvi¨® por estimar que si el magistrado advert¨ªa indicios de delito deb¨ªa abrir sumario antes de proponer el procesamiento de Amedo. As¨ª lo hizo Castro Meije, que en los primeros d¨ªas del, a?o convirti¨® las diligencias en sumario n¨²mero 1/1988, que ayer elev¨® a la Secci¨®n Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, para que decida sobre el procesamiento de Amedo.
Seg¨²n las fuentes antes mencionadas, en caso de que el juez Castro no hubiera encontrado indicios racionales de implicaci¨®n en el GAL del polic¨ªa Amedo y hubiera decidido, por tanto, archivar las actuaciones, la resoluci¨®n habr¨ªa sido notificada a las partes, pero no elevada al tribunal colegiado.
Personaci¨®n de las v¨ªctimas
El magistrado Castro Meije dio cuenta tambi¨¦n de que hab¨ªa resuelto sobre la petici¨®n de personaci¨®n en la causa de las v¨ªctimas de los GAL. Tampoco en este caso quiso informar sobre el contenido de su resoluci¨®n. Fuentes jur¨ªdicas se?alaron que la decisi¨®n del juez instructor ha sido favorable a la personaci¨®n solicitada, en nombre de los interesados, por el abogado ??igo Iruin. El fiscal no se hab¨ªa opuesto a la personaci¨®n.Por lo que se refiere a la elevaci¨®n del sumario a la sala, el fiscal no ha informado en ning¨²n sentido, ya que no es preceptivo que lo haga.
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